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» Elterritorio
Fecha: 28/12/2025 02:53
Cuatro años de prisión tras fallido intento de despacho de marihuana en Eldorado A poco más de un año de su detención, Fernando Daniel Villalba (21) aceptó su responsabilidad penal en un juicio abreviado y fue condenado por el Tribunal Federal de Posadas a la pena de cuatro años de prisión y multa de $4.050.000, al ser hallado autor penalmente responsable de los delitos de transporte de estupefacientes y resistencia a la autoridad, en concurso real. La sentencia fue dictada en el marco de la causa 4172/2024, mediante el procedimiento previsto en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, luego de que el imputado prestara conformidad expresa con los hechos, la calificación legal y la pena acordada entre las partes. Villalba, oriundo de la ciudad de Eldorado y sin antecedentes penales, fue detenido el 30 de agosto de 2024 por la tarde, cuando intentó despachar como encomienda dos cajas que contenían marihuana. Al advertir la presencia de uniformados de Prefectura Naval, abandonó los paquetes y se dio a la fuga a pie, siendo alcanzado a unos 100 metros, momento en el que opuso resistencia física antes de ser reducido. De acuerdo con lo acreditado en la causa, dentro de las cajas se hallaron 6,875 kilogramos de cannabis sativa, extremo que fue confirmado mediante pericia química oficial. El tribunal sostuvo que la cantidad y características de la droga descartaban cualquier hipótesis de tenencia para consumo personal, destacando además el dominio funcional del hecho por parte del condenado. En su resolución, el juez señaló que "basta para la consumación del delito de transporte de estupefacientes que el sujeto haya intervenido en el traslado del material estupefaciente de un lugar a otro", aun cuando el recorrido haya sido breve. Asimismo, consideró acreditada la resistencia a la autoridad por la huida y el forcejeo con los efectivos actuantes. Al fundamentar la pena, el fallo ponderó como agravantes la maniobra desplegada para el traslado de la droga, la afectación a la salud pública y a la administración pública, y la resistencia a las órdenes impartidas por la autoridad. Como atenuantes, se valoró la ausencia de antecedentes penales y la decisión de someterse al procedimiento abreviado, lo que permitió una resolución más rápida del proceso. La sentencia también dejó constancia de que, tras los exámenes médicos y psicológicos practicados, no se detectaron alteraciones que afectaran la capacidad de Villalba para comprender la criminalidad de sus actos. En ese sentido, el tribunal afirmó que el condenado "tiene conciencia de la significación social de los mismos y es capaz de dirigir sus acciones". Cabe mencionar que Villalba no actuó solo, sino que con un cómplice que se dio a la fuga en un coche y nunca fue identificado. Intervinieron en el proceso el juez de Cámara Juan Manuel Iglesias, quien actuó de manera unipersonal, el fiscal general interino Pablo Ricardo Di Loreto y el defensor público coadyuvante Mariano Romero. Una vez que el fallo quede firme, se procederá al cómputo de la pena y a la remisión de los elementos secuestrados a la justicia federal de primera instancia para las actuaciones complementarias correspondientes.
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