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  • El Corolario Trump de la Doctrina Monroe y el futuro del derecho internacional

    » Clarin

    Fecha: 29/01/2026 06:31

    La reciente intervención de EEUU en Venezuela y la resignificación de la Doctrina Monroe han sido vistos a la luz de un interrogante de estos tiempos: ¿se trata de una crisis definitiva del Orden Liberal Internacional y del fin del derecho internacional? La coyuntura incita a interpretar el resurgimiento de la Doctrina Monroe como una causa de la crisis del derecho internacional. Para analizar la intervención en Venezuela y la crisis del derecho internacional cabe revisar los usos que tuvo la doctrina con miras a comprender cómo reforzaron el mito del excepcionalismo de EEUU y cómo influyeron en la construcción del derecho internacional en las Américas. Por un lado, la doctrina dio forma al mito del excepcionalismo de EEUU, ofreciendo un marco para proyectar a esta nación como modelo hegemónico en la construcción del Orden Liberal Internacional forjado en 1945. En su formulación original de 1823, la Doctrina Monroe fue un principio diplomático anticolonial e imperial, proclamado unilateralmente por EEUU. Fue anticolonial porque condenó las intervenciones europeas en el continente americano. Fue imperial porque proclamó que cualquier intervención europea atentaba contra los intereses de los EEUU, poniendo a esta nación como guardianes del continente. La idea del excepcionalismo de EEUU fue una creencia poderosa entre la elite de ese país e inspiró un reordenamiento del orden internacional, desde una perspectiva monista, a semejanza de las instituciones jurídicas y políticas de EEUU desde comienzos del siglo XX. Trump restituyó el mito del excepcionalismo. Su Corolario de la doctrina no es una mera expresión de la fuerza militar y la anarquía internacional ni tampoco el fin del derecho internacional, sino la restitución de un principio diplomático legendario y creíble en un orden internacional en crisis. Por otro lado, juristas y diplomáticos latinoamericanos, como Luis María Drago y Alejandro Álvarez, propusieron a la doctrina como principio fundante de un derecho internacional americano continental y debatieron sobre su legitimidad. Estos debates contribuyeron a la construcción del Sistema Interamericano sobre fundamentos pluralistas orientados a resguardar el principio de no intervención absoluta y la personalidad e igualdad entre los estados en la Convención de Montevideo de 1933. Se trata de uno de los grandes legados del derecho internacional latinoamericano al Orden Liberal Internacional. El otro gran legado de la región fue la Conferencia de Bogotá (1948) que dio lugar a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (y la Mujer). Sin embargo, EEUU mantuvo siempre el copyright de la Doctrina Monroe y el Corolario Trump no hace sino reforzar este precedente. Hacia 1904 el Corolario Roosevelt de la Doctrina Monroe estableció que EEUU se arrogaba el derecho a intervenir unilateralmente en América Latina, especialmente Centroamérica y el Caribe. En su Mensaje Anual, Roosevelt arrogó para EEUU el poder de policía internacional y el derecho de intervenir en la región cuando existiera una conducta crónica errada y la civilización fuera puesta en peligro. El Corolario Roosevelt fue una manifestación temprana de las intervenciones humanitarias. El Corolario Trump remite a este precedente intervencionista y humanitario. Debatir sobre el fin del derecho internacional es fundamental. Su sentido ha sido puesto en cuestión y hoy está en plena mutación. Como han mostrado Ingrid Brunk y Monica Hakimi, el principio legal básico de la condena de las anexiones territoriales y las intervenciones ha sido erosionado con la Guerra de Gaza, la invasión de Rusia a Ucrania y ahora con la intervención de EEUU en Venezuela. Las grandes potencias de hoy como EEUU y Rusia no respetan estos principios mínimos. Quizás la preocupación por la solidaridad internacional y la protección de los derechos humanos por medio de las intervenciones humanitarias y la responsabilidad de proteger ha llegado demasiado lejos al punto de que ya nos ha dejado de importar cómo y quién la administra. Desde los años 1970s y luego de la Guerra contra el Terrorismo, estas preocupaciones han llegado demasiado lejos, tan lejos que fueron pasados por alto principios mínimos, como la condena de las intervenciones y las anexiones territoriales, orientados a resguardar el orden entre los estados. Como observó Hedley Bull, la sociedad internacional es esencialmente anárquica, pero orienta el orden entre los estados por medio de normas mínimas básicas como el principio de no intervención. Para que el derecho internacional pueda cumplir con la finalidad ambiciosa de promover globalmente los derechos humanos y la democracia y condenar así los autoritarismos de Donald Trump y Nicolás Maduro debe poder garantizar el respeto de normas mínimas. El derecho internacional ha dejado de ser sustantivo, robusto, plural y ordenador de las normas mínimas de autonomía entre los estados para pasar a ser arbitrario, plástico, vertical y monista y estar al servicio de normas solidarias máximas y ambiciosas difíciles de concretar. Algo parecido le ha ocurrido a la Doctrina Monroe. La transición de Monroe a Donroe es preocupante, pero no llega a ser una aberración, pues es consistente con las propias transformaciones del sentido del derecho internacional en el siglo XXI. Por ello, el pasado sigue alumbrando el porvenir y a la hora de afrontar los desafíos que exige el siglo XXI nuestro espíritu camina entre las sombras y las luces del siglo XX. Sobre la firma Newsletter Clarín

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