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  • Ley de Inocencia Fiscal, aprobada: ¿Qué cambia para los contribuyentes?

    » Data Chaco

    Fecha: 27/12/2025 10:23

    El Senado de la Nación, en sesión extraordinaria,aprobó anoche el Presupuesto 2026 y la Ley de Principio de Inocencia Fiscal, una iniciativa que apunta a redefinir la relación entre el fisco y los contribuyentes. Con 43 votos afirmativos y 26 negativos, la Cámara Alta le dio sanción a la iniciativa que introduce modificaciones en el régimen penal tributario, crea un nuevo esquema para el pago del Impuesto a las Ganancias y sube el umbral de montos a partir del cual se configura la evasión impositiva, que habilita sanciones por parte de ARCA. La norma prioriza los casos de evasión relevante y despenaliza montos menores que hoy saturan el fuero penal tributario. También busca facilitar el cumplimiento voluntario y promover el blanqueo de ahorros en dólares hacia el circuito formal, sin penalidades, mediante incentivos y reglas más claras. Se estructura en dos grandes bloques: por un lado, la reformulación del régimen fiscal general y, por el otro, la creación de un Régimen Simplificado para el Impuesto a las Ganancias que apunta especialmente a personas humanas y sucesiones indivisas, excluyendo a grandes contribuyentes. Suba de umbrales y foco en la evasión relevante Uno de los ejes centrales es la actualización de los montos que configuran delitos tributarios. Los valores vigentes habían quedado totalmente desfasados por inflación y cambios económicos. Con la nueva escala, el Estado concentra la persecución penal en maniobras de verdadera envergadura. Entre los cambios más relevantes: - Artículo 1°: pasa de $1.500.000 a $100.000.000. - Artículo 2°, inciso a: de $15.000.000 a $1.000.000.000. - Artículo 5°: de $100.000 a $10.000.000. Además, se prevé la extinción de la acción penal si el contribuyente cancela la deuda e intereses antes de la denuncia. Si el proceso ya se inició, podrá cerrarse abonando el total adeudado más un 50% adicional dentro de los 30 días hábiles desde la imputación. Procedimientos fiscales: multas actualizadas y prescripción más corta También se reforman los Procedimientos Fiscales (Ley 11.683). Se actualizan las multas y valores de referencia, que quedaron muy desactualizados: - Artículo 38: de $200 a $220.000 y de $400 a $440.000. - Artículo 39: de $150 a $150.000 y de $2.500 a $2.500.000. Un punto sensible es la prescripción. Para contribuyentes inscriptos cumplidores y sin discrepancias significativas, el plazo baja de 10 a 5 años. Se define como discrepancia significativa, entre otros supuestos, una diferencia superior al 15% de lo declarado o los montos previstos en el Régimen Penal Tributario. Cambios en el Código Civil y Comercial La iniciativa también unifica criterios en materia de prescripción. Establece un plazo de cinco años para acciones civiles derivadas de delitos tributarios y alinea los tributos provinciales y municipales con el esquema de la Ley 11.683, buscando un sistema más coherente y menos litigioso. Además, se crea un Régimen Simplificado de Declaración Jurada para el Impuesto a las Ganancias dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. Quedan afuera los grandes contribuyentes nacionales. Para ingresar deberán cumplirse, entre otras, estas condiciones: - Ingresos totales de hasta $1.000.000.000. - Patrimonio total de hasta $10.000.000.000. La propuesta incluye también dos beneficios clave: Efecto liberatorio: si el contribuyente acepta la declaración sugerida por el organismo recaudador y paga en término, se considera cumplida la obligación. Presunción de exactitud: se presume válida la declaración, salvo discrepancias significativas, como omisión de ingresos, uso de facturas apócrifas o diferencias superiores al 15%.

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