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Parana » Cuestion Entrerriana
Fecha: 02/02/2026 09:17
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó dos disposiciones en el Boletín Oficial para prohibir la comercialización de productos cosméticos infantiles y un destapacañerías, tras detectar irregularidades en controles de mercado y en la documentación sanitaria. Las actuaciones surgieron a partir de inspecciones en comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de consultas recibidas por el organismo, que evidenciaron la presencia de artículos sin inscripción sanitaria, con rótulos deficientes o elaborados en condiciones no autorizadas. En relación a los cosméticos infantiles, la Disposición 221/2026 precisó que las marcas involucradas son Pequeña Diseñadora, Bebés llorones, My little pony, Piku, Disney Princesses, Bicgerbowe, Iman of noble y Victorious final. Durante los operativos realizados entre noviembre y diciembre del año pasado, se constató la venta de kits de maquillaje, bases, esmaltes y perfumes que no consignaban datos de inscripción sanitaria en sus rótulos, en incumplimiento de la normativa vigente. La consulta a la base oficial confirmó que ninguno de esos productos contaba con registros habilitados por ANMAT, lo que impidió verificar si fueron elaborados bajo condiciones higiénicas adecuadas, con ingredientes permitidos y en establecimientos autorizados. El organismo recordó que la Ley 16.463 prohíbe la elaboración, distribución y comercialización de productos ilegítimos o impuros, y que la normativa específica para cosméticos solo permite la circulación de artículos debidamente inscriptos y controlados. Ante la imposibilidad de garantizar la seguridad de estos productos, ANMAT resolvió prohibir su uso, comercialización, publicidad y venta en plataformas online en todo el país, alcanzando a todos los lotes y presentaciones, incluidos kits de belleza, sets de maquillaje y perfumes. También se dio intervención a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y a la Coordinación de Sumarios. Por otra parte, la Disposición 193/2026 apuntó al destapacañerías marca Clinsy, cuya legitimidad fue cuestionada tras una consulta en el área de domisanitarios. La investigación detectó que el producto se comercializaba con una etiqueta que consignaba datos de composición y registro que no coincidían con los listados oficiales. El rótulo indicaba una composición de 62,5% de hidróxido de sodio y 5,25% de hipoclorito de sodio, valores distintos a los aprobados para ese registro. Además, la firma titular Villard y Louis S.A. reconoció que parte del lote pudo haberse elaborado con etiquetas desactualizadas y que se reprocesaron envases devueltos sin respetar las buenas prácticas de fabricación ni la trazabilidad exigida. La pesquisa determinó además que la elaboración y reproceso del lote estuvo a cargo de Grido S.A., una empresa no habilitada por ANMAT y actualmente dada de baja. El lote L1S23 surgió del reprocesamiento de envases con abolladuras o sin etiquetas, a los que se les asignó una nueva fecha de vencimiento, en contravención de los requisitos regulatorios. Los análisis de laboratorio confirmaron que la concentración de principios activos no coincidía con la fórmula aprobada, lo que motivó el retiro del producto. ANMAT señaló que tanto Villard y Louis S.A. como Grido S.A. incumplieron diversas disposiciones regulatorias, entre ellas la obligación de registrar a los elaboradores y respetar las fórmulas autorizadas. En consecuencia, el organismo dispuso retirar el producto del mercado, iniciar sumarios sanitarios contra las empresas y sus directores técnicos, y notificar a todas las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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