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  • Calendario de feriados 2026: oficializaron los dias no laborables

    » Diario de Cuyo

    Fecha: 26/12/2025 10:50

    Para este 2026 se espera casi un fin de semana largo por mes, luego del decreto de hoy del Gobierno nacional para formalizar la incorporacion de tres nuevos feriados no laborables con fines turisticos, destinados a extender los fines de semana y dinamizar el turismo interno. La principal justificacion de la medida, segun la Resolucion 164/2025 publicada en el Boletin Oficial, es impulsar la economia en sectores como la hoteleria, la gastronomia y el transporte, ademas de facilitar la organizacion de actividades familiares y comerciales a lo largo de todo el pais. A excepcion de los meses de enero y septiembre, los demas tendran un fin de semana mas extenso de lo habitual. Solo mayo y diciembre contara con dos findes XL, sumando en total 12 fin de semanas largos. Todos los feriados y dias no laborables del 2026, mes a mesEnero - Jueves 1: Ano Nuevo (feriado inamovible). Febrero - Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles). Marzo - Lunes 23: Dia no laborable con fines turisticos. - Martes 24: Dia Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible). Abril - Jueves 2: Dia del Veterano y de los Caidos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) que, al mismo tiempo, coincidira con el Jueves Santo (dia no laborable). - Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible). Mayo - Viernes 1: Dia del Trabajador (feriado inamovible). - Lunes 25: Dia de la Revolucion de Mayo (feriado inamovible). Junio - Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Don Martin Miguel de Guemes (la fecha se conmemora el 17, pero se trata de un feriado trasladable) - Sabado 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible). Julio - Jueves 9: Dia de la Independencia (feriado inamovible). - Viernes 10: dia no laborable con fines turisticos. Agosto - Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General Don Jose de San Martin (feriado trasladable, este ano no se modificaria la fecha). Octubre - Lunes 12: Dia del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, tambien permaneceria sin modificaciones como el 17 de agosto). Noviembre - Lunes 23: Dia de la Soberania Nacional (la fecha original seria el viernes 20 de noviembre, pero las autoridades confirmaron el traspaso para que haya un fin de semana largo). Diciembre - Lunes 7: Dia no laborable con fines turisticos. - Martes 8: Dia de la Inmaculada Concepcion de Maria (feriado inamovible). - Viernes 25: Navidad (feriado inamovible). Cuantos fines de semana largos habra y cuales son? - Del 14 al 17 de febrero: Carnaval (feriados inamovibles). 4 dias de descanso por Carnaval. - Del 21 al 24 de marzo: Dia Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible). - Del 2 al 5 de abril: Dia del Veterano y de los Caidos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) que coincidira con el Jueves Santo y Viernes Santo. - Del 1 al 3 de mayo: 3 dias de descanso por el Dia del Trabajador (viernes) - Del 23 al 25 de mayo: 3 dias de descanso por el Dia de la Revolucion de Mayo (lunes 25) - Del 13 al 15 de junio: 3 dias de descanso por el Paso a la Inmortalidad del General Don Martin Miguel de Guemes (la fecha se conmemora el 17, pero se pasa al 15 por ser un feriado trasladable) - Del 9 al 12 de julio: 4 dias de descanso por el Dia de la Independencia (jueves 9) y el viernes 10, dia no laborable con fines turisticos - Del 15 al 17 de agosto: 3 dias de descanso por el Paso a la Inmortalidad del General Don Jose de San Martin (lunes 17). - Del 10 al 12 de octubre: 3 dias de descanso por el Dia del Respeto a la Diversidad Cultural (lunes 12) - Del 21 al 23 de noviembre: 3 dias de descanso por el Dia de la Soberania Nacional (la fecha original era el viernes 20 pero se traspaso al lunes 23) - Del 5 al 8 de diciembre: El lunes 7 es dia no laborable y el martes 8, Dia de la Inmaculada Concepcion de Maria (feriado inamovible). - Del 25 al 27 de diciembre: 3 dias de descanso por Navidad (viernes 25) Cuales seran los dias no laborables con fines turisticos? El Gobierno decreto como dias no laborables con fines turisticos de 2026 el lunes 23 de marzo, -que antecede al Dia Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia-, el viernes 10 de julio -fecha posterior al Dia de la Independencia- y el lunes 7 de diciembre, en la antesala del Dia de la Inmaculada Concepcion de Maria. La disposicion, que comienza a regir desde manana, se suma a los feriados ya previstos en el articulo 7 de la Ley N 27.399, normativa que regula los dias festivos nacionales. La diferencia entre feriado y dia no laborable La diferencia fundamental entre feriado y dia no laborable reside en la obligatoriedad y las condiciones laborales aplicables en cada caso. Mientras que el feriado puente constituye un dia de descanso nacional obligatorio, destinado a prolongar los fines de semana para estimular el turismo interno, el dia no laborable solo se implementa si el empleador asi lo decide. La Ley de Contrato de Trabajo establece que quienes trabajen en feriados puente deben percibir una remuneracion doble respecto a su jornada habitual, y en esos dias rigen las mismas normas legales que regulan el descanso dominical. Por el contrario, al tratarse de una decision opcional de la empresa, el dia no laborable no otorga a los empleados el derecho a un pago adicional por trabajar en esa fecha. Esta diferencia impacta en la remuneracion y el regimen laboral que deben aplicarse tanto a trabajadores como a companias en cada uno de estos supuestos.

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