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Parana » El Once Digital
Fecha: 12/02/2026 04:55
Rechazaron el recurso del productor Leonardo Airaldi por la unificación de causas El Tribunal Oral Federal de Paraná declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Leonardo Airaldi contra la acumulación subjetiva de dos causas por presunto narcotráfico. El juicio oral comenzará el 24 de febrero junto a otros 13 imputados. 12 de Febrero de 2026 El Tribunal Oral Federal de Paraná declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Leonardo Airaldi contra la acumulación subjetiva de dos causas por presunto narcotráfico. El juicio oral comenzará el 24 de febrero junto a otros 13 imputados. La conexidad subjetiva en la causa contra Leonardo Airaldi fue ratificada este miércoles por el Tribunal Oral Federal de Paraná, que declaró inadmisible el recurso de casación presentado por su defensa contra la acumulación de dos expedientes vinculados al presunto delito de narcotráfico. La resolución confirmó que ambas causas serán juzgadas en un único debate oral a partir del 24 de febrero. La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral Federal de Paraná, integrado por Noemí Berros, Mariela Emilce Rojas y José María Escobar Cello. Los magistrados resolvieron declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por Mariana Barbitta, defensora técnica del procesado Leonardo Roberto Airaldi, contra la resolución del 19 de diciembre de 2025 que dispuso acumular subjetivamente la causa caratulada Airaldi, Leonardo Roberto s/Infracción Ley 23.737 (art. 5 inc. c) a la causa FPA 8.194/2019/TO1 Airaldi, Leonardo Roberto y otros s/Infracción Ley 23.737. Airaldi, productor agropecuario y ex titular de la Sociedad Rural de Diamante, había sido procesado el 8 de marzo de 2024. Será juzgado junto a otros 13 imputados por presuntas maniobras vinculadas al narcotráfico, en un debate que quedó fijado para fines de febrero por disposición del mismo tribunal. Ver más Contenido de espectáculos Entradas a eventos Cursos de cocina Los agravios planteados por la defensa En el recurso presentado, la defensa cuestionó que, a partir de una resolución de incompetencia dictada por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, se habría vulnerado la garantía del juez natural. Además, sostuvo que la acumulación de causas afectaba la imparcialidad del Tribunal Oral Federal de Paraná al pretender incorporar al debate oral una causa que según argumentó no tiene nada que ver con la presente, pese a que en ambas se investigaron maniobras de narcotráfico. La letrada también alegó que el principio de economía procesal, que fundamenta la acumulación de expedientes para una administración más rápida y eficiente de justicia, se habría visto desnaturalizado al unificar dos causas que consideró totalmente distintas. En otro tramo del planteo, la defensa cuestionó que los ofrecimientos de prueba en ambos expedientes se habían realizado antes de la resolución de incompetencia dictada el 26 de noviembre de 2025 por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe. En ese sentido, sostuvo que su asistido no pudo ofrecer prueba en base a este nuevo contexto, ya que según afirmó se vio impedido de articular una estrategia probatoria diferenciada para hechos que calificó como independientes. El análisis del Tribunal Oral Federal Al analizar el planteo, el Tribunal Oral Federal de Paraná consideró que el escrito recursivo no cumplió con los requisitos formales exigidos para su admisibilidad. Señaló que carecía de autosuficiencia y de fundamentación autónoma, ya que omitía enunciar antecedentes relevantes para la comprensión del caso y no especificaba cuál era el concreto vicio atribuido a la resolución impugnada. Los magistrados indicaron además que la defensa no precisó si pretendía el ejercicio del iudicium rescissorium o del iudicium rescindens, ni expresó con claridad cuál era la solución jurídica solicitada al tribunal superior. También observaron contradicciones con la conducta procesal previa asumida por la propia defensa. En particular, el tribunal destacó que la recurrente afirmaba agraviarse por la resolución del 19 de diciembre de 2025, pero en realidad cuestionaba la resolución 261/25 del Tribunal Oral Federal de Santa Fe, dictada el 26 de noviembre de 2025, que había hecho lugar al planteo de incompetencia formulado por el fiscal general. No es aquella sino esta En su resolución, el Tribunal Oral Federal de Paraná sostuvo que no es aquélla (la del 19/12/2025) sino ésta (la del 26/11/2025) la resolución que la agravia. Añadió que la propia defensa reconoció que la garantía invocada se ha visto avasallada desde antes de la resolución que aquí estoy cuestionando, en referencia a la decisión del tribunal santafesino. Los jueces entendieron que la defensa había consentido aquella resolución y que la misma había quedado firme, por lo que no podía reeditarse indirectamente a través de un recurso contra la acumulación subjetiva dispuesta con posterioridad, dio a conocer APFDigital. Respecto del cuestionamiento a la imparcialidad del tribunal paranaense, los magistrados señalaron que la defensa no argumentó de manera seria y concreta las razones que sustentarían esa presunta afectación. Recordaron que la imparcialidad del juzgador, según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se define como la ausencia de prejuicios o intereses frente al caso y que no se había demostrado ningún elemento que pusiera en duda esa garantía. Conexidad subjetiva y acumulación de causas El tribunal también destacó que no existía controversia respecto de que las causas FRO 27.181/2022 y FPA 8.194/2019 presentaban un supuesto de conexidad subjetiva en relación a Leonardo Roberto Airaldi. En ese contexto, consideró que la acumulación no sólo no frustraba los objetivos del instituto procesal, sino que los satisfacía plenamente. La conexidad subjetiva implica que distintos procesos comparten un mismo imputado, lo que justifica su tratamiento conjunto para evitar decisiones contradictorias y favorecer una mejor administración de justicia. Según el fallo, la unificación en un único debate oral resultaba coherente con ese criterio. Finalmente, en cuanto al planteo referido a la imposibilidad de ofrecer nueva prueba tras la acumulación, el tribunal sostuvo que la defensa intentaba reabrir cuestiones ya precluidas, vinculadas a la competencia y a actos procesales agotados. Señaló que esos extremos habían quedado firmes y que no correspondía reeditarlos bajo el argumento de un nuevo contexto procesal, publicó APFDigital. Con esta decisión, el Tribunal Oral Federal de Paraná dejó firme la acumulación subjetiva de las causas y confirmó que el juicio oral contra Leonardo Airaldi y los otros 13 imputados comenzará el 24 de febrero. La resolución refuerza el criterio de conexidad subjetiva en la causa contra Leonardo Airaldi y delimita el alcance de los recursos disponibles frente a decisiones procesales ya consentidas. Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación...[X] ver más El comentario se encuentra deshabilitado Denunciar comentario Spam o contenido comercial no deseadoIncitación al odio o a la violencia, o violencia gráficaAcoso o bullyingInformación errónea CancelarDenunciar Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación...[X] Ver más comentarios IMPORTANTE: Los comentarios publicados son exclusiva responsabilidad de sus autores Elonce.com se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios injuriantes o discriminadores.
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