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» Clarin
Fecha: 07/01/2026 09:50
Arrancó un nuevo año y, con él, llegaron nuevos aumentos en tarifas e impuestos que vuelven a presionar el bolsillo de los jubilados. En la Ciudad de Buenos Aires, uno de los ajustes que más impacto tiene es el del ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza), que durante 2026 se actualizará por inflación, encareciendo mes a mes el costo del impuesto. El gobierno porteño informó que existe un grupo de ciudadanos que, cumpliendo determinados requisitos y con la gestión de un trámite específico, pueden quedar exentos del pago del ABL en CABA durante 2026.. Según los datos oficiales, en 2025 el sistema alcanzó a 85.426 jubilados y pensionados, quienes accedieron a la exención del ABL mediante un trámite que es gratuito y que también alcanza a personas con discapacidad, según consta en la información oficial. El beneficio comprende el 100% del tributo y está orientado a personas con ingresos previsionales limitados. ¿Quiénes pueden solicitar la exención del ABL? Según la normativa vigente, podrán acceder al beneficio los jubilados, pensionados y personas con discapacidad que cumplan con los siguientes requisitos: - Ser propietarios, copropietarios, usufructuarios o contar con derecho de uso sobre un único inmueble, destinado exclusivamente a vivienda familiar. - Habitar efectivamente esa propiedad como domicilio permanente. - No tener otros inmuebles, urbanos o rurales, en ninguna jurisdicción del país. - Percibir ingresos previsionales que no superen el equivalente a cuatro jubilaciones mínimas. Para diciembre de 2025, el tope es de $1.363.518,36. - Que la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) del inmueble no supere los $40.000.000 (unos 27.000 dólares), de acuerdo con la Ley Tarifaria vigente. La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) aclaró que la exención del ABL también puede otorgarse en situaciones particulares: - Jubilados y pensionados que alquilan la vivienda, siempre que el contrato establezca expresamente que el inquilino es responsable del pago del ABL. - Personas que residan en el inmueble bajo la figura legal de usufructo, siempre que cumplan con el resto de los requisitos. ¿Qué documentación se necesita para acceder al beneficio? Para iniciar el trámite, AGIP solicita presentar la siguiente documentación: - DNI - Último recibo de cobro de jubilación o pensión. - Escritura o título de propiedad del inmueble. - Contrato de alquiler vigente, en caso de que el solicitante sea inquilino responsable del impuesto. - Escritura que acredite el usufructo, si corresponde. - Formulario de solicitud de exención, disponible en el sitio web oficial de AGIP. Clic acá para acceder. Paso a paso, cómo realizar el trámite de exención del ABL El trámite puede realizarse de forma online siguiendo estos pasos: - Ingresar al sitio oficial de AGIP. - Buscar la sección de "Sistema de Tickets" o ingresar con Clave MiBA. - Seleccionar el trámite: "Inmobiliario/ABL - Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados". - Cargar la documentación escaneada (en formato PDF o fotos legibles). Recibirás un correo electrónico de validación. Tenés 72 horas para hacer clic en el enlace de confirmación; de lo contrario, el trámite se anulará. También existe la opción de hacerlo de manera presencial en la sede central de AGIP o en las oficinas comunales de la Ciudad de Buenos Aires. Clic acá para ver el listado completo. En este caso, es obligatorio solicitar turno. La exención del ABL es un alivio importante para jubilados y pensionados, porque les permite dejar de pagar un impuesto fijo todos los meses y así contar con más dinero disponible para sus gastos cotidianos. Para recordar: el beneficio tiene vigencia mientras se mantengan las condiciones. Si tus ingresos superan el tope o adquirís otro inmueble, debés informar el cese del beneficio para evitar multas LN Newsletter Clarín
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