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  • ARCA modificó el régimen de emisión de comprobantes y habilitó la liquidación electrónica mensual

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 13/02/2026 10:55

    ARCA modificó el régimen de emisión de comprobantes y habilitó la liquidación electrónica mensual La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprobó este viernes la Resolución General 5824/2026, mediante la cual introdujo modificaciones al régimen de emisión de comprobantes establecido por la Resolución General N° 1.415 y sus normas complementarias. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y, según se detalla en los considerandos, apunta a adecuar el sistema de facturación en el marco de la implementación de modalidades simplificadas para la confección y presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias para personas humanas y del impuesto al valor agregado (IVA). Desde el organismo indicaron que el objetivo central es optimizar la información disponible en sus bases de datos, reducir la carga administrativa para los contribuyentes y, al mismo tiempo, fortalecer los mecanismos de control fiscal. Nuevos comprobantes de liquidación electrónica mensual Entre los principales cambios, la normativa incorpora la figura de los comprobantes de liquidación electrónica mensual, que podrán ser emitidos por determinados sujetos alcanzados por la resolución. La disposición comprende a: - Entidades financieras incluidas en la Ley N° 21.526. - Entidades de seguros alcanzadas por la Ley N° 20.091, con excepción de las operaciones reguladas por la Resolución General N° 2.668. - Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito, compra y prepagas, así como operaciones de pago por transferencias conforme a la Comunicación A 7.153 del Banco Central de la República Argentina. - Instituciones educativas de gestión privada y entidades de medicina prepaga constituidas como asociaciones, fundaciones o entidades civiles, en los términos de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Estos sujetos podrán facturar en forma individual o por período mensual, mediante un único comprobante electrónico por cada adquirente, prestatario o locatario. Los comprobantes deberán emitirse hasta el último día de cada mes calendario y ponerse a disposición dentro de los diez días corridos posteriores a su emisión. Cambios en excepciones e identificación de consumidores finales La resolución también limita la nómina de sujetos exceptuados de la obligación de emitir comprobantes y elimina varios incisos del Anexo I vinculados a esas excepciones. Asimismo, se establece que en los comprobantes emitidos a consumidores finales deberá consignarse la leyenda A CONSUMIDOR FINAL. Cuando el importe de la operación sea igual o superior a $10.000.000, será obligatorio informar el DNI, CUIL o CDI del adquirente, o documento de identidad o pasaporte en el caso de extranjeros. Además, se dispone que deberá identificarse al adquirente con su CUIT, independientemente del monto de la operación, cuando el comprobante sea requerido para computar deducciones en la declaración jurada del impuesto a las ganancias. Puntos de venta y vinculación con actividades La norma sustituye el artículo 47 de la Resolución General N° 1.415 y refuerza la obligación de informar a ARCA el código que identifica el lugar o punto de emisión de comprobantes. Esta información deberá declararse al iniciar actividades, al habilitar nuevos locales y dentro de los cinco días hábiles posteriores al cierre o baja de un punto de venta. Una vez dado de baja, el número asignado no podrá reutilizarse. También se habilita la posibilidad de vincular los puntos de venta con las actividades económicas declaradas en el Sistema Registral, a través del servicio Administración de Puntos de Venta y Domicilios, accesible con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo. La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial. No obstante, la obligación de emitir comprobantes bajo las nuevas condiciones será aplicable a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026, fecha desde la cual también estará disponible la vinculación de actividades económicas a puntos de venta en el Sistema Registral. (elonce)

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