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  • Concejales del PJ piden explicaciones al municipio por la contratación directa de la empresa VITSA

    Concordia » Diario Junio

    Fecha: 15/04/2026 12:53

    Hace menos de un mes, el 19 de marzo pasado, el Concejo Deliberante aprobó la concesión parcial de la recolección de residuos. En esa sesion, la concejal Claudia Villalba denunció que una empresa hizo ingresar sus camiones a la ciudad el día anterior, antes del tratamiento de la ordenanza en el recinto. Anoche muchos vecinos de Concordia tuvieron la oportunidad de ver ingresar cinco camiones de la empresa Vitsa, que va a ser seguramente la que gane la compulsa para adjudicarle la tercerización. La ley de municipios prevé que esto sea con una compulsa anterior. En tanto, la presidenta del bloque de concejales del PJ, Carolina Amiano, dijo ese día que la intención del proyecto era direccionar directamente a una empresa, que como sabemos, anoche ingresaron cinco camiones nuevos y que seguramente va a ser la contratada, la beneficiada. Hablo en potencial, pero en breve seguramente nos vamos a dar cuenta de que esto es así. En menos de 24 horas se promulgó la ordenanza y se publicó en el Boletín Oficial . Al día siguiente, comenzaron a circular por Concordia los camiones de la firma cordobesa Vitsa. Esa misma mañana fueron notificados un centenar de empleados de la recolección de residuos de que debían trasladarse a otras reparticiones. Entre los considerandos del pedido, se señala que la declaración de emergencia constituye una herramienta excepcional que habilita procedimientos administrativos extraordinarios, los cuales deben ser acompañados de mayores niveles de control, publicidad y transparencia. Además, se menciona que el Concejo Deliberante tiene entre sus funciones esenciales el control de los actos de gobierno y la fiscalización del uso de los recursos públicos. Pero, pese al tiempo transcurrido desde la implementación de dichas contrataciones y a los canales institucionales habilitados (Portal de Transparencia del Municipio), no se ha garantizado la publicación completa y accesible de la información correspondiente. Además, manifestaron que existe incertidumbre respecto de la firma contratada, así como de las condiciones en que se llevaron adelante dicha contratación, lo que impide un adecuado control institucional. A su vez, explicaron que es de público conocimiento que, a escasas horas de haberse aprobado la ordenanza de Emergencia Ambiental, ya se encontraban en ejecución servicios vinculados a su objeto, lo que genera razonables interrogantes respecto de la existencia de gestiones o acuerdos previos. Dicha situación refuerza la necesidad de contar con información clara, completa y verificable sobre la legalidad, oportunidad y transparencia del proceso, mencionó. El pedido abarca la copia íntegra y certificada del expediente administrativo mediante el cual se tramitó la contratación directa en el marco de la Emergencia Ambiental, incluyendo todos los actos administrativos, dictámenes, informes técnicos y la documentación respaldatoria. A su vez, se requiere un informe detallado y documentado sobre la firma contratada, indicando razón social, CUIT, domicilio legal, responsables y antecedentes en contrataciones con el Estado. También reclaman saber cuáles fueron los criterios de selección utilizados y si se solicitaron otros presupuestos, alternativas o comparativas de oferta. Por otra parte, se demanda conocer el objeto de la contratación, el monto total, los plazos, la modalidad de pago y eventuales ampliaciones o modificaciones contractuales. También requieren una copia de las certificaciones de servicios emitidas por las áreas correspondientes que acrediten la efectiva prestación de los trabajos, indicando los funcionarios responsables de su control y conformidad. Asimismo, se solicita que se informe qué mecanismos de control, seguimiento y verificación se implementaron para garantizar el cumplimiento de las prestaciones contratadas y requerir se informe si la información vinculada a dichas contrataciones fue publicada en el Boletín Oficial u otros canales institucionales, indicando fechas, medios de publicación y, en su defecto, las razones de su no difusión.

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