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  • Se conoció el informe contable de Fiscalía en la investigación por la presunta estafa millonaria en una mesa de dinero en Paraná

    Parana » APF

    Fecha: 17/03/2026 13:07

    Se conoció el informe contable de Fiscalía en la investigación por la presunta estafa millonaria en una mesa de dinero en Paraná Este martes se conoció el informe contable que realizó el contador Héctor Enrique, director técnico del Gabinete Pericial Contable del Ministerio Publico de Entre Ríos, fechado el 4 de marzo de este año. El inicio del Informe encomendado fue el lunes 30 de abril de 2025 a las 9, sin la presencia del Perito de la defensa, contador Cristian Dume, cuando se inició el proceso de revisión y recopilación de la información en el avance del informe encomendado. Mutuos y pagarés El profesional precisó que la principal fuente documental empleada para la elaboración del presente informe, fueron los Contratos de Mutuos, entendiendo que el mismo es un acuerdo legal-contractual, donde una parte (mutuante) transfiere la propiedad de dinero o bienes consumibles/fungibles a otra (mutuario), quien se obliga a devolver igual cantidad, calidad y especie de lo recibido. También añadió que se trata de un contrato generalmente real (se perfecciona con la entrega) y es oneroso, porque se pactan intereses. En tal sentido se procesó la documentación aportada por los denunciantes (mutuante), a saber: Contrato de Mutuos y Pagares. En su informe Enrique destacó que el criterio adoptado para considerar si los montos entregados fueron o no devueltos por el mutuario a favor del mutuante, es la existencia del contrato de mutuo y del pagaré. Es decir, si en la denuncia se acompaña como prueba documental el contrato y el pagare, se consideró que el dinero entregado oportunamente no fue devuelto tal como el contrato de mutuo lo establecía, con más los intereses devengados y no cancelados. El hecho En la apertura de causa el fiscal que lleva adelante la pesquisa, Santiago Alfieri Porqueres, imputó que el hecho con connotaciones delictivas que corresponde investigar es el siguiente: Si Andrés Gamarci, Matías Leonel Santa María y Cristian Vital, a nombre de Gamarci y de Santa María, así como empleando las firmas San Mar SAS y JIFA SAS, mantuvieron cuanto menos desde hace cinco años una estructura financiera, en la que recibían fondos de distintas personas otorgando intereses por sobre la cuota de mercado -2.5% mensual en dólares-. Además acusó que con el reintegro del capital una vez vencido el contrato de mutuo suscribiendo en algunos casos pagaré; logrando con promesas de intereses más altos, conservar la masa de capital sin que los inversores lo retiren; continuando con estas maniobras de convicción y engañando a los aportantes, con apariencia de solvencia, se apropiaron de los fondos y cortaron las liquidaciones de intereses desde el mes de julio de 2024, a partir de ese momento comenzaron a eludir pagos y a evitar atender a los clientes, anteponiendo a empleados y a un abogado que daba explicaciones de reestructuración de la empresa, impidiendo la percepción de intereses y negando el retiro del capital, generando un perjuicio por más de cientos de miles de dólares a los damnificados. Informe Los puntos solicitados por Fiscalía consistieron en conocer: a) Listado de los montos aportados del que fueran apropiados por las personas imputadas, deberá indicar: capital entregado o aportad; Capital Identificado pendiente de cancelación / devolución: Monto en pesos y en dólares; Capital identificado pendiente de cancelación, cuya prueba son reportes de mensajes de textos / audios más un contrato de mutuo. (Importes considerados en el total de los cuadros resúmenes); Capital reclamado que solo surgen de las denuncias sin otra documental. El informe consignó los valores totales se expresan en el siguiente cuadro Resumen, por año y tipo de moneda. En relación a los puntos propuestos por la defensa, se enumeró que "1. Analice la totalidad de contratos que obran en autos producto de los diferentes allanamientos realizados, detallando seis items; 2. Respecto de otra documentación obtenida en los allanamientos responda a tres ampliaciones; y que 3. Detalle cualquier otro dato que considere de interés para la causa. (APFDigital)

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