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Parana » Cuestion Entrerriana
Fecha: 24/04/2026 21:55
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los planteos de Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez y otros condenados que buscaban frenar la ejecución patrimonial en la causa Vialidad, y ordenó avanzar con el decomiso de 111 bienes por un monto estimado en $685.000 millones, cifra que la Justicia considera equivalente al daño ocasionado al Estado. El máximo tribunal penal dispuso así que se ejecuten los ciento once inmuebles identificados por la fiscalía en el marco de la condena por corrupción en la obra pública vial, que ya quedó firme. El fallo de la Sala IV y el alcance del decomiso La Sala IV de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, confirmó el decomiso de los bienes inmuebles como consecuencia de las condenas firmes dictadas en la causa Vialidad. La decisión contó con la disidencia parcial de Borinsky, quien consideró que no correspondía decomisar determinados bienes de Máximo y Florencia Kirchner. De todos modos, el tribunal ratificó la recuperación efectiva de activos producto de hechos de corrupción. De esta manera, se consolidó un criterio central del fallo: los bienes de origen ilícito pueden ser decomisados aun cuando hayan sido transferidos a terceros o heredados, remarcaron los magistrados. El criterio se inscribe en la etapa de ejecución de la sentencia firme de Vialidad, en la que se acreditó una maniobra de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Según el fallo, la maniobra investigada involucró un esquema complejo, prolongado en el tiempo y con un resultado patrimonial único, vinculado al direccionamiento de obra pública vial en Santa Cruz y a un entramado económico que generó ganancias para Lázaro Báez y beneficios indirectos para la familia Kirchner, a través de negocios compartidos durante los años en que se ejecutó la maniobra criminal. Cuando se avance con la ejecución de la resolución firmada por los jueces de la Sala IV, las propiedades decomisadas pasarán a la órbita de la Corte Suprema de Justicia. Antecedentes y argumentos de las defensas El 18 de noviembre del año pasado, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, había dictado la resolución para hacer efectivo el decomiso. Sin embargo, los abogados defensores de la ex presidenta y de otros condenados apelaron esa decisión, lo que mantuvo en suspenso la ejecución patrimonial. Los jueces de Casación coincidieron en que los parámetros utilizados por el TOF 2 para individualizar los bienes decomisables resultaban suficientemente fundados, desestimando así los cuestionamientos de las defensas. Las defensas pretendían exigir una reconstrucción contable exhaustiva de cada flujo de dinero ilícito, desde su origen hasta la actualidad. Pero los camaristas señalaron que esa exigencia no tiene sustento legal y desconoce cómo opera la criminalidad económica organizada, donde las ganancias ilegales suelen mezclarse, transformarse y reinvertirse durante largos períodos. El máximo tribunal explicó que, en delitos extendidos durante más de una década, exigir un rastreo perfecto del dinero es materialmente imposible y terminaría vaciando de contenido el decomiso. En cambio, consideró suficiente demostrar una coincidencia temporal y una vinculación económica razonable entre el incremento patrimonial y la maniobra delictiva. En el voto unánime se destacó que el decomiso no requiere identificar exactamente el mismo bien proveniente del delito, dado que el dinero es fungible y puede transformarse o mezclarse con activos lícitos, de modo que lo relevante es la equivalencia patrimonial como provecho del delito y la relación económica con éste. En virtud de esos argumentos, por unanimidad se rechazaron los planteos de las defensas tendientes a cuestionar los parámetros generales tenidos en cuenta por el tribunal de ejecución penal para individualizar los bienes a decomisar. Con el primer universo de bienes de los condenados individualizados por los representantes del Ministerio Público Fiscal, el TOF 2 había considerado que se debía proceder con la ejecución patrimonial, medida que quedó en suspenso tras los planteos de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y Nelson Periotti, entre otros. Impacto sobre los bienes de la familia Kirchner y de Báez La decisión de Casación allana el camino para la ejecución de veinte propiedades vinculadas a la familia Kirchner: un inmueble inscripto a nombre de la ex presidenta y 19 propiedades heredadas a título gratuito por sus hijos Máximo y Florencia Kirchner. En paralelo, Lázaro Báez perderá más de 80 propiedades, incluyendo inmuebles que pertenecen a las empresas utilizadas para la maniobra defraudatoria alrededor de las 51 licitaciones viales otorgadas en Santa Cruz. Según remarcaron los jueces, esto es una consecuencia directa de la condena por corrupción que obtuvo firmeza en junio pasado por decisión de la Corte Suprema. Para la Justicia, el objetivo del decomiso es impedir que el delito comprobado rinda beneficios y neutralizar los efectos patrimoniales de la conducta ilícita. La medida cumple una función reparadora del daño social causado y se enmarca en la política pública de recuperación de activos de la corrupción. La discusión por los bienes de Máximo y Florencia Kirchner El punto en el que no hubo unanimidad en la Sala IV fue el referido a los bienes de los que son titulares los hijos de Cristina Kirchner, inmuebles cedidos a título gratuito en marzo de 2016. Con voto disidente, el juez Mariano Borinsky advirtió que, si bien los criterios generales utilizados para ordenar el decomiso eran correctos, la resolución del tribunal oral presentaba defectos de fundamentación al aplicarlos sobre algunos inmuebles en concreto. El magistrado consideró que no se analizaron adecuadamente los planteos de las defensas respecto de determinados bienes heredados por Máximo y Florencia Kirchner. En otro tramo de su voto, Borinsky señaló que varios de esos bienes habían sido adquiridos antes del período tomado como referencia para el decomiso, concretamente en los años 1978 y 2002. Formuló apreciaciones similares respecto de inmuebles decomisados a las empresas Loscalzo y Del Curto Construcciones y Kank y Costilla, sociedades vinculadas a Báez. De los 111 bienes decomisados, el juez indicó que la medida dispuesta sobre 19 inmuebles carecía de fundamentación suficiente, es decir, un 17% del total, confirmándose el 83% de la resolución recurrida. Cinco de esas propiedades corresponden al hotel Los Sauces. Cabe recordar que se encuentra en trámite el juicio oral en el que se investigan maniobras de lavado de activos vinculadas con la compra y administración de ese establecimiento, actualmente en etapas preliminares previas al inicio del debate. En la vereda opuesta se ubicaron los jueces Hornos y Barroetaveña. En un voto conjunto, señalaron que el decomiso puede alcanzar bienes en poder de terceros no condenados cuando éstos hubieran recibido activos provenientes del delito a título gratuito, incluso por vía hereditaria. En ese sentido, entendieron que cuando los bienes tienen un origen ilegítimo, su transmisión a título gratuito carece de eficacia jurídica frente al decomiso. Bajo ese criterio, la transferencia no borra el origen ilícito del bien ni impide su recuperación, en línea con el principio según el cual nadie puede transmitir un derecho mejor que el que posee. Atentado contra el sistema democrático Puntualmente, el juez Gustavo Hornos recordó que los graves delitos dolosos contra el Estado que conllevan enriquecimiento constituyen, conforme al artículo 36 de la Constitución Nacional, un atentado contra el sistema democrático. En ese marco, sostuvo que la corrupción no sólo afecta el patrimonio público, sino que erosiona la República, el Estado de Derecho, el orden económico y financiero, y la confianza social en las instituciones. Y remarcó: Por eso, frente a hechos de esta magnitud, la respuesta judicial debe ser rigurosa y eficaz, incluyendo la recuperación de los activos derivados del delito. Hornos reiteró así una posición jurídica que ya expresó en otras causas por corrupción, en las que aplica la interpretación constitucional que equipara los actos de corrupción contra el Estado a otros ataques contra la democracia, considerados delitos imprescriptibles. Detalle de los bienes alcanzados y nuevas medidas en estudio Los bienes identificados por el fiscal Diego Luciani, junto a su par Sergio Mola, incluyen 84 inmuebles de Lázaro Báez, uno de Cristina Kirchner y 19 heredados por sus hijos. También se incorporaron bienes muebles e inmuebles bajo la titularidad de empresas de Báez utilizadas en la maniobra defraudatoria: dos de Austral Construcciones, tres de Kank y Costilla y dos de Loscalzo y Del Curto. Este listado responde a una primera tanda de medidas solicitadas por los fiscales, hasta cubrir el monto de $684.000 millones aproximadamente. Luciani presentó además un segundo pedido de decomiso en el que, además de los hoteles más emblemáticos de la familia Kirchner, se incluye el departamento de San José 1111, donde cumple arresto domiciliario la ex presidenta. Este último planteo se encuentra actualmente bajo análisis del Tribunal Oral Federal 2, responsable de ejecutar la pena.
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