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  • Diferentes modos de aplicar las normas municipales

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 10/03/2026 09:41

    Diferentes modos de aplicar las normas municipales Para eso envió un proyecto al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE que, felizmente, no lo aceptó, ni la analizó y todo quedó solo como un mal recuerdo. Pero esto no da para dejarlo pasar así nomás. Acá la pregunta que queda flotando es: Qué finalidad tenía la suspensión temporaria del COTA? No puedo dejar de ser mal pensado y plantearme que tal vez sería para favorecer a algún amigo. Seguramente no lo sabremos, pero como tenemos antecedentes de arreglitos entre amigos todo nos lleva a sospechar que no se trata de ninguna casualidad. Lo lamentable de la reglamentación, en materia de Ordenamiento Territorial, lo que la desprestigia y la vuelve cuestionable es que, de parte del Municipio, no existe, en la actualidad ni a través del tiempo, un riguroso cumplimiento de su propio régimen, que lo avale como ejemplo de cumplir con fervor las normas que rigen para todos los vecinos y a las que todos debemos ajustarnos. El Municipio ajusta y exige a los vecinos pero, alegremente, incumple con sus propias reglamentaciones, cuando no les resultan cómodas. Todos los que somos buenos observadores hemos podido ver cómo, en los últimos años, con el Municipio en manos del populismo, se han producido favoritismos que enojan al vecino y desalientan al inversor. Es cierto que podría argüirse que alguno de esos favoritismos responderían a alguna necesidad inevitable, debido a que las normativas, en determinados aspectos, no han tenido la flexibilidad y la previsibilidad necesarias. Creo que lo que sucede es que esas normas son el reflejo de funcionarios que pasan sus días detrás de un escritorio, tomando mate y calentando sillas, conocedores de múltiples conceptos teóricos, pero que no tienen el trato continuo con la problemática concreta del ciudadano de a pié, sobre temas inmobiliarios. Repaso en esta corta historia algunos ejemplos; unos con información precisa que ya publiqué con anterioridad, otros porque directamente están a la vista de todos y otros que, simplemente, los recuerdo por los enojos que me causaron en su momento: Ejemplo 1: El CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO, requirió algunas reformas surgidas por necesidad o por situaciones que no habían sido contempladas. Pero hubo otras que fueron hechas como traje a medida para beneficio de algunos amigos del poder. Sobre este aspecto quiero mencionar un caso concreto: Por Ordenanza 7792 y saliendo en apoyo de esos amigos del poder el DEPARTAMENTO EJECUTIVO pide al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE se redefinan los límites de un determinado Distrito, con todo lo que ello conlleva: diferencias en requisitos constructivos, en usos permitidos, en dimensiones de lotes, etc. Pero pasado un tiempo, cuando esos amigos del poder ya obtuvieron sus beneficios, es entonces que el mismo DEPARTAMENTO EJECUTIVO formula un nuevo pedido al mismo HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, esta vez para que diera marcha atrás en aquella redefinición de límites de ese mismo Distrito. Resulta obvio que el objetivo estaba cumplido, los amigos del poder ya tenían su ganancia asegurada. Es así que el nuevo proyecto retrotrae la situación a la que regía antes. Es así que por Ordenanza 8416 se deroga la Ordenanza 7792, volviendo la delimitación de distritos a su situación inmediata anterior. En ambos casos, los concejales justicialistas, actuando como esbirros, levantaron la mano sin sonrojarse. En cuanto a las consecuencias de estos cambios hechos como traje a medida, sucedió que hubo consecuencias perjudiciales para algunos. Porque el cambio de límites de distritos producido por esa Ordenanza 7792, afectó a una gran cantidad de propietarios que, desde distintos ángulos, también se verían favorecidos pero, como no tenían llegada al poder, se les extinguió el tiempo de aprovechar esos beneficios sin recibir ningún aviso previo y después que la ordenanza que los favorecía perdió vigencia, vieron sus proyectos truncados, con amenazas de demandas judiciales para quienes habían asumido compromisos y que, ante el retroceso a la pauta origen, esos compromisos se tornan de imposible cumplimiento. Por si quedara alguna duda, Todo esto sucede dentro de la gestión de un mismo intendente. Conclusión obvia: las normas están para que las cumpla la gilada!! Ejemplo 2: Para la construcción del edificio de Caja de Previsión Social de Médicos y Bioquímicos (calles Urquiza y 8 de Junio), el anteproyecto oportunamente acercado al Intendente, no se ajustaba a las exigencias del CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO en lo relativo a altura y factores de ocupación del suelo. Sin embargo el Intendente en clara muestra de favoritismo, presionó al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE para que dictara una norma de excepción que permitiera la autorización para la construcción de ese edificio que el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO no permitía porque superaba la altura y los factores de ocupación del suelo. Y así sucedió; No tengo nada que cuestionar al edificio ni a quienes gestionaron su construcción; al contrario, tengo muy en claro que proporcionó departamentos y locales de buena categoría para la ciudad, que generó mucha mano de obra y que movilizó los corralones de la ciudad. Pero ahora viene la pregunta inevitable: Qué hubiera pasado si la misma iniciativa hubiera nacido de un particular? Obviamente la respuesta hubiera sido: NO LE ESTÁ PERMITIDO. Conclusión: la norma es para la gilada!! Ejemplo 3: Para la ampliación de las instalaciones del Cuerpo de Bomberos (calles Mitre y Scelzi) tampoco correspondía que se autoricen las últimas ampliaciones por el mismo tema de incumplir en CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO, en cuanto a los factores de ocupación del suelo, ya que la edificación pasó a cubrir la totalidad del terreno. Sin embargo se autorizó dicha construcción sin respetar el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO incumpliendo con los factores de ocupación del suelo. Tampoco tengo nada de cuestionar al Cuerpo de Bomberos; respeto, admiro y aplaudo todo lo que hacen por la ciudad. Pero vuelvo con la misma pregunta: Qué hubiera pasado si a esa misma propuesta la hubiera hecho un particular que quisiera construir sobre la totalidad de su inmueble? Obviamente la respuesta hubiera sido: NO LE ESTÁ PERMITIDO. Conclusión: la norma es para la gilada!! Ejemplo 4: En el predio Multieventos se construyó el alambrado sobre el límite Sur invadiendo alrededor de dos metros de ancho de la vereda sobre calle Belgrano desde Bulevar Los Constituyentes y hasta calle Maipú; tampoco tengo nada que cuestionar sobre dicho predio. Pero me vuelve la misma pregunta: Qué hubiera pasado si la misma actitud proviniese de un particular al que no le entraba un garaje o una habitación dentro de su terreno y entonces se toma dos metros de ancho de su vereda y edifica allí? Obviamente la respuesta hubiera sido: NO LE ESTÁ PERMITIDO. Conclusión: la norma es para la gilada!! Ejemplo 5: Para la construcción de la Pista de Atletismo se autorizó a estrangular la calle Lorentz entre calles Larroque y Combatientes de Malvinas; invadiendo parte de la primera calle, condenando a los vecinos de enfrente a circular por un senderito lastimoso. Tampoco tengo nada que cuestionar sobre dicho pista. Pero vuelvo a preguntarme: Qué hubiera pasado si la misma actitud proviniese de un particular que necesitaba ampliar su casa y por las dimensiones de su terreno no lo podía y entonces quisiera ocupar parte de la calle? Obviamente la respuesta hubiera sido: NO LE ESTÁ PERMITIDO. Conclusión: la norma es para la gilada!! Ejemplo 6: Cuando se refaccionó el Jardín Tuiti, hace algunos meses, sobre calle San Martín entre Chiloteguy y Bulevar Montoneras, al rehacer la vereda no se respetó el nivel de Cordón Cuneta. Si bien existe un desnivel importante, existe también un espacio interior del inmueble más que suficiente para que la rampa de acceso se hiciera dentro del mismo. Seguramente se va a argumentar que la vereda del vecino hacia el Oeste está más alta, es cierto, pero a cualquier particular que reconstruye su vereda se le exige que lo haga respetando el nivel de cordón. Ya que, algún día, el mencionado vecino reacondicionará la vereda suya y así, progresivamente, se va tendiendo a la unificación de niveles, para comodidad y seguridad del peatón. Entonces vuelvo a preguntarme: Qué hubiera pasado si la misma actitud proviniese de un particular que por comodidad o economía construye su vereda donde más le gusta? Obviamente la respuesta hubiera sido: NO LE ESTÁ PERMITIDO. Conclusión: la norma es para la gilada!! Ejemplo 7: En este mismo momento, se están construyendo sanitarios para el parque Carlos Schiavo. Muy buena la decisión, pero dónde los está haciendo el Municipio? Invadiendo parte de la calle Tito Bonus!! Hay que resaltar que dentro del mismo parque hay espacio de sobra para construirlos y, además otro terreno, de propiedad del Municipio, de cerca de media manzana, sin ningún uso, del lado Norte de la calle Tito Bonus es decir frente mismo al Parque. Si bien esa calle, momentáneamente, no está habilitada para el uso vehicular, es una calle pública, es Dominio Público del Estado Municipal, y por lo tanto el Intendente no está facultado para ocuparla a su antojo. Retomo con la misma pregunta: Qué hubiera pasado si la misma actitud proviniese de un particular que por comodidad o economía pretendiese construir ocupando parte del espacio público? Obviamente la respuesta hubiera sido: NO LE ESTÁ PERMITIDO. Conclusión: la norma es para la gilada! Estoy seguro de que el tema daría para mucho más, pero esto es lo que en este momento me viene a la memoria. Agrimensor Juan Carlos Maggi Ex Director de Catastro Municipal (1972/2002)

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