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Fecha: 26/12/2025 15:10
Cuota alimentaria: cuando la Justicia obliga a los abuelos Un fallo en Rio Negro ordeno que un abuelo pague el 20% de su jubilacion por la cuota alimentaria ante el incumplimiento del padre. Un reciente fallo de la Justicia de Rio Negro volvio a poner en debate el alcance de la cuota alimentaria y la responsabilidad de los abuelos cuando los padres incumplen de manera reiterada. En una resolucion de fuerte impacto social, un tribunal ordeno que un abuelo paterno aporte el 20% de su jubilacion para garantizar el derecho alimentario de su nieto adolescente, ante la falta sostenida de pago por parte del padre. La decision se apoya en el principio de solidaridad familiar y en el interes superior de ninos, ninas y adolescentes, y consolida un criterio que gana peso en la jurisprudencia argentina. Que establece la ley sobre la obligacion alimentaria de los abuelos El Codigo Civil y Comercial de la Nacion establece en su articulo 668 que "los alimentos a los ascendientes pueden ser reclamados en el mismo proceso en que se demanda a los progenitores". La norma aclara que no alcanza con acreditar el parentesco, sino que debe probarse que existe una dificultad real para cobrar la cuota al progenitor obligado. En ese sentido, la obligacion de los abuelos es subsidiaria, no automatica. "La responsabilidad de los ascendientes se habilita solo cuando se acredita el incumplimiento total o parcial del padre o la madre", remarcan los criterios judiciales aplicados en este tipo de causas. Ademas, la ley permite reclamar la cuota alimentaria a padres y abuelos dentro de un mismo expediente, con el objetivo de evitar demoras que perjudiquen al menor. Diferencias entre la cuota de padres y la de abuelos La obligacion alimentaria de los padres es mas amplia. Segun el articulo 659 del Codigo Civil y Comercial, incluye manutencion, educacion, vestimenta, vivienda, salud, esparcimiento y formacion profesional. En cambio, la obligacion de los abuelos es mas limitada. Abarca lo necesario para la subsistencia, habitacion, vestuario y asistencia medica. Cuando el beneficiario es menor de edad, tambien se suma lo indispensable para la educacion. "Al fijar el monto, el juez debe considerar tanto las necesidades del nino como la capacidad economica del abuelo y su propia subsistencia", senalan especialistas en derecho de familia. El fallo de Rio Negro: 20% de la jubilacion para garantizar alimentos En el caso analizado por la Justicia rionegrina, la madre sostuvo durante 16 anos el cuidado y el sosten economico del adolescente, con una presencia paterna intermitente y aportes casi inexistentes. Ante el incumplimiento reiterado del padre, el tribunal ordeno que el abuelo paterno aporte el 20% de su haber jubilatorio, con retencion directa desde el organismo previsional. La jueza aclaro que "la medida tiene caracter subsidiario y se mantendra vigente hasta que el progenitor regularice el pago de la cuota alimentaria". Tambien ordeno calcular la deuda acumulada y dejo a salvo el derecho de la madre a continuar reclamando judicialmente lo adeudado. Incumplimiento de la cuota alimentaria: una problematica extendida El incumplimiento de la cuota alimentaria es una situacion frecuente en Argentina. Segun datos de UNICEF, el 68% de las madres no recibe la cuota de manera regular y mas de la mitad no recibe ningun aporte. Entre las principales causas aparecen los conflictos familiares y la falta de ingresos formales, aunque especialistas advierten que se trata de una forma de violencia economica que impacta directamente en la vida cotidiana de ninos y adolescentes. Desde organizaciones como ELA senalan que la falta de pago de la cuota alimentaria suele estar asociada a otros tipos de violencia y vulneracion de derechos.(IProfesional)
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