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Concordia » Diario Del Sur Digital
Fecha: 04/02/2026 10:39
El decreto se publicó en el BoletÃn Oficial tras una orden judicial y fija reglas sobre pensiones, controles y auditorÃas. La aplicación de la norma habÃa quedado en suspenso por la discusión presupuestaria. El Gobierno nacional aprobó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, a través del Decreto 84/2026, publicado en el BoletÃn Oficial. La medida se conoce luego de una sentencia judicial que ordenó al Estado avanzar con la aplicación de la norma, aprobada por el Congreso en julio del año pasado y cuya entrada en vigencia habÃa quedado supeditada a la disponibilidad presupuestaria. La norma, sancionada como Ley 27.793, declara la emergencia en materia de discapacidad y establece un nuevo marco para polÃticas públicas, prestaciones y pensiones, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año. Si bien el Congreso la aprobó, el Poder Ejecutivo habÃa dispuesto mediante un decreto que su aplicación quedara condicionada a la inclusión de las partidas correspondientes en el presupuesto nacional. Esa decisión derivó en una presentación judicial. En diciembre pasado, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró la invalidez del artÃculo del decreto que suspendÃa la aplicación de la ley y ordenó su «inmediata puesta en marcha». En su fallo, sostuvo que el condicionamiento presupuestario resultaba incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado y advirtió que el desfinanciamiento del sistema ponÃa en riesgo la continuidad de tratamientos esenciales para las personas con discapacidad. El Gobierno nacional apeló esa decisión para que sea revisada por la Cámara Federal de San MartÃn, pero el magistrado habilitó la feria judicial de enero para supervisar el cumplimiento del fallo. En ese marco, intimó al Ministerio de Salud a informar qué medidas habÃa adoptado para avanzar con la implementación de la norma. A comienzos de enero, la cartera que conduce Mario Lugones comunicó a la Justicia que habÃa iniciado una serie de pasos administrativos y comunicaciones internas para poner en marcha la ley, aunque aclaró que su aplicación no podÃa ser inmediata y no precisó fechas concretas. Con la reglamentación ahora publicada, el Ejecutivo formalizó ese proceso, informó ClarÃn. La reglamentación aprobada ahora define cómo se aplicarán los puntos centrales de la ley, que hasta el momento carecÃa de reglas operativas. Entre los cambios más relevantes figuran la puesta en marcha de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, la conversión automática de beneficios ya otorgados y la implementación de auditorÃas periódicas para controlar el sistema. En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo aclaró que dicta la reglamentación «sin reconocer hechos ni derechos» ni consentir los fundamentos de la sentencia judicial, pero con el objetivo de dotar de precisión operativa y administrativa a la norma, ordenar los criterios de implementación y fortalecer los mecanismos de control y trazabilidad de las polÃticas públicas. Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la creación y puesta en funcionamiento de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad. El decreto define los criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades, procedimientos administrativos y sistemas de auditorÃa, y establece que el régimen deberá articularse con las polÃticas de inclusión laboral y las reglas de compatibilidad de ingresos para evitar superposiciones con otros beneficios previsionales o asistenciales. Además, se dispuso que las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia de la ley serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones alcanzadas. La reglamentación también refuerza el rol de la SecretarÃa Nacional de Discapacidad, que pasó a depender del Ministerio de Salud, y la instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica. Asimismo, establece un plazo de 30 dÃas para la presentación de un plan de auditorÃas periódicas, tal como prevé la ley. El decreto ratifica además los mecanismos institucionales de consulta y participación, a través del Consejo Federal de Discapacidad, el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, el Comité Asesor, el Consejo de Articulación de Programas y el Observatorio de la Discapacidad, con esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. La norma lleva la firma del presidente, Javier Milei; del jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y del ministro de EconomÃa, Federico Sturzenegger.
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