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  • Ingresó hoy al Senado: estos son los principales puntos del proyecto del Gobierno para modificar la ley de salud mental

    » La Nacion

    Fecha: 20/04/2026 21:04

    Encontrá las guías de servicio con tips de los expertos sobre cómo actuar frente a problemas cotidianos: Adicciones, violencia, abuso, tecnología, depresión, suicidio, apuestas online, bullying, transtornos de la conducta alimentaria y más. Ingresó hoy al Senado: estos son los principales puntos del proyecto del Gobierno para modificar la ley de salud mental El proyecto del Poder Ejecutivo para modificar la ley de salud mental ingresó finalmente este lunes al Congreso Nacional por el Senado, pese a que diputados del bloque oficialista aguardaban que lo hiciera por la Cámara baja. Lo hizo con cambios propuestos en 26 artículos de la Ley N° 26.657, en tres artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, y en la ley de prevención de las torturas y otros tratos inhumanos. El texto se terminó de materializar el viernes pasado, por la noche, cuando se incluyó la firma digital del presidente Javier Milei, junto con la del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y los ministros de Salud, Mario Lugones, y de Justicia, Juan Mahiques. Junto con su envío al Congreso, la cartera sanitaria presentó hoy su propuesta a los ministros de Salud provinciales. Uno de los puntos centrales es facilitar el proceso de internación ante situaciones de riesgo a fin de evitar casos de homicidios, suicidios y agresiones a terceros, producto de la imposibilidad de recibir un tratamiento oportuno y adecuado, se informó oficialmente tras ese encuentro del Consejo Federal de Salud (Cofesa). El proyecto, según introduce el documento oficial, tuvo en cuenta ciertas orientaciones de principios consensuados por la Organización de Naciones Unidas en referencia a la protección y la atención de las personas con problemas de salud mental, a la vez que reemplaza toda referencia a padecimiento mental por afección o trastorno de salud mental y el concepto de riesgo cierto e inminente de la norma vigente desde hace 15 años pasa a ser un riesgo grave de daño para la vida o la integridad física, tanto de la personas como de terceros. Eso, también, requirió prever cambios en el Código Civil y Comercial donde ambos conceptos aparecían en los artículos 41, 42 y 59 para asegurar la debida coherencia y armonía del ordenamiento jurídico en su conjunto, en particular respecto de los nuevos criterios en materia de internación involuntaria que se propician y de evitar eventuales contradicciones de interpretación jurídica, de acuerdo con el argumento del Poder Ejecutivo. La propuesta oficial, que ahora tiene que girarse a comisiones en el Senado para su análisis antes de llegar a un dictamen para su tratamiento, actualiza aspectos normativos que ya anticipan un debate intenso como el de hace 15 años, cuando se sancionó la norma actual. En esos años, la política interfirió en las comisiones legislativas para no mejorar la norma, lo que terminó por no dar respuesta a los problemas que afrontan los pacientes y sus familias. Los cambios amplían el alcance de la ley que era de protección de la salud mental a la prevención, el tratamiento, la rehabilitación y la reinserción de las personas con problemas que incluyen a las adicciones, con mayor reconocimiento a la intervención de los psiquiatras y un equipo interdisciplinario de evaluación y seguimiento, sobre todo en lo que tiene que ver con las internaciones y la judicialización de los casos. El proyecto contempla la integración a la red de atención establecimientos especializados, mantiene que la internación involuntaria es excepcional y, entre otros criterios, cuando no hay a juicio profesional otra forma de asistir de manera efectiva a un paciente; más aún, si existen antecedentes de riesgo previo y plazos de horas para la comunicación entre los juzgados y el personal de salud interviniente. Entre otros aspectos, en lugar de hacer un censo de pacientes cada dos años, el proyecto propone que la autoridad de aplicación que finalmente se designe con la participación y la colaboración de las provincias lleven un registro actualizado de las personas internadas por motivos de salud mental y consumos problemáticos, con resguardo de esos datos. El Órgano de Revisión, un cuerpo de abogados creados por la ley actual, seguirá teniendo representantes del Ministerio de Salud, la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y el Ministerio Público de la Defensa, junto con asociaciones de familiares del sistema de salud y de los profesionales de la salud y de organizaciones no gubernamentales dedicadas a la temática de la salud mental, en lugar de que estén abocadas a la defensa de los derechos humanos, como prevé la norma actual, además de un recorte de funciones. No podrá, por el proyecto oficial, hacer presentaciones ante el Consejo de la Magistratura o el organismo que en cada jurisdicción evalúe y sancione la conducta de los jueces en las situaciones en que hubiera irregularidades o realizar propuestas de modificación a la legislación en salud mental tendientes a garantizar los derechos humanos. En cuanto a la modificación de dos incisos de la Ley N° 26.827 de prevención de la tortura y otros tratos inhumanos, el Ejecutivo plantea al Congreso incorporar la obligatoriedad de que las inspecciones en instituciones las haga un equipo interdisciplinario, que ese grupo incluya un psiquiatra y que esa visita no interfiera en el funcionamiento del centro y los tratamientos en curso. La salud mental en la Argentina viene transitando desde hace varios lustros un camino de buenas intenciones pero de malos resultados, situaciones dolorosas debidas a las complicaciones en la práctica clínica y algunos hechos trágicos que fueron y son muy mediáticos, dijo Ricardo Corral, presidente de la Asociación Argentina de Psiquiatras (AAP) y jefe de Docencia e Investigación del Hospital José T. Borda. En su opinón, uno de los cambios más trascendentales que impulsa la propuesta oficial es reemplazar el criterio de riesgo cierto e inminente por el de situación de riesgo de daño para la vida o la integridad física. Para Corral, que también es docente de la Facultad de Ciencias Médicas de la UBA, no es una distinción semántica menor, definió. En la práctica, ¿es sensato que las familias y los médicos tengamos que esperar a que la tragedia sea inminente para poder intervenir?, continuó Corral. Como hemos sostenido innumerables veces desde la AAP y los hospitales especializados, no debemos confundir peligrosidad con enfermedad mental. Sin embargo, negar la intervención en crisis bajo un garantismo mal entendido es, en última instancia, una forma de abandono. La sociedad necesita un enfoque que permita intervenciones oportunas, como actúa un cardiólogo ante un dolor en el pecho, haciendo la evaluacion e intervención pertinente antes de que el daño sea mayor o, inclusive, irreversible, comparó. Para Nicolás Kerschen, psiquiatra del Hospital San Martín de los Andes, la modificación de la ley permite salir de la consideración de un riesgo potencial para las internaciones involuntarias, a evaluar la gravedad de cada caso en particular, dando mayor potestad a los equipos interdisciplinarios en la toma de decisiones. El único problema que se plantea es la necesidad de conformar esos equipos con todas las disciplinas, y sobre todo la presencia de un psiquiatra y no siempre en los centros alejados se cuenta con todos los profesionales que deben intervenir. Otro tema es el presupuesto destinado por ley que nunca se cumplió, y con la modificación parecería ser aún menor de lo que siempre debió haber sido.

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