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» Clarin
Fecha: 06/01/2026 11:35
El 2026 recién ha comenzado y con cuestiones impositivas que tienen impacto significativo tanto en individuos como en empresas. Conocerlas a tiempo permitirá una adecuada planificación y, en algunos casos, anticipar el impacto financiero que cada una de ellas podrá generar. A continuación, un repaso de los principales puntos a considerar: - Retiro de dólares blanqueados libres de impuesto Desde el 1° de enero, todos los fondos depositados en cuentas CERA producto del blanqueo pueden ser retirados sin sufrir retención alguna, independientemente del monto regularizado. Hasta el 31 de diciembre, quienes habían exteriorizado más de US$ 100.000 quedaban alcanzados por una retención del 5% en cada extracción o transferencia que realizaran. La liberación de estos fondos permitirá que los sujetos que adhirieron al régimen de regularización puedan disponer libremente del dinero sin enfrentarse a un peaje de salida, ya sea para la adquisición de bienes, consumo, o incluso para su atesoramiento debajo del colchón. - AGIP devuelve hasta $ 15 millones de saldo a favor con un trámite exprés Desde 2024 la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) porteña estableció un procedimiento simplificado de devolución de saldos a favor en el impuesto sobre los ingresos brutos para evitar que queden inmovilizadas sumas de dinero provenientes de retenciones y percepciones en exceso. A partir del 1° de enero, se eleva hasta $ 15 millones el monto máximo para solicitar la devolución. Se trata de un procedimiento rápido y sencillo, que devuelve liquidez a los contribuyentes, por montos sufridos en forma excesiva. Poder iniciar la solicitud cuando se detecte la acumulación de saldos representa un alivio financiero de vital importancia. Si bien no es un mecanismo nuevo, la actualización del umbral hasta el cual se puede pedir la devolución cobra sentido al considerarse un valor de significatividad. - ARCA habilita carga para solicitar devolución de percepciones de 2025 Ya se encuentra habilitado el procedimiento en ARCA para que individuos puedan solicitar la devolución de percepciones sufridas durante 2025 por compra de moneda extranjera y por consumos vinculados a viajes y servicios en el exterior. Realizar el trámite de devolución tan pronto sea posible ubicará a la solicitud entre las primeras presentadas, de modo que, una vez efectuados los controles de validación y aprobación, el organismo reintegre al sujeto los montos percibidos. - Monotributo unificado: AGIP se incorpora al régimen unificado A partir del 1° de enero, AGIP se suma al listado de jurisdicciones que comparten el monotributo unificado nacional. Esto implica que los pequeños contribuyentes adheridos al régimen simplificado de ingresos brutos en la Ciudad de Buenos Aires que pagaban bimestralmente el tributo, podrán cumplir en un solo pago mensual tanto el componente nacional como el provincial. Dicho componente nacional, ya incluía el aporte previsional y la obra social en caso de corresponder. La unificación apunta a simplificar el cumplimiento y reducir la cantidad de trámites y vencimientos. De todas formas, es fundamental verificar la correcta categorización y el encuadre en Ingresos Brutos. - Recategorización de monotributo: un paso clave de enero Enero es también el mes de la recategorización de monotributo. Los pequeños contribuyentes deben, dos veces por año, analizar si se encuentran correctamente encuadrados y confirmar la categoría que les corresponderá durante el próximo semestre. Una vez que el INDEC dé a conocer la inflación de diciembre, ARCA actualizará las tablas vigentes para permitir el correcto encuadre. En un contexto inflacionario, este control cobra gran importancia, ya que muchos contribuyentes esperan la actualización de los topes de cada categoría para no exceder los límites y más aún, permanecer en el régimen. - Controladores fiscales: menos reportes, menos carga administrativa Finalmente, desde enero de 2026 entra en vigencia una modificación operativa importante para quienes utilizan controladores fiscales. A partir de la RG 5801/2025 de ARCA, se eliminan los reportes semanales y el régimen pasa a requerir únicamente reportes mensuales. Este cambio reduce de manera concreta la carga administrativa y los costos operativos asociados al cumplimiento, especialmente para pequeños comercios. Si bien no impacta en la obligación de utilizar el controlador fiscal cuando corresponde, sí simplifica notablemente la gestión cotidiana. *Noelia Girardi, Gerente de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich Sobre la firma Mirá también Newsletter Clarín
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