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  • Tras 40 años, Entre Ríos actualizó su ley ambiental y amplió el control estatal sobre la actividad económica

    Concordia » Diario Junio

    Fecha: 23/01/2026 17:18

    Tras 40 años, Entre Ríos actualizó su ley ambiental y amplió el control estatal sobre la actividad económica Entre Ríos puso en marcha la Ley Nº 11.250, una nueva norma que cambia las reglas del control ambiental sobre las actividades económicas en la provincia. Publicada el jueves en el Boletín Oficial, deja atrás una ley vigente desde 1978 y actualiza un esquema con más de cuatro décadas de antigüedad, redefiniendo el peso del Estado, las obligaciones de las empresas y la forma en que se protege el ambiente frente al avance productivo. La ley, que lleva la firma del gobernador Rogelio Frigerio, introduce cambios estructurales en materia de control ambiental, digitalización de trámites y participación ciudadana, y obliga a todas las empresas a contar con el Certificado Único Ambiental (CUA) para poder operar. Uno de los puntos centrales de la norma es que otorga un plazo de hasta 18 meses para que aquellas actividades económicas que actualmente funcionan sin aptitud ambiental vigente puedan regularizar su situación. La nueva legislación establece que ningún emprendimiento susceptible de degradar el ambiente podrá iniciarse sin una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa, la cual deberá cumplirse obligatoriamente antes del inicio de cualquier obra o actividad. El procedimiento se consolida como requisito indispensable para la habilitación ambiental. Además, se institucionaliza la participación ciudadana como instancia obligatoria dentro del proceso de evaluación. Si bien las opiniones de la comunidad no serán vinculantes, la autoridad de aplicación deberá fundamentar y hacer pública cualquier decisión que se aparte de los criterios expresados por los vecinos. La ley crea también el Registro Provincial Ambiental, que incluirá un listado de infractores ambientales, conformado por personas físicas o jurídicas que cuenten con sanciones firmes. El régimen sancionatorio prevé apercibimientos, multas, clausuras parciales o definitivas y la obligación de recomposición o restauración del daño ambiental. En materia de control, la normativa faculta al Poder Ejecutivo a implementar herramientas tecnológicas de monitoreo, entre ellas el análisis de imágenes satelitales, con el objetivo de fortalecer la fiscalización de las actividades productivas. Por último, se crea el Fondo de Control y Fiscalización Ambiental, que se financiará con lo recaudado por multas y sanciones, y estará destinado a sostener las acciones de control y seguimiento previstas en la ley.

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