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  • Los contribuyentes de CABA podrán pedir la devolución de hasta $15 millones por saldos a favor de Ingresos Brutos

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 02/01/2026 16:03

    La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) informó este viernes una actualización del procedimiento de devolución exprés de Saldos a Favor (SAF) originados en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La modificación principal consistió en la elevación del monto máximo habilitado para solicitar el reintegro, que pasó de $2 millones a $15 millones. A partir de este cambio, un universo más amplio de contribuyentes accede a este mecanismo. El esquema de devolución exprés funciona bajo un formato 100% online y autogestivo, disponible a través del portal de la Cuenta Corriente Tributaria. El procedimiento contempló la aprobación en línea de las solicitudes y la acreditación de los fondos en hasta 96 horas hábiles, siempre que el saldo a favor no supere el tope de $15 millones establecido por la administración. Desde AGIP detallaron que el proceso apunta a agilizar la recuperación de créditos fiscales generados en el impuesto local, bajo una modalidad automática que realiza controles en tiempo real. La operatoria se orientó a contribuyentes que cumplan una serie de condiciones formales y fiscales, definidas como requisitos excluyentes para acceder al beneficio. Entre los cambios implementados, el organismo destacó la eliminación de instancias presenciales y la centralización del trámite en un único canal digital. El contribuyente gestiona todo el procedimiento desde su cuenta, sin intermediarios, y visualiza en línea el resultado de las validaciones que realiza el sistema. La aprobación se concreta de manera automática cuando se cumplen todos los parámetros exigidos. El mecanismo aplica exclusivamente a SAF iguales o menores a $15 millones. En esos casos, la plataforma procesa la solicitud y, de no detectarse inconsistencias, avanza con la acreditación en la cuenta bancaria informada por el solicitante. El depósito se efectúa en una cuenta en pesos, cuya titularidad debe corresponder al responsable del tributo o a su representante legal. Requisitos para acceder a la devolución Para acceder a la devolución exprés, los contribuyentes deben reunir una serie de requisitos específicos. - En primer lugar, el saldo a favor debe ubicarse dentro del límite fijado por la normativa. - Además, resulta obligatorio haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sin omisiones ni presentaciones pendientes. - El esquema también excluye a quienes registren deuda judicial, así como a aquellos que mantengan deuda como Agente de Recaudación, incluidas las multas. - Otro de los puntos centrales refiere a la situación legal y fiscal del solicitante: no debe revestir el carácter de concursado o fallido, ni contar con un cargo de fiscalización abierto al momento de iniciar el trámite. - Tampoco pueden acceder quienes se encuentren adheridos a planes de facilidades de pago vigentes, ni quienes estén inscriptos en Distritos Económicos o en Regímenes de Promoción Económica actualmente en curso. - A esto se suma la restricción temporal para quienes obtuvieron una devolución SAF en los últimos 90 días, ya que el sistema bloquea nuevas solicitudes dentro de ese plazo. - Otro requisito relevante consiste en no registrar deuda administrativa correspondiente a impuestos recaudados por AGIP. La verificación de esta condición se realiza de manera automática durante el proceso. El sistema cruza la información disponible y define, en línea, si el contribuyente se encuentra habilitado para continuar con la solicitud. Si bien la devolución exprés opera bajo un esquema automático, la normativa aclaró que la administración puede realizar controles posteriores. Estos controles apuntan a verificar la consistencia del saldo declarado y la correcta aplicación del procedimiento, incluso luego de efectuada la acreditación. Paso a paso para iniciar el trámite El paso a paso para iniciar el trámite se realiza íntegramente desde el entorno digital de AGIP. - El primer paso consiste en ingresar con el usuario de cuenta miBA y seleccionar el servicio Cuenta Corriente Tributaria. - Una vez dentro, el contribuyente debe acceder al menú Operaciones y elegir la opción Devolución SAF. El acceso también se encuentra disponible desde el dashboard principal del sistema. - Luego de seleccionar la opción correspondiente, la plataforma ejecuta en línea los controles de requisitos. En esta instancia, el sistema valida la situación fiscal del contribuyente, la existencia del saldo a favor y el cumplimiento de todas las condiciones exigidas. Si detecta inconsistencias, las detalla de forma explícita para que puedan ser corregidas. - Ante la presencia de observaciones, el contribuyente cuenta con la posibilidad de subsanarlas y volver a generar la solicitud. En paralelo, AGIP mantuvo habilitado el trámite regular vía TAD (Trámite a Distancia) para aquellos casos que no encuadren dentro del esquema exprés. - Una vez superados los controles, el sistema permite visualizar el detalle del saldo disponible para devolución. En ese punto, el solicitante debe completar los datos de la CBU de una cuenta en pesos. La validación de la cuenta se realiza en línea y confirma que el titular sea el responsable del tributo o su representante legal. - El siguiente paso consiste en revisar la compensación informada por el sistema. Tras verificar que los datos sean correctos, el contribuyente confirma la operación. Con la confirmación, el sistema genera automáticamente un comprobante del trámite, que queda disponible para su descarga. El procedimiento digital se integró como una herramienta dentro de la Cuenta Corriente Tributaria, con el objetivo de centralizar la gestión de saldos, pagos y devoluciones en un mismo entorno. La ampliación del monto máximo a $15 millones extendió el alcance de este canal y permitió que más contribuyentes utilicen la modalidad exprés para recuperar créditos generados en el impuesto local.

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