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  • Subsidios al gas: el ENARGAS reglamentó el nuevo esquema del SEF y derogó la Tarifa Social

    Chajari » actualidadadiario

    Fecha: 03/03/2026 13:35

    Mediante la Resolución 101/2026, el ENARGAS aprobó la metodología operativa del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) desde febrero. Se eliminan normas anteriores, se unifican declaraciones juradas y se ajusta el mecanismo de compensaciones a distribuidoras y productoras El Ente Nacional Regulador del Gas ENARGAS oficializó este martes la reglamentación técnica del nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), en línea con el Decreto 943/25 que unificó los subsidios energéticos a nivel nacional y eliminó el esquema de segmentación por niveles (N1, N2 y N3). A través de la Resolución 101/2026, el organismo derogó las resoluciones 362/2020, 363/2020 y 125/2025, y aprobó un nuevo procedimiento informativo que comenzará a aplicarse para las facturaciones realizadas desde el 1 de febrero de 2026. La medida impacta en distribuidoras, subdistribuidoras, productoras del Plan Gas.Ar y en Energía Argentina S.A. (ENARSA), al redefinir cómo deben declararse los volúmenes con y sin subsidio y cómo se liquidan las compensaciones. Fin de la segmentación y de la Tarifa Social El nuevo esquema se enmarca en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados, que reemplazó la segmentación en tres niveles creada en 2022 y consolidó en una única categoría a los usuarios que requieren asistencia para cubrir el consumo indispensable de energía. En ese contexto, también quedó sin efecto el programa Tarifa Social Federal de Gas, así como bonificaciones anteriores dispuestas por la Secretaría de Energía. El sistema mantiene los bloques de consumo base definidos en resoluciones previas y extiende el esquema a usuarios de gas propano indiluido por redes. Nueva metodología para facturar el gas con subsidio El Anexo I aprobado por la resolución establece la metodología para que las empresas proveedoras facturen el gas natural y el GLP diferenciando los volúmenes consumidos por usuarios con y sin subsidio. Las distribuidoras y subdistribuidoras que compren gas directamente deberán informar, en carácter de declaración jurada y dentro de los diez días corridos de finalizado cada mes, la composición porcentual de consumos con y sin subsidio, aplicando el Precio Anual Uniforme (PAU) vigente. En el caso de subdistribuidoras que no adquieran gas por cuenta propia, deberán informar a la distribuidora zonal los volúmenes correspondientes dentro de los cinco días corridos posteriores al cierre mensual. Si la subdistribuidora no presenta la información en tiempo y forma, la distribuidora podrá facturarle en base a su propia composición porcentual hasta que se regularice la situación. Además, el ENARGAS verificará los volúmenes efectivamente entregados y notificará los porcentajes definitivos, que deberán ser informados a las empresas proveedoras para que realicen los ajustes correspondientes. Declaraciones juradas unificadas La resolución aprueba cuatro anexos operativos: en el primero, se refiere a la metodología de Subsidios Energéticos Focalizados; en el segundo, a la declaración jurada para prestadoras que adquieren gas natural o GLP por cuenta propia; en el tercero, a la declaración jurada de subdistribuidoras y en el cuarto a la declaración jurada de subsidios vinculada a compensaciones. El Anexo IV establece el detalle de montos a descontar por proveedores de gas natural, incluyendo el total de inyección, compras y conceptos subsidiados. La información deberá presentarse mensualmente, en formato Excel, a través del sistema S.A.R.I. Las declaraciones juradas no implicarán conformidad automática del organismo, ya que estarán sujetas a controles de auditoría posteriores. En caso de inconsistencias, no se informará a la Secretaría de Energía hasta tanto se regularicen las diferencias detectadas. Nuevo mecanismo de compensación La normativa ratifica el esquema unificado de compensaciones previsto en el Decreto 892/20 y sus modificatorios. Los montos correspondientes a bonificaciones sobre el PAU se descontarán de las sumas que las distribuidoras deban abonar a las empresas proveedoras y serán compensados directamente a estas últimas a través de la Secretaría de Energía, bajo el mecanismo vigente. De esta manera, el regulador adapta los procedimientos informativos al nuevo esquema de subsidios focalizados, incorporando al GLP por redes dentro del sistema y eliminando las distinciones anteriores por categoría de usuario. La resolución entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y obliga a las licenciatarias del servicio público de distribución de gas natural a comunicar la medida a todas las subdistribuidoras dentro de los dos días de notificadas.

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