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Concordia » InfoConcordia
Fecha: 07/01/2026 12:55
Con el nuevo año en marcha, los pequeños contribuyentes deben revisar sus parámetros de facturación. El plazo vence el 5 de febrero y se esperan actualizaciones por inflación que definirán las nuevas escalas. El inicio de 2026 marca el comienzo de una etapa decisiva para los millones de trabajadores inscriptos en el Monotributo. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) habilitará próximamente el trámite de recategorización, un proceso obligatorio para quienes hayan tenido variaciones en su nivel de actividad durante el último año. Especialistas en materia tributaria advierten que este año la atención debe ser máxima, ya que los errores en el cálculo o el descuido de los topes pueden derivar en sanciones severas o en la exclusión automática hacia el Régimen General, una transición que suele ser económicamente costosa. Fechas y datos clave para la recategorización El calendario fiscal establece que el periodo de análisis corresponde a los últimos 12 meses. Los puntos principales a tener en cuenta son: - Plazo máximo: El trámite vence el 5 de febrero de 2026. - Nuevas escalas: Los valores definitivos se conocerán el 13 de enero, una vez que el INDEC publique el dato de inflación de diciembre de 2025. Se estima un ajuste cercano al 12% basado en el acumulado del segundo semestre. - ¿Quiénes deben hacerla?: Solo aquellos cuyos parámetros (facturación, alquileres, energía consumida) superen o queden por debajo de su categoría actual. - Excepciones: No deben realizar el trámite quienes mantengan su categoría o quienes tengan menos de seis meses de actividad. Los nuevos topes del régimen Para evitar quedar fuera del sistema simplificado, los contribuyentes deben monitorear que no se superen los límites máximos permitidos por la normativa vigente para 2026: | Parámetro | Tope Máximo (Cat. K) | | Ingresos brutos anuales | $94.805.682,90 | | Alquileres devengados | $6.273.905,49 | | Precio unitario de venta (bienes) | $536.767,47 | | Superficie afectada | 200 m² | | Energía consumida | 20.000 kW | La «trampa» de la exclusión y errores frecuentes Uno de los errores más comunes, según los expertos, es evaluar la exclusión con los valores que recién entrarán en vigencia para la recategorización. La exclusión automática ocurre en cualquier momento del año si se superan los montos vigentes al momento de la facturación. Además, ARCA pone la lupa sobre otros descuidos que pueden «salir caros»: - Gastos excesivos: Consumos con tarjeta o gastos personales que no guardan relación con los ingresos declarados. - Facturación incompleta: No emitir comprobantes por la totalidad de las ventas o prestamos de servicios. - Inconsistencias patrimoniales: Incumplir con otros tributos como Bienes Personales o Ingresos Brutos. Recategorización de oficio: Es importante recordar que si el contribuyente no realiza el cambio debiendo hacerlo, ARCA tiene la potestad de recategorizarlo de oficio basándose en sus movimientos bancarios y facturación electrónica, notificando la decisión al Domicilio Fiscal Electrónico.
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