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  • Oficial: Rige el nuevo Código Fiscal 2026 en Entre Ríos con cambios en impuestos y beneficios para autos híbridos

    Parana » InfoParana

    Fecha: 15/01/2026 02:08

    El Gobierno provincial promulgó la Ley Nº 11.247. La reforma establece nuevas alícuotas de Ingresos Brutos, unifica criterios para el cobro de intereses por mora y lanza un fuerte incentivo para la compra de vehículos eléctricos. Economía | Miércoles 14 de enero de 2026 Esta semana se oficializó la hoja de ruta impositiva que marcará el año para todos los entrerrianos. A través del Boletín Oficial, el Ejecutivo promulgó la reforma integral del Código Fiscal (Ley 11.247), la cual introduce modificaciones estructurales en la forma en que se cobran los tributos y se sanciona la morosidad en la provincia. Incentivo a la movilidad sustentable Uno de los puntos más novedosos de la ley es el beneficio para quienes apuesten por energías limpias. Los vehículos eléctricos o híbridos gozarán de una exención gradual en el impuesto automotor durante sus primeros tres años: - Primer año: 100% de descuento (exención total). - Segundo año: 50% de descuento. - Tercer año: 20% de descuento. Esta medida busca modernizar el parque automotor provincial y fomentar la reducción de emisiones contaminantes. Cambios en Ingresos Brutos y «Baldíos» La reforma también actualiza las alícuotas de Ingresos Brutos para diversos sectores estratégicos: - Agricultura y Ganadería: 0,75%. - Comercio General: 4%. - Telefonía Celular: 6,50%. Por otro lado, la ley pone claridad sobre el impuesto inmobiliario, definiendo legalmente qué se considera un «terreno baldío». A partir de ahora, serán aquellos inmuebles urbanos sin mejoras o donde las construcciones no superen el 5% del valor de la tierra. Moras y Honorarios: Reglas más claras En cuanto a las deudas tributarias, la normativa unifica los intereses resarcitorios, que se calcularán desde el vencimiento hasta el pago efectivo. En caso de llegar a una instancia judicial (apremio), el interés punitorio tendrá un tope: no podrá exceder el 100% de la tasa resarcitoria vigente. Además, hay una advertencia directa para los Procuradores Fiscales (abogados del Estado): por ley, no podrán cobrar sus honorarios hasta que el contribuyente no haya cancelado o regularizado su deuda con la provincia. El incumplimiento de esta norma será motivo de revocación de su poder. El reclamo de los profesionales Cabe recordar que, durante el debate legislativo, los Colegios de Contadores de Entre Ríos señalaron algunas «inconsistencias» entre el nuevo texto y la Constitución Provincial, un tema que podría generar reclamos administrativos o judiciales en el futuro cercano. Resumen para el lector (Tabla de alícuotas) | Actividad | Nueva Alícuota | | Campo (Agro/Ganadería) | 0,75% | | Comercio en general | 4,00% | | Servicios de Celular | 6,50% |

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