Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Habilitan la feria judicial para tratar un reclamo contra la ANSeS por medicación

    Concepcion del Uruguay » La Calle

    Fecha: 18/01/2026 13:42

    La jueza federal de feria María Gabriela Janeiro autorizó tratar una medida cautelar contra la ANSeS para garantizar el acceso urgente a medicamentos, en línea con el dictamen de la fiscal Mariana Grinberg. La jueza federal de feria María Gabriela Janeiro habilitó la feria judicial para tratar una medida cautelar presentada por un hombre contra la Administración Nacional de la Seguridad Social, en el ámbito de la Justicia de la Seguridad Social, durante el mes de enero, con el objetivo de que el organismo le provea de manera urgente la medicación necesaria para su grave cuadro de diabetes. La magistrada, a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 5, adoptó la decisión luego de analizar el dictamen de la fiscal federal de la Seguridad Social Mariana Grinberg, quien consideró que la demora hasta el final del receso judicial podía ocasionar un perjuicio grave e irreparable para la salud del demandante. El hombre promovió la acción judicial luego de que la ANSeS rechazara su pedido de entrega de medicamentos, pese a que se encuentra desempleado, en una situación económica de extrema vulnerabilidad y sin cobertura médica efectiva, ya que su afiliación a una obra social había cesado en septiembre de 2025. El caso tuvo origen en diciembre de 2025, cuando el paciente, que padece diabetes tipo II insulinodependiente, sufrió una infección grave en uno de sus pies que derivó en una cirugía con amputación parcial, tras lo cual recibió insulina y medicación gratuita por un período limitado de 30 días en el Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas. El demandante inició el 29 de diciembre una acción judicial para que se ordene a la ANSeS rectificar su situación en el Padrón Único Consolidado Operativo, proveer de forma inmediata y gratuita la totalidad de la medicación requerida y garantizar su incorporación a un régimen de cobertura estatal correspondiente a programas nacionales de atención a personas con diabetes. El hombre solicitó además una medida cautelar urgente al advertir que su medicación se había agotado el 5 de enero y que la falta de tratamiento implicaba un riesgo cierto de agravamiento de su estado de salud, con posibilidad de infecciones severas y consecuencias irreversibles. La Justicia Civil y Comercial Federal declinó la competencia del caso y lo remitió al fuero de la Seguridad Social, lo que motivó la intervención de la jueza de feria, quien requirió previamente la opinión del Ministerio Público Fiscal antes de resolver sobre la habilitación excepcional del receso judicial. La fiscal Mariana Grinberg sostuvo que el ordenamiento procesal prevé excepciones a la inactividad de los tribunales durante la feria cuando la demora puede tornar ineficaz la tutela judicial, y afirmó que en este caso se encontraba comprometido de manera directa el derecho a la salud y a la vida del actor. La representante del Ministerio Público remarcó que la postergación del trámite podía derivar en un daño de imposible reparación ulterior, ya que el paciente requiere de manera inmediata la medicación indispensable para enfrentar una enfermedad crónica y de alto riesgo. La fiscalía entendió acreditados tanto la verosimilitud del derecho, a partir de la documentación médica aportada, como el peligro en la demora, al considerar incompatible el tiempo del proceso judicial con la gravedad del cuadro de salud del demandante. Grinberg también fundamentó su dictamen en la normativa constitucional y en los tratados internacionales que reconocen el derecho a la salud como un bien fundamental, estrechamente vinculado con el derecho a la vida y la autonomía personal. En su análisis, la fiscal recordó además la legislación específica que obliga al Estado nacional, a través del Ministerio de Salud, a garantizar la provisión de medicamentos e insumos esenciales a las personas con diabetes que carecen de cobertura médico social. Al resolver, la jueza Janeiro consideró que las circunstancias expuestas por el actor justificaban la habilitación de la feria judicial, ya que la espera hasta la reanudación de la actividad ordinaria podía frustrar derechos fundamentales o provocar daños graves. Finalmente, la magistrada ordenó a la ANSeS que presente el informe previo previsto en la Ley 26.854 dentro del plazo de cinco días, paso necesario para avanzar en el tratamiento de la medida cautelar solicitada.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por