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  • Rechazan la prisión domiciliaria para un condenado por el transporte de casi 2 toneladas de droga | Análisis

    Parana » AnalisisDigital

    Fecha: 04/04/2026 11:02

    El Tribunal Oral Federal de Paraná resolvió no hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa de Antonio Nicolás Lugo, un hombre que cumple una pena de tres años y seis meses de prisión por el delito de facilitación de elementos para el transporte de estupefacientes, en el caso del cargamento de 1.857 kilos de marihuana detectados en 2022 en la ruta 14, en Concordia. La defensa del condenado había solicitado el beneficio de la prisión domiciliaria para que Lugo pudiera ser trasladado a su vivienda en Chajarí. El pedido se fundamentó en razones humanitarias, alegando que la esposa de Lugo padece graves problemas de salud que le dificultan el cuidado de sus tres hijos menores. Afirmó que el encarcelamiento agravaba la vulnerabilidad del grupo familiar, ya que los hijos de 17 y 12 años debían asistir tanto a su madre como a su hermana menor. El Ministerio Público Fiscal se opuso a la solicitud, señalando que los certificados médicos presentados tenían una antigüedad de más de diez años, lo que impedía acreditar el estado de salud actual de la pareja de Lugo. Además, subrayó que, de acuerdo con la Acordada N° 9/2020 de la Cámara Federal de Casación, el otorgamiento de estos beneficios en casos de delitos graves debe analizarse con extrema prudencia y criterio restrictivo. Un punto determinante para el rechazo fue el informe socio-ambiental elaborado por la Gendarmería Nacional Argentina. En dicho relevamiento, se constató que la familia no se encuentra en una situación de desamparo, ya que recibe la colaboración habitual de otros familiares (la madre, la hermana y el padrastro de la mujer), además de contar con ingresos por una pensión no contributiva. En su fallo, la jueza de Ejecución del TOF, Noemí Berros, concluyó que el caso no encuadra en las excepciones legales para el cumplimiento domiciliario de la pena. La magistrada consideró que, al existir una red de contención familiar y asistencia médica para la menor en el hospital San Roque, no se constata una lesión al interés superior del niño ni un estado de abandono que justifique la medida. Con esta decisión, Antonio Nicolás Lugo deberá continuar cumpliendo su condena en el establecimiento carcelario, que terminará de cumplir el 17 de abril de 2029. Cabe recordar que en este caso habían sido condenados, primero, el camionero de Chajarí detenido con el cargamento de droga, Gastón Siandra, y luego el paraguayo que residía en Buenos Aires, cerebro de la operación narco, Jorge Darío Fernández Orué, junto a Lugo.

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