Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Para el Senasa ahora es obligatorio tener un domicilio electrónico

    Parana » Campo En Accion

    Fecha: 19/03/2026 08:41

    El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria estableció que todas las personas humanas y jurídicas inscriptas en sus distintos registros y/o sistemas deben declarar un domicilio electrónico. La maedida ya está vigente y por tres meses abrá un plazo para seguir utilizando los canales anteriores. La gestión establecida en la Resolución 808/2025 se funda en la necesidad de adaptar las notificaciones por correo postal físico a la actualización tecnológica de una administración pública ágil y eficiente en sus procesos, reduciendo significativamente los costos operativos asociados a la gestión documental y la tramitación presencial. La gestión se realiza a través del sistema SIGTrámites de manera 100% digital, tanto para personas físicas como jurídicas. El domicilio electrónico tendrá, en el ámbito administrativo, los mismos efectos jurídicos que el domicilio legal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones emitidas desde allí. Los documentos digitales transmitidos a través del servicio Domicilio Electrónico gozarán, a todos los efectos legales y reglamentarios, de plena validez y eficacia jurídica, constituyendo medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellos.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por