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  • IAFAS: más de dos décadas en la ilegalidad y la corrupción por el abuso de la contratación directa - El Portal de Ricardo David

    Parana » DavidRicardo

    Fecha: 04/02/2026 11:48

    A raíz de un esquema de contrataciones directas iniciado con el Decreto N.º 5559/02, dictado en el año 2002 bajo la intervención de Pablo Bertelotti, el organismo provincial del juego enfrenta duras críticas por evadir sistemáticamente la Ley de Licitaciones. Uno de los casos más emblemáticos fue la concesión del Casino Mayorazgo en el año 2007, donde Kaskira S.A., una de las empresas beneficiadas con la adjudicación, le habría cedido al entonces gobernador Sergio Urribarri un automóvil Audi A1, patente OBS 226, valuado en aproximadamente 100.000 dólares. El vehículo había sido adquirido por la empresa, pero las tarjetas estaban a nombre del gobernador. A pesar de la existencia de pruebas concretas, nunca se avanzó con investigaciones ni sanciones (salvo una Probation a uno de los empresarios), y el sistema continuó sin modificaciones. Este hecho dejó en evidencia que la forma de adjudicar la explotación del juego en la provincia habilitaba dádivas y coimas. En ese contexto, la presión sobre la Fiscalía de Estado crece, ante lo que especialistas califican como un sistema estructuralmente viciado de nulidad y corrupción. Durante más de dos décadas, y pese a reiteradas advertencias, el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes ha mantenido una postura pasiva frente a esta situación, permitiendo que lo ilegal se normalice. Como consecuencia, se consolidaron negocios hipermillonarios para un reducido grupo de empresarios y funcionarios que incrementaron su patrimonio de manera sideral, en un escenario que muy pocos se animan a investigar. El esquema, que para muchos configura un cuadro de ilegalidad y corrupción sostenida, no ha sido modificado desde su implementación. Según fuentes cercanas al organismo y registros de auditorías oficiales, el decreto permitió que las contrataciones directas se convirtieran en la regla, eludiendo la obligatoriedad de la licitación pública que corresponde por la magnitud de los montos involucrados. Esta irregularidad fue advertida en reiteradas oportunidades por la Contaduría General de la Provincia, que señaló que un decreto no puede estar por encima de la Ley de Contabilidad, y calificó estos procedimientos como viciados de nulidad. La inacción de los organismos de control constituye uno de los aspectos más críticos del problema. A pesar de las advertencias formales, la Fiscalía de Estado ha sido cuestionada por mirar para otro lado o por no intervenir debido a presuntas presiones políticas, frente a graves hechos de corrupción que generan un enorme perjuicio al Estado provincial. Este sistema de excepciones se mantuvo vigente a lo largo de sucesivas gestiones de gobierno, desde Montiel hasta la actualidad, atravesando las administraciones de Busti, Urribarri y Bordet. Un hecho reciente que reavivó la polémica fue la transferencia de activos de las empresas Newtronic, propiedad de los hermanos Ferrari, a manos del grupo Banfi. Durante este proceso, que requirió autorización del IAFAS, los organismos de control volvieron a observar la irregularidad de basar estas decisiones en un decreto que ignora los topes legales de las licitaciones públicas, advirtiendo además sobre la responsabilidad legal que recae sobre los funcionarios que firman este tipo de adjudicaciones. En el derecho administrativo, las excepciones suelen justificarse por situaciones de emergencia o necesidades extremas de agilidad. Sin embargo, en el ámbito del juego de azar en Entre Ríos, la excepción dejó de ser un recurso extraordinario para convertirse en una estructura permanente que desafía los principios republicanos de control. El Decreto 5559/02, que habilita al Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS) a alquilar máquinas tragamonedas mediante licitaciones privadas sin límite de monto, representa hoy un contraste alarmante frente a la política de transparencia que el Estado provincial dice promover. Para comprender el alcance de este decreto, es necesario remontarse a diciembre de 2002, en pleno proceso de reconstrucción institucional tras la crisis del 2001. La arquitectura legal de este verdadero traje a medida para el negocio del juego tuvo un arquitecto central: Pablo Bertelotti, entonces interventor del IAFAS, adjudicándole en forma directa la explotación del juego de quiniela a la empresa Boldt, según trascendió en su momento hubo más de cuatro millones de razones verdes para hacerlo, la mitad de las razones se habrían retiradas por el secretario del titular y la otra mitad por el mismísimo titular en las oficinas de PUERTO MADERO. La figura de Bertelotti no es menor dentro del entramado de poder entrerriano. Su influencia se proyecta también hacia los medios de comunicación a través de su vínculo familiar directo con el reconocido periodista radial Antonio Tardelli, de quien es cuñado. Este dato no pasa desapercibido para los analistas políticos, ya que expone cómo decisiones de enorme impacto económico suelen gestarse en círculos donde lo técnico, lo político y lo mediático se entrelazan. Fue Bertelotti quien impulsó este régimen especial, argumentando que la velocidad del mercado tecnológico de las tragamonedas requería mecanismos que la burocracia tradicional no podía ofrecer. La Ley de Contabilidad N.º 5140 de Entre Ríos establece un principio básico: a mayor gasto público, mayor debe ser el rigor del control y la transparencia del proceso. Los topes para las licitaciones privadas se actualizan periódicamente para garantizar que las contrataciones de magnitud significativa se realicen mediante licitaciones públicas, fomentando la competencia, reduciendo costos y evitando el amiguismo. No obstante, el Decreto 5559/02 dinamita este principio. Al permitir que el IAFAS realice contrataciones millonarias bajo la modalidad de licitación privada, sin importar el monto, se reduce de manera discrecional el universo de oferentes. El procedimiento se limita a un puñado de empresas invitadas el mínimo legal es de apenas cinco, lo que en la práctica configura un mercado cerrado donde siempre resultan beneficiados los mismos actores. En una provincia que recientemente reglamentó su Ley de Acceso a la Información Pública, sostener un esquema donde el monto no determina el rigor del proceso resulta un anacronismo jurídico que protege la opacidad. Uno de los aspectos más controvertidos del régimen diseñado durante la gestión de Bertelotti es la facultad del IAFAS para delegar en el proveedor la construcción o remodelación de los casinos (artículo 6.º). El decreto permite que el oferente asuma el costo de los edificios, amortizando esa inversión a través del canon de alquiler de las máquinas tragamonedas (artículo 7.º). Aunque se presenta como una solución financiera para un Estado sin recursos, en los hechos funciona como una obra pública encubierta bajo la figura de un alquiler. Este mecanismo evita los controles específicos previstos por la Ley de Obras Públicas y las auditorías obligatorias que toda construcción estatal debería atravesar. Bajo este paraguas legal, el Estado termina pagando la infraestructura de manera financiada y oculta dentro del precio de las tragamonedas, dificultando la trazabilidad del gasto y haciendo imposible determinar cuánto cuesta realmente cada metro cuadrado de casino a los entrerrianos. Mientras el actual gobierno provincial impulsa plataformas de Gobierno Abierto y pregona la eficiencia administrativa, el régimen del IAFAS permanece como una verdadera isla jurídica. La agilidad comercial que el Instituto reclama puede ser un argumento válido en una industria dinámica como la del juego, pero en un sistema democrático saludable la agilidad no puede obtenerse a costa de la transparencia. Si la provincia realmente aspira a un modelo de rendición de cuentas, las excepciones sin límite de monto heredadas de gestiones anteriores deben ser revisadas. El legado de Pablo Bertelotti, plasmado en el Decreto 5559/02, ha cumplido su ciclo. Hoy, el desafío es compatibilizar la modernización tecnológica del juego con el rigor ético que la sociedad exige. La verdadera eficiencia no consiste solo en contratar rápido, sino en hacerlo de cara a la ciudadanía, garantizando que, en el azar de las tragamonedas, el único que nunca pierda sea el interés público.

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