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  • LA LLUVIA POTENCIA LAS ORDENANZAS VIOLADAS. El régimen autoritario no puede tapar sus delitos de carancho.

    Villa Elisa » Villa Elisa Al Dia

    Fecha: 12/02/2026 14:52

    VILLA ELISA, ENTRE RíOS, ARGENTINA. 12-02-2026 LA LLUVIA POTENCIA LAS ORDENANZAS VIOLADAS. El régimen autoritario no puede tapar sus delitos de carancho. 12-02-2026-H:14.18 Despues de un mes volvió a llover en villa Elisa. En total, hasta el mediodía la marca alcanzó los 100 milímetros. Lo importante es mirar los lugares intervenidos y mutilados por el poder, caso los campos de la estación ferroviaria y los Bretes, vandalizados y arruinados desde mayo de 2022. (Delito carancho) No se trató de Okupas sin nombre ni destino. Lo hizo la Municipalidad de Villa Elisa, violando una ordenanza específica de 2014. Mutilaron una enorme porción indispensable para la operatoria ferroviaria, porque a su vera, corre la vía que conduce a Los Bretes, y a su vez permite invertir la posición de la locomotora, que desde que volvió de un viaje a Caseros en marzo de 2024, quedó mirando para La Clarita. Cuando se habla de usurpadores y violadores de ordenanzas, pregunte por la Municipalidad de Villa Elisa, Entre Ríos. LA ORDENANZA VIOLADA: MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA Entre Ríos Concejo Deliberante Expte. 215/13 Autor: concejales Unión Vecinal Promulgada: 23 de junio de 2014 - Decreto Nº 285/14 ORDENANZA Nº 1712 VISTO: La necesidad de conservar lugares que han marcado un hito en la historia de nuestra ciudad y nuestra Patria, y; CONSIDERANDO: Que la Estación Ferroviaria y los lugares utilizados para la prestación del servicio por parte del Ferrocarril General Urquiza en nuestra ciudad, aún se encuentran en su estado original con el normal deterioro de los años. Que dichos lugares fueron un lugar clave en la historia de nuestra ciudad.- Que es necesario rescatar el lugar para darle el valor que se merece. Que el crecimiento de la Ciudad necesita de espacios verdes recreativos, en los cuales se preserve nuestra historia. Por ello, el Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Elisa sanciona con fuerza de: ORDENANZA: Artículo 1º) Designar al área generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del Ferrocarril General Urquiza, dentro del ejido municipal, como Sitio Histórico de la Ciudad de Villa Elisa.- Modifícado por Ordenanza Municipal Nº 2012 (13/10/2020) Declarar al área generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del ferrocarril General Urquiza (Estación Elisa) dentro del ejido municipal como Patrimonio histórico, arquitectónico, turístico y cultural de la ciudad de Villa Elisa.- Artículo 2º) El uso del suelo de la zona a que se hace referencia en el artículo anterior, será recreativo, cultural, educativo y turístico, teniendo siempre como objetivo la preservación del lugar.- Artículo 3º) Sin previa autorización del Concejo Deliberante no podrán alterarse y/o modificarse en su estructura los lugares, comprendidos en la zona a que se hace referencia en el artículo primero, que seguidamente se individualizan: Lugar Conocido como Los Bretes.- Estación del Ferrocarril.- Casa del Auxiliar de Estación.- Casa del Capataz de Estación.- Tanque hidrante.- Puente Ferroviario lindero a calle 02.- Artículo 4º) Disponer en el lugar conocido como Los Bretes, que forma parte de la Zona, la plantación y el mantenimiento de árboles autóctonos.- Artículo 5º) La presente Ordenanza no implica compromiso económico alguno para el Estado Municipal, salvo lo indicado en el artículo 4º); solo tiene como objetivo la preservación de los lugares donde se desarrolló gran parte de la historia de nuestra ciudad, a los efectos de que las generaciones presentes y futuras puedan tener un contacto directo con los sitios donde transcurrieron los hechos que transformaron la pequeña Villa en la Ciudad de Villa Elisa.- Artículo 6º) De forma.- Villa Elisa, 23 de junio de 2014 DECRETO Nº 285/14 VISTO: La Ordenanza Nº 1712 del Concejo Deliberante mediante la cual se designa como Sitio Histórico de la Ciudad de Villa Elisa al área generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del Ferrocarril General Urquiza, dentro del ejido municipal; y CONSIDERANDO: Que es necesario promulgar dicha Ordenanza.- POR ELLO, el Presidente del Ejecutivo Municipal en uso de sus atribuciones D E C R E T A ART. 1º): Promúlgase bajo el Nº 1712, la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante en fecha 23 de junio de 2014, mediante la cual se designa como Sitio Histórico de la Ciudad de Villa Elisa al área generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del Ferrocarril General Urquiza, dentro del ejido municipal .- ART. 2º).- Comuníquese, regístrese, archívese.- VILLA ELISA, 27 de junio de 2014.- DANIEL A. CÁCERES MARCELO A. MONFORT Sec.de Gob y Hacienda Presidente Municipal M.V.E. M.V.E.

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