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  • Se amplían las entidades de registro para boletos hipotecarios

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    Fecha: 27/02/2026 11:04

    La medida fue dispuesta a través de la Resolución General N° 1114 de la CNV. El texto define el alcance de las actividades que pueden desarrollar. La Comisión Nacional de Valores (CNV) informó que, por medio de la Resolución General N° 1114, se habilitan nuevas entidades, en particular a las bolsas de comercio que se encuentren registradas ante esta Comisión bajo la categoría de ALyC. Las entidades pueden desarrollar la actividad de anotación de boletos de compraventa y otros contratos sobre unidades construidas o proyectadas bajo el régimen de propiedad horizontal u otros regímenes de subdivisión del suelo, cuando se trate de inmuebles futuros respecto de los cuales no pueda ejercerse la posesión por inexistencia de situación constructiva suficiente, en el marco de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto N° 1017/2024. De este modo, se amplía el universo de entidades habilitadas, como los Agentes de Custodia, Registro y Pago (ACRYP), las Cámaras Compensadoras, los mercados, el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN), las entidades financieras autorizadas a funcionar en los términos de la Ley de Entidades Financieras Nº 21.526 y las entonces registradas como Entidades Representativas Regionales (ERR) para dicha actividad, en línea con lo establecido por las RGs N° 1043 y N° 1109.

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