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Parana » AnalisisDigital
Fecha: 16/04/2026 08:08
La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos dispuso la suspensión total y temporaria de toda actividad vinculada a un desarrollo inmobiliario que la empresa DYM Bienes Raíces proyectaba en el límite suroeste de ejido de Paraná. Se trata del proyecto Paisaje Costero, un country que se lanzó con una preventa de terrenos desde u$s 5.000 la unidad de 300 m2 a 8.500 dólares las parcelas exclusivas de 450 m2 con vistas al agua. La opción también contempla futuras amarras hacia el río a u$s 12.000 cada boca. Sólo efectivo aceptaban los emprendedores que también preveían un complejo de locales comerciales, un sector para deportes y seguridad 24 horas, según pudo averiguar ERA Verde. La resolución publicada en el Boletín Oficial señala que el plan de obra no contaba con un estudio de impacto ambiental y se realizaron intervenciones de riesgo con daño ambiental y en cursos de agua sin autorización. El expediente por el cual se llegó a esta decisión se inició por una presentación de la Asociación Civil Arbolado, que advirtió quemas en este sector que se encuentra comprendido en un área natural protegida. Fue así que se dio curso a una investigación que terminó por abrir una caja de Pandora donde se constataron una serie de irregularidades sobre el terreno que perteneció a la extinta Coceramic la emblemática fábrica de tejas y ladrillos y que, tras su quiebra, habría pasado a la firma mendocina En Premieur SA. Mediante la resolución Nº 173, la Secretaría de Ambiente provincial determinó el cese temporal de las obras vinculadas a la construcción de un barrio cerrado con acceso al río que se proyectaba en terrenos de la ex Compañía de Cerámica de Paraná Sociedad Anónima Industrial y Comercial (Coceramic) Sociedad Anónima, Industrial y Comercial (SAIC), al suroeste de la capital entrerriana, más allá del Club de Campo Las Colinas, otro condominio privado. En la medida se planteó que los desarrollares, DYM Bienes Raíces, se abstuvieran de realizar toda actividad, así como cualquier otra persona jurídica o humana involucrada, entre los que se encuentran varios propietarios que ya habrían adquirido lotes en el lugar. En este orden, se dispuso mantener la disposición hasta tanto se categorice el proyecto y, en caso de requerir Estudio de Impacto Ambiental, hasta la obtención de la Declaración de Impacto correspondiente, y se regularice la situación, se indica en el articulado al que accedió ERA Verde. Daño En efecto, la medida surge a partir de un expediente abierto en la Secretaría de Ambiente a instancias de la Asociación Civil Arbolado. La entidad efectuó un pedido de acceso a la información pública al advertir el bloqueo de un curso de agua, impidiendo el flujo natural, así como el desmonte y terraplenado con tala y eliminación de la vegetación nativa, acompañada de movimientos de suelo e incendios intencionales, según confirmó a ERA Verde Dario Dayub, integrante de la ONG. La presentación se basó ante la posible infracción al amparo que cuenta el lugar que se encuentra inscripto dentro del Área Natural Protegida Paraná Medio, ley Nº 9.485. Asimismo, se advirtió que todas las intervenciones descriptas se inscriben en clara violación a los compromisos asumidos bajo la Convención Ramsar de protección de humedales. El pedido, comentó Dayub, se realizó porque vecinos de la zona se encontraron que no podía navegar por el arroyo que taponó la construcción del barrio privado, por estar obstruido con un terraplén, cuando antes si podían hacerlo. La Secretaría de Ambiente hizo lugar y se hizo cargo de la presentación. Comenzó a peritar e intervenir incluso con ayuda de la fuerza pública para investigar lo que finalmente fue un avance del sector inmobiliario, detalló. El proceso sumarial comprobó que el emprendimiento inmobiliario que se destapó luego de la solicitud de información carecía de Estudio de Impacto Ambiental y tampoco contaba con el Certificado de Aptitud exigido. También que se provocó un riesgo y daño ambiental significativo al entorno natural con la generación de riesgo hidráulico, por la realización de obras y acciones sobre cursos de agua sin autorización previa, señala el informe. Por esta razón, la resolución también se imputa de las faltas cometidas, esto es la ausencia de Carta de Presentación, la provocación de riesgo y daño ambiental, y la generación de riesgo hidráulico a los titulares registrales, así como los poseedores y desarrolladores, a quien se corre traslado a los efectos que produzca descargo y ofrezcan pruebas. Todo ello bajo apercibimiento de resolver con los elementos obrantes en el expediente, y y/o de disponerse las medidas que correspondan, incluida la eventual clausura permanente y la recomposición ambiental a su entero cargo.
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