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Fecha: 29/12/2025 17:04
En consecuencia, ordenó cesar de manera inmediata los movimientos de suelo y desmonte en el área propiedad de los accionados, en el en el barrio Perucho Verne de San José, territorio que se encuentra protegido por la ley provincial N° 11.011, que crea el Área Natural Protegida, en la categoría de Reserva de Usos Múltiples. Además dispuso cumplimentar un plan de recuperación de la cobertura vegetal en el lugar con especies nativas. La magistrada declaró responsables del daño ambiental ocasionado al bosque nativo ubicado en el área protegida objeto del este amparo a Francisco Rossier y Milagros Belén Rossier, en su carácter de ejecutor y propietaria del predio, así como a la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos como ente de contralor. En su sentencia, la jueza exhortó a Francisco Rossier, Milagros Belén Rossier y al gobierno provincial a llevar a cabo medidas tendientes al reacomodamiento y estabilización del suelo; recuperación de la cobertura vegetal con especies nativas y protección del humedal, en un plazo aproximado para la estabilización inicial del área de 12 a 24 meses. Además, ordenó que la recuperación estructural de los estratos arbóreo y arbustivo nativos no deberá ser inferior a 100 plantines de especies forestales nativas distribuidas según las especies que se mencionan en este fallo. Por último, determinó que el control del plan de recuperación de la cobertura vegetal quede a cargo del gobierno, a través de la Secretaría de Ambiente, en su rol de autoridad de aplicación.
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