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  • El Senado sancionó la reforma laboral y el Gobierno logró su mayor triunfo en el final de las sesiones extraordinarias

    Concordia » El Heraldo

    Fecha: 28/02/2026 00:17

    El Senado sancionó la reforma laboral y el Gobierno logró su mayor triunfo en el final de las sesiones extraordinarias La iniciativa modificada por Diputados fue aceptada por la Cámara alta y quedó eliminado el conflictivo artículo de licencias médicas. Entre oficialismo y dialoguistas, la ley obtuvo 42 votos a favor, mientras que 28 fueron en contra. Se abstuvieron dos santacruceños. La Libertad Avanza (LLA) finalizó las sesiones extraordinarias este viernes en el Senado, con una consagración para el Gobierno de Javier Milei e inevitables consecuencias a medirse en el mediano plazo: la Cámara alta sancionó la ley de reforma laboral, tras la validación de la modificación al proyecto realizada la semana pasada por Diputados, que eliminó el conflictivo artículo sobre licencias médicas. Entre el oficialismo y dialoguistas como la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO, peronistas disidentes y silvestres provinciales, la iniciativa obtuvo esta noche 42 votos a favor, mientras que 28 fueron en contra y se abstuvieron los santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano, tras cuatro horas de debate. A modo general y, en el primer tratamiento en la Cámara alta, ocurrieron diversas situaciones que inclinaron la balanza hacia una luz verde: se borró el artículo sobre alivio en Ganancias para grandes empresas -más plata para gobernadores y Nación-; hubo guiños varios a sindicatos y entidades empresariales para la subsistencia de aportes los compulsivos -con topes más bajos-; se sostuvo el 6% destinado a obras sociales; y se amortiguó la idea original sobre el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), relacionado con las indemnizaciones. También aparecieron gestos menores para estatutos que la Casa Rosada quiso reventar, luego otorgó 180 días y terminó en un año. En Diputados, lo último fue votado y gritado como un gol por muchos libertarios que, por lo visto, se nutren a diario de peleas imaginarias. Por otra parte, LLA también logró ubicar, como un anexo, el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires. La crítica que se le realizó a esta jugada es que debería haberse ampliado el temario de las sesiones extraordinarias, darle un ingreso formal con estado parlamentario, tratamiento en comisión y, al final, recinto. Como del otro lado no se percibió resistencia, esta cuestión importó nada. El famoso rodillo parlamentario en su máxima expresión. ¿Qué se cambió en Diputados? La modificación que concedió el oficialismo fue la eliminación del artículo 44, que reducía los plazos de licencias pagas y el porcentaje de la remuneración. El texto imponía que un empleado que sufriera un accidente o una enfermedad que no estuviera relacionada con su trabajo percibiría el 50% de su salario básico si fuera consecuencia de algo que realizó voluntariamente (por ejemplo, jugar un partido de fútbol). En tanto, recibiría el 75% si no fuese consecuencia de una actividad voluntaria (por ejemplo, sufrió un accidente en la calle). Por otro lado, obtendría esta compensación durante tres meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o durante 6 meses si las tuviera. Durante la sesión extraordinaria de hoy, no había posibilidad de tocar nada y la resolución era bien simple: que el Senado avalase lo de Diputados, o volver a la versión original. Quedó la primera opción. Debate Previo al comienzo de los oradores, el cristinista Mariano Recalde (Ciudad de Buenos Aires) solicitó una moción para el envío a comisiones del proyecto. Algo ilógico debido a que no sólo pasó días atrás por allí, sino que, ante una segunda revisión, sólo queda aceptar las modificaciones de la Cámara revisora o insistir con la versión original. Perdió 43 a 29. No fue el mejor arranque. En ese momento comandaba la sesión la vicepresidenta y titular de la Cámara alta, Victoria Villarruel. Ayer, desapareció durante largas horas, como hacía en su momento Cristina Kirchner. Hoy estuvo más presente. Desde LLA, el chaqueño Juan Cruz Godoy aseguró: El empleo formal privado se mantiene constante desde 2012. Sin embargo, los juicios laborales crecieron, de 2010 a 2024, en un 135%, con un sistema actual que creó más litigios que empleo formal. El legislador libertario además dijo que toda ley es perfectible y que, en cinco o diez años, los avances tecnológicos reactivarán la discusión. La respuesta llegó vía Recalde. Toda esta ley viola principios establecidos en la Constitución y tratados internacionales. Va a traer mucha litigiosidad, manifestó el porteño. Por su parte, la macrista pampeana Victoria Huala habló de una realidad que desalienta al que busca trabajo, como al que quiere contratar. Seguido a ello, quiso colgarse el bronce por haber advertido, en la primera aprobación del texto, sobre el artículo de licencias médicas. Curioso ese episodio: intentó dejar en la versión taquigráfica su voto en contra, aunque el capítulo se definió completo y apoyó. Mismo caso para las cuotas sindicales obligatorias que rechazó en lo discursivo, aunque con luz verde para el PRO. Por el peronismo opositor, el pampeano Pablo Bensusán planteó: La progresividad y la no regresividad no es una cuestión ideológica, sino de respeto de la Constitución y el sistema democrático. Al trabajador que inició una relación laboral con un marco normativo que amparaba sus derechos, que le generó una expectativa de vida, trabajo y desarrollo. No se lo podemos cambiar nosotros con una ley posterior. Su colega de bancada, Florencia López (La Rioja), afirmó: Pusieron la excusa de la producción para quitar el agua de los glaciares -en referencia a la sesión de ayer-; la excusa de la seguridad para meter a los chicos presos -por el régimen penal juvenil sancionado más temprano- y, hoy, ponen la excusa de la creación de trabajo para eliminar todos y cada uno de los derechos de los trabajadores. Pasadas las 21.30, todo el operativo en la calle se encontraba tranquilo y controlado. Las masas dispuestas a pelear -sobre todo, la izquierda-, prefirieron cenar y disfrutar del fin de semana. Mientras tanto, el ex Convicción Federal Fernando Salino (San Luis) auguró que el texto del Ejecutivo no alcanza absolutamente ningún objetivo. Como la Unión Cívica Radical (UCR) prefirió no participar del cierre, los últimos dos oradores fueron el cristinista José Mayans (interbloque Popular-Formosa) y Bullrich. El primero disparó: Estamos en el valor salarial más bajo de Latinoamérica, en medio de una reforma laboral. ¿Hablan de costos? ¿Quieren sueldos de esclavitud? *FAL: asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador. En tanto, las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) cederán un 2,5%. Hoy, se destinan a mantener el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), por lo que la medida podría impactar en el financiamiento de las jubilaciones. *Vacaciones: se habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo no sea menor a siete días corridos. Los descansos deberán concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. No obstante, empleadores y empleados podrán, en caso de consenso, fijar la fecha de inicio por fuera de ese período. La notificación escrita al trabajador deberá realizarse con al menos 30 días de antelación, salvo que un convenio colectivo disponga otro plazo. *Indemnizaciones por despido: se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Sin embargo, a diferencia de la normativa vigente, se excluyen conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta 12 para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación, más un 3% de interés anual. Además, se impone que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual. *Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y con el respeto de las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que marque el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, sólo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación gremial. Estos instrumentos permitirían el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados. *Trabajadores de plataforma: se crea la figura del repartidor independiente y se habilita la libertad de formas de contrato. Dicho vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente. *Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75%, mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador. *Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales, se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales. Mayans denostó el FAL, la limitación de las huelgas -rompen un principio constitucional, enfatizó-, y subrayó que esta ley debería llamarse de robo a jubilados, pensionados y trabajadores, a la que también calificó de repugnantemente gorila. Y añadió que ya no les cree nadie y que esto va a terminar mal. Parecía el Senado un lugar donde se discutían ideas, pero no hemos escuchado más que insultos. Tienen que acostumbrarse que ahora son oposición. Desde nuestro punto de vista, esta ley va a desmontar una de las mayores mentiras de la historia laboral argentina: la idea que destruir empleo es defender derechos, que si la Argentina quiere crear trabajo, tiene que generar un sistema absolutamente inentendible, que hace que nadie contrate a nadie. Es una realidad que viene año tras año. En nombre de trabajadores se mandó a la informalidad a millones de trabajadores, es una estafa moral que nosotros vamos a intentar corregir, aseveró Bullrich. La libertaria mencionó la estructura político sindical que siempre jugó en tándem y consultó: ¿Cuándo fueron los paros? Contra gobiernos que no eran peronistas, que tenían otra idea. En ese sentido, recordó la gestión kirchnerista de Alberto Fernández, al que apuntó como el peor de la historia. Ahí no hicieron ni uno, resaltó la senadora. Es la primera oportunidad que no podemos perder. No podemos volver a los planes. ¿Hay algo más precarizado que un plan social? ¿Saben lo que tenían? A un gerente de la pobreza, pero ni jubilación, ni riesgo de trabajo. No tenía, nada, nada, nada. Eso no es tener libertad, sostuvo Bullrich. Otros puntos de la ley *Convenios colectivos: prioridad a los acuerdos colectivos por empresa o región, por encima de los convenios sectoriales o por rama. Se elimina la ultraactividad, es decir, la prórroga automática de los convenios vencidos si no hay acuerdo para firmar uno nuevo.

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