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Parana » Radio La Voz
Fecha: 24/02/2026 00:42
a defensa de Leonardo Airaldi interpuso un habeas corpus preventivo ante el Tribunal Oral Federal de Paraná con el objetivo de impedir un eventual traslado del detenido desde la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú hacia el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. La presentación fue realizada por la abogada Mariana Barbitta, quien manifestó grave preocupación por lo que considera un posible agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención de su asistido. Según la letrada, la solicitud de traslado habría sido impulsada por el Ministerio Público Fiscal y difundida por medios de comunicación locales y nacionales, sin que la defensa haya recibido notificación formal alguna. En ese contexto, sostuvo que el recurso presentado constituye la única vía constitucional para garantizar los derechos fundamentales de su defendido. En el escrito, la abogada fundamenta su pedido en los artículos 18 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, así como en la Ley 23.098. Allí advierte que la medida podría afectar no solo el derecho de defensa sino también el debido proceso, especialmente a pocos días del inicio del juicio oral previsto para el 3 de marzo de 2026. Uno de los puntos centrales del planteo radica en la incertidumbre respecto al paradero actual de Airaldi. La defensa sostiene que el detenido habría sido retirado de su celda durante la noche y que no logró establecer contacto con él. Además, los medios informaron que podría permanecer incomunicado hasta el inicio del debate oral. En el escrito se cita doctrina constitucional para sustentar la procedencia del habeas corpus correctivo preventivo. Se menciona expresamente: ... el hábeas corpus correctivo, que puede ser reparador o preventivo, se aplica en aquellos casos en que una persona cuya libertad física o ambulatoria ha sido restringida conforme a derecho, es sometida ilegalmente a una situación agravada respecto de aquella en que tendría que encontrarse. Agravar las condiciones de detención o arresto, o modificar en perjuicio del individuo las modalidades impuestas por el acto restrictivo de su libertad ambulatoria, son presupuestos que tornan viable el hábeas corpus correctivo cuando aquellos actos carecen de legalidad. Para Barbitta, el desconocimiento del lugar de alojamiento del detenido y la falta de información oficial configuran un escenario de gravedad institucional. En su presentación señala que el habeas corpus es la herramienta constitucional idónea cuando no se conoce la ubicación de una persona, no se sabe dónde está, cómo está o en qué situaciones se encuentra. La defensa también advirtió sobre el impacto que tendría un eventual traslado a Ezeiza en el derecho de defensa de Airaldi. El juicio oral en su contra está próximo a comenzar, y el tribunal ya notificó que se requerirá su presencia física para el interrogatorio inicial. En ese sentido, la abogada planteó: Señora Jueza, ¿Cómo se pretenderá llevar eso a cabo si se lo traslada a trescientos (300) kilómetros, lejos de su familia, estando incomunicado y aislado? Es lisa y llanamente imposible, y el derecho de defensa quedaría anulado, tal como está sucediendo ahora mismo". La abogada solicitó que el tribunal dé trámite urgente al habeas corpus preventivo, informe de inmediato el paradero del detenido y convoque a una audiencia oral virtual para que Airaldi pueda ser escuchado. Asimismo, formuló reserva del caso federal ante la eventualidad de un rechazo, dejando abierta la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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