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Parana » Ahora
Fecha: 11/04/2026 19:21
El Concejo Deliberante de Concordia sancionó una ordenanza que crea un Registro Turístico Municipal de Campamentos Habilitados y establece la prohibición de acampar o pernoctar fuera de los lugares autorizados dentro del ejido urbano. La medida quedó plasmada en la Ordenanza Nº 38.790 y apunta a regular la actividad vinculada al campamento, ordenar la oferta turística y evitar la ocupación de espacios públicos no habilitados para ese fin. Cómo funcionará el registro de campamentos en Concordia La normativa prevé la creación de un registro oficial para los establecimientos que ofrezcan servicios de campamento, tanto de manera permanente como transitoria, siempre que cumplan con la legislación vigente, incluido el Decreto Provincial Nº 3177/83. Ese registro será confeccionado por el Departamento Ejecutivo Municipal a través del área de Turismo, con posibilidad de articulación con el Ente Mixto Concordiense de Turismo (EMCONTUR). Además, se impulsarán campañas de difusión para dar a conocer los espacios habilitados y promover la regularización de aquellos que todavía no cuenten con la homologación correspondiente. Qué prohíbe la nueva ordenanza La ordenanza prohíbe expresamente acampar o pernoctar fuera de los lugares habilitados. También impide instalarse de forma permanente o fijar residencia en la vía pública mediante carpas, casas rodantes, motorhomes u otros medios similares. A su vez, se prohíbe el vertido de aguas grises, negras o residuales en espacios públicos, con el objetivo de preservar la higiene urbana y el ambiente. Controles y sanciones La Subsecretaría de Seguridad será la autoridad de aplicación, con facultades para realizar controles, labrar actas y coordinar intervenciones junto a la Policía de Entre Ríos y otras áreas municipales. En cuanto a las sanciones, la ordenanza establece un apercibimiento en la primera infracción y multas en caso de reincidencia, que podrán alcanzar los diez juristas.
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