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» Clarin
Fecha: 04/02/2026 11:59
Descendientes de Manuelita Rosas de Terrero y de Máximo Terrero presentaron una medida cautelar que fue radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 12, a cargo de la jueza Macarena Marra Giménez, quien ya dio intervención al fiscal federal para que se expida sobre la competencia y los pasos a seguir. Los demandantes de la medida de no innovar son Mercedes, María Rosa y Sebastián Terrero, Candelaria Domínguez Cossio y Malena Terrero. Los tres primeros son trastataranietos de Juan Nepomuceno José Miguel Buenaventura Terrero y Villarino, según obra en el escrito judicial, y se presentan como herederos del sable corvo de San Martín. Las segundas son descendientes de sexto grado de Juan Nepomuceno José Miguel Buenaventura Terrero y Villarino. Los actores de la presentación, patrocinados por los doctores Nicolás Rechanik y Yamil Castro Bianchi, solicitan a la Justicia, con carácter urgente, una medida de prohibición de innovar respecto del destino del sable corvo del General José de San Martín fuera de la esfera de custodia y del espacio físico del Museo Histórico Nacional, ordenándose en consecuencia su permanencia en dicho establecimiento conforme el destino jurídico de la donación oportunamente aceptada por el Estado Nacional mediante el Decreto Nacional de fecha 3 de marzo de 1897. Prohibición de traslado Además de solicitar la prohibición de traslado del sable referido, reclaman la inmediata suspensión de cualquier acto tendiente a trasladar el sable corvo del General José de San Martín del Museo Histórico Nacional, atento a que cualquier modificación respecto del destino del sable corvo alteraría de manera directa el patrimonio histórico y cultural de la Nación, así como también violaría el cargo oportunamente asignado como condición en la donación, que fuera aceptada por el Estado Nacional. He aquí donde se produce el nudo jurídico más importante de la cuestión, además de que la Justicia tiene que confirmar la legitimación activa de los demandantes. La carta de Máximo Terrero dirigida al entonces presidente José Evaristo Uriburu en 1897 expresaba el deseo de que el destino del sable corvo fuera el Museo Histórico Nacional (MHN). El juzgado deberá validar si la carta de Terrero sirve como documento para asimilar la expresión de deseos de la familia Terrero a un cargo en la donación efectuada en 1896. En el derecho vigente, cualquier cargo en una donación tiene que ser expresado por escritura pública. En caso de incumplimiento del cargo, la donación puede revocarse. Ayer, con bastante prisa, los diputados santafesinos Esteban Paulón y Pablo Farías presentaron un proyecto de ley declarando como bien de interés histórico nacional el sable corvo de San Martín que fuera donado al Estado Nacional para su guarda y conservación en el Museo Histórico Nacional. El proyecto, que vaya a saberse cuándo tendrá tratamiento, propone la integración del tesoro histórico al patrimonio del Museo Histórico. El sable ya lo está. Se va o se queda En el escenario planteado a partir de la posible salida del sable corvo el próximo sábado con destino a San Lorenzo, los descendientes consideran que el traslado vulnera la voluntad original del donante y también infringe normas vigentes, en particular el Decreto 8405/1941, reglamentario de la ley que rige la protección de bienes históricos, ya que no hubo acuerdo previo con los propietarios legales sobre la custodia del sable. No obstante, los solicitantes de la medida cautelar acompañan una profusa documentación que obra en el MHN y de la que se desprende no solo el pedido de donación de Adolfo Carranza y su efectivo cumplimiento con custodia en el Museo Histórico, sino también una carta de Rodrigo Terrero a Juan Manuel Ortiz de Rozas de enero de 1897 en la que se lee: Te agradezco tus dos cartas, a las cuales contesto, manifestándote que todo se hará según tú lo indicas, pero papá se niega absolutamente a mandar el sable sin expresar en su comunicación al Presidente el deseo de que sea depositado en el Museo. (...). Y así se hizo. Solo que sin las formalidades de una donación con cargo, por lo que hasta ahora sabemos. En un tramo de la presentación, los descendientes afirman que con su solicitud judicial se intenta prevenir un daño que reviste carácter de irreparable, en tanto el traslado del sable corvo implicaría una alteración sustancial del régimen de exhibición pública de un bien patrimonial único, afectando el derecho colectivo de acceso al patrimonio cultural de la Nación, además de transgredir el cargo oportunamente asignado a la donación. Como suele ocurrir en la Argentina, cada vez que se produce un entuerto político, la Justicia tendrá que dirimirlo. Claro que en este caso los aspectos a considerar son de un alto interés histórico y político. El sable corvo que, según fuentes históricas consultadas por Clarín, no fue usado en territorio argentino, es un símbolo muy valioso de la guerra de la Independencia que sentó los cimientos de la Nación. Mientras tanto, el Gobierno sigue adelante con la decisión tomada. El sábado, el personal de conservación y de seguridad tendrá que disponer la caja con el sable y su vaina para ser trasladado al helicóptero presidencial con destino a San Lorenzo, si antes la Justicia no detiene el viaje a Santa Fe. Sobre la firma Newsletter Clarín
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