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» Diario Pampa
Fecha: 27/12/2025 10:30
Escuchá esta nota EL DIARIO digital El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa rechazó el último recurso presentado por Juan Ramón Cabral y Roberto Carlos Cabral, quienes habían demandado al Estado provincial por daños y perjuicios tras haber sido detenidos, acusados de abigeato agravado y posteriormente sobreseídos en una causa penal. Con este fallo, el máximo tribunal pampeano dejó firme el rechazo de la indemnización que reclamaban por la privación de la libertad que sufrieron durante la investigación. La decisión fue adoptada por la Sala A, integrada por la jueza María Verónica Campo y el juez José Roberto Sappa, quienes declararon inadmisible el recurso extraordinario provincial contra la sentencia de la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial. La acusación: abigeato agravado y prisión preventiva La demanda civil tuvo su origen en una investigación penal iniciada el 30 de junio de 2016, cuando el jefe de la División Seguridad Rural elevó un informe al Ministerio Público Fiscal de la IV Circunscripción Judicial. Ese reporte, según surge del expediente, se basó en datos de una fuente anónima del ambiente delictivo y señalaba la existencia de hacienda de dudosa procedencia vinculada a Juan Ramón Cabral, sargento primero y entonces encargado del Destacamento de Carro Quemado, con la supuesta colaboración de su hermano Roberto Carlos Cabral, también integrante de la Policía de La Pampa. A partir de ese informe se dispusieron intervenciones telefónicas, que luego fueron prorrogadas, pero que no arrojaron resultados comprometedores. También se tomaron declaraciones testimoniales que, en un primer momento, no confirmaron la hipótesis delictiva. Más tarde apareció un testigo del denominado "ambiente delictivo" que involucró a los Cabral, aunque con el avance de la causa esa declaración quedó desacreditada. Pese a la falta de pruebas concluyentes, el Ministerio Público Fiscal solicitó detenciones y allanamientos en el destacamento de Carro Quemado, en el puesto caminero El Durazno y en distintos predios rurales. Los procedimientos, autorizados por el Juzgado de Control, resultaron negativos. Sin embargo, en una camioneta utilizada por Juan Ramón Cabral guardada en un garaje contiguo se hallaron armas con numeración limada, lo que dio origen a una causa paralela por tenencia ilegal de armas. Ese allanamiento y la causa derivada fueron luego declarados nulos. Sobreseimiento y reclamo al Estado En la causa principal, los Cabral fueron formalmente imputados por abigeato agravado, acusados de la sustracción y comercialización de 98 animales pertenecientes al productor Arturo Ospital, que habrían sido vendidos a Nicolás Pino. También se dispuso su prisión preventiva, aunque más adelante el propio Ospital no reconoció como suya la hacienda que se decía sustraída. Con el avance de la investigación, se abrieron dispositivos digitales secuestrados, pero tampoco surgieron elementos incriminantes. Finalmente, el 16 de febrero de 2017, Juan Ramón Cabral recuperó la libertad y la causa penal concluyó con nulidades y sobreseimientos, según destacaron los propios actores en su demanda. Sobre esa base, el 1 de junio de 2020, Juan Ramón y Roberto Carlos Cabral iniciaron una acción civil contra la Provincia de La Pampa, al sostener que habían sido víctimas de una investigación irregular, con detención y prisión preventiva ilegales, lo que les ocasionó daños personales, familiares y profesionales. El STJ no habilitó la indemnización Tanto el juzgado de primera instancia como la Cámara de Apelaciones rechazaron el reclamo indemnizatorio. Frente a ello, los demandantes recurrieron al STJ, pero el máximo tribunal no trató el fondo del planteo y consideró que el recurso extraordinario no cumplía con las exigencias técnicas que establece el Código Procesal. Además, descartó que la sentencia de Cámara fuera inválida por falta de mayoría entre los jueces y concluyó que la presentación se limitó a reiterar argumentos ya rechazados en instancias anteriores. De este modo, el STJ le cerró el camino a la demanda por daños y perjuicios iniciada por los dos policías, dejando firme la decisión que negó cualquier indemnización, aun cuando ambos habían sido detenidos y luego sobreseídos en la causa penal.
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