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Parana » Entremediosweb
Fecha: 09/04/2026 18:53
El caso del exjefe de la Policía Departamental de Concordia, José Enrique Querencio, sigue dando que hablar: esta vez rechazaron revertir el veredicto. Esta medida fue una decisión de la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, María Mondragón Pafundi. Fue en respuesta a un recurso de casación presentado por los fiscales Evelina Espinosa y Mauro Blanco contra la absolución del policía. La intención del Ministerio Público Fiscal era la de impugnar la resolución el 13 de marzo de 2026. En esa ocasión, el jurado popular compuesto por 12 personas declaró a Querencio como no culpable. Este veredicto dio origen a la sentencia absolutoria que la Fiscalía intentaba revertir. Sin embargo, la jueza se apoyó en el artículo N° 89 de la Ley 10.746 (Juicio por Jurados) que establece que un veredicto absolutorio emitido por un jurado es definitivo e irrevocable. Por este motivo no admite recurso alguno. Esta aclaración de Mondragón Pafundi establece un precedente para próximas ocasiones en las que ocurra algo similar. Además, dejó en claro que el proceso penal contra Querencio quedó concluido y que ya no hay persecución penal. De esta manera, fue innecesaria la intervención del Superior Tribunal de Justicia. El caso El veredicto que rechazaron revertir en la justicia fue el que declaró no culpable a José Querencio del delito de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual con acceso carnal agravado. En la acusación señalaban que estos hechos ocurrieron en 2019 dentro de su despacho en la Jefatura Departamental. Por esta causa, Querencio fue condenado en 2023 a 12 años de prisión, pero en abril de 2024 el STJ anuló el fallo al considerar que el cambio de calificación legal obligaba a que el caso se juzgara nuevamente, esta vez con la participación de un jurado popular. Y luego del análisis del caso y las pruebas que presentaron las partes, ese jurado popular resolvió declarar no culpable al acusado.
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