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Parana » APF
Fecha: 20/01/2026 12:33
El EPRE moderniza el control eléctrico: Las distribuidoras deberán implementar el Libro de Guardia Digital En un paso clave hacia la digitalización administrativa, el EPRE oficializó la implementación del Libro de Guardia Digital para todas las distribuidoras eléctricas de la provincia. La medida surge tras una presentación de la empresa estatal Enersa y se alinea con las políticas de modernización del organismo de control. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.260. Hasta la fecha, las prestatarias debían llevar registros manuales en libros foliados para asentar cada incidencia. Sin embargo, la nueva normativa considera "conveniente y oportuno, autorizar a las distribuidoras concesionarias (...) a cumplimentar lo dispuesto (...) mediante la remisión a la casilla de notificaciones del EPRE del libro de guardia digital". Control y transparencia El Libro de Guardia es la herramienta fundamental donde se asientan eventos críticos como interrupciones, maniobras en la red de Alta y Media Tensión y reclamos de usuarios. Según el texto oficial, el nuevo formato deberá ser enviado "en formato PDF y con firma digital del responsable de la distribuidora en carácter de declaración jurada de veracidad de la información proporcionada". Esta digitalización no exime a las empresas de detallar minuciosamente lo que ocurre en sus redes. El cuerpo de la resolución establece que se debe mantener el rigor informativo, incluyendo: - "Fecha y hora de inicio de la interrupción o cambio de la configuración del sistema". - "Instalaciones afectadas y potencia interrumpida". - "Cantidad de reclamos del servicio recibidos diariamente por problemas en el suministro indicando zona (falta de fase, baja tensión, conexión cortada, cable cortado, etc.)". Almacenamiento y acceso La resolución, firmada por el Dr. Marcos Rodríguez Allende (Director Jurídico a cargo de la Intervención del EPRE), instruye además a la Dirección de Regulación y Control del Servicio Eléctrico a proceder a la "guarda digital de los libros remitidos, por distribuidora y por año". Con este cambio, el organismo busca optimizar su función fiscalizadora, la cual, según el Artículo 48 de la Ley 8.916, le permite "requerir a los prestadores del servicio público la información necesaria para verificar el cumplimiento de los respectivos contratos de concesión". Finalmente, el documento aclara que la información almacenada en estos servidores deberá "estar disponible su acceso a todo el personal previamente autorizado por cada dirección, para su libre consulta", lo que agilizará los tiempos de auditoría ante posibles multas o fallas masivas en el sistema eléctrico provincial. (APFDigital)
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