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  • Modernización Laboral: Juez repuso el artículo que limita el cálculo de las indemnizaciones - Noticias - Elentrerios.com

    Concordia » El Entre Rios

    Fecha: 07/04/2026 08:03

    El magistrado, quien la semana pasada había suspendido un total de 82 artículos del nuevo régimen, argumentó este cambio de postura señalando que un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar, aclarando además que la discusión profunda sobre la validez de la norma se dará al momento de dictar la sentencia definitiva. ¿Cómo se calcularán las indemnizaciones? La reposición de este artículo establece un nuevo esquema para la actualización de las deudas judiciales de carácter laboral, buscando poner un límite a los montos finales:Base del cálculo: Se aplicará la tasa pasiva del Banco Central (BCRA). Tope máximo: El incremento no podrá superar el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un 3% anual. El objetivo central de esta fórmula es evitar la denominada "capitalización excesiva de intereses", un mecanismo que permitía actualizaciones periódicas que disparaban el monto total que un empleador debía abonar al finalizar un juicio. Impacto en el sector privado y previsibilidad La medida judicial ha sido recibida como una señal de alivio para el sector empresarial. Desde diversos ámbitos privados se venía advirtiendo que las tasas de interés judicial aplicadas anteriormente convertían a las indemnizaciones en montos impagables, generando una carga financiera que ponía en riesgo la estabilidad de las pymes.Con este nuevo sistema, se busca otorgar mayor previsibilidad a las empresas respecto del costo final de los litigios, permitiendo proyectar con mayor certeza los pasivos vinculados a deudas laborales acumuladas. El debate sobre el perjuicio a los trabajadores A pesar de la reposición del artículo, la controversia persiste. El propio juez Ojeda mencionó un estudio de la Red Académica de Jueces del Trabajo de la República Argentina, el cual planteaba que suspender este artículo paradójicamente podía ser contraproducente para los empleados.Según el magistrado, se observó que en varias provincias la doctrina legal establece sistemas de actualización de deuda con impacto menor que el establecido en la nueva ley nacional. Por lo tanto, la aplicación del artículo 55 podría resultar, en ciertos contextos, más beneficiosa para el trabajador que los criterios provinciales vigentes hasta el momento.

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