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» Diario Norte
Fecha: 29/12/2025 10:43
La ley de modernización laboral es un ambicioso proyecto que redefine las normas y condiciones del trabajo argentino. En un somero análisis podemos inferir que: a) Crea nuevas regulaciones en ámbitos hasta ahora sin legislación, como las plataformas tecnológicas de trabajo. b) Limita severamente derechos laborales de trabajadores actualmente registrados, se reescriben los conceptos de vacaciones, jornada laboral, indemnización por despido, huelga, etc. c) Impositivamente recorta contribuciones al sistema de seguridad social, potenciando su desfinanciamiento y a la masa coparticipable de impuestos, que obligará a nuevos ajustes en las provincias, agravando, su complicada situación fiscal. d) También genera cambios profundos en competencias judiciales. La Justicia Nacional del Trabajo transferirá su competencia a la justicia del trabajo de CABA, una justicia moldeada por el macrismo, y obviamente propatronal. e) Se suspende la ultraactividad de los convenios colectivos y f) se limita el accionar de asociaciones sindicales en su capacidad de convocar a Asambleas y realizar bloqueos entre otras cuestiones. g) Se implementará el FAL (Fondo de Asistencia Laboral) un sistema nuevo de indemnizaciones por despidos. h) Se genera un régimen de incentivo a la formalización laboral; i) y otro para regularizar relaciones laborales no registradas, una suerte de blanqueo laboral, sin multas, deudas, ni sanciones penales para la patronal. En este marco restrictivo de derechos laborales, al final del proyecto de ley, en su artículo 194, se establece una serie de derogaciones normativas entre las que se destaca la Ley 12.908, Estatuto del Periodista, Ley 27555, de Teletrabajo, Ley 14546 Estatuto del Viajante de Comercio, Ley 12867 Régimen de trabajo para Choferes Particulares, Ley 20657 Actividad Comercial de los Supermercados, por citar algunas. Estas derogaciones significan que miles de trabajadores perderán derechos específicos, propios de sus actividades, logrados a través de luchas y negociaciones históricas, y pasarán a regirse exclusivamente por el Régimen General de la Ley de Contrato de Trabajo. La ley que consagra el Estatuto del Periodista Profesional fue sancionada en la década del 1940, durante la primera presidencia de Juan Domingo Perón. Una ley con casi 80 años de vigencia, garantizando no solo derechos para el sector, sino que también ayudó a preservar la independencia profesional de miles de periodistas, al combatir la precariedad laboral, preservar la confidencialidad de sus fuentes y un régimen indemnizatorio particular por cese de la relación laboral. La derogación de esta ley no solo afecta a periodistas profesionales, sino a la democracia misma, que requiere de periodistas independientes que garanticen calidad democrática. En un reciente comunicado, FOPEA (el Foro del Periodismo Argentino) advirtió que el deterioro de las condiciones de trabajo de los periodistas no es solo un problema sectorial, sino "un obstáculo directo a la libertad de expresión" y para el derecho ciudadano a recibir información de calidad, "la degradación del trabajo periodístico afecta el interés público", manifestaron. Bajo una fachada de falsa igualdad, entre profesionales periodistas y empresas de medios, el gobierno libertario, atenta directamente contra la libertad de prensa, al precarizar el trabajo periodístico. También llama la atención que a una ley que se propone regular el trabajo, se incorporen leyes impositivas que derogan impuestos y afectan particularmente el trabajo de artistas y comunicadores, se derogan los artículos 22 y 23 de la ley 17741, que fomenta la actividad y producción cinematográfica local, vaciando de recursos al Fondo de Fomento Cinematográfico, que financian los espectadores al abonar un impuesto del 10% de cada entrada al cine. El INCAA y el Instituto Nacional del Teatro perderán autarquía y quedarán sin financiamiento. En realidad, van a legalizar una situación que, de hecho, se da. Bajo administración libertaria, la producción de películas argentinas bajó de 80 el año pasado a solo 13 durante el transcurso de 2025. La derogación de artículos de la ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual, deja sin financiamiento a la radio y la televisión pública, y al Fomeca (Fomento concursable para medios de Comunicación Audiovisual) del que se nutren radios alternativas, como ser rurales, de frontera, universitarias e indígenas, un amplio abanico comunicacional que está fuera del mercado y garantiza la pluralidad de voces. El ataque libertario, al periodismo, al arte, y a la comunicación audiovisual, surge al final de una ley que modificará sustancialmente las relaciones entre capital y trabajo, evitando así un debate específico, sobre estas cuestiones. La mala fe y la improcedencia de este tratamiento legislativo no requieren de mayor explicación. (Exdiputado nacional por la Provincia del Chaco)
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