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» Aire de Santa Fe
Fecha: 25/12/2025 20:28
Entre las sentencias hubo resoluciones con mucho impacto: desde la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad hasta una denuncia de Beatriz Slalomon por danos y perjuicios, pasando por el analisis de expedientes de dano ambiental, libertad de expresion, corrupcion y narcotrafico. En paralelo, avanzo en causas de alto impacto institucional, como los reclamos de las provincias contra el Estado Nacional por sus cajas previsionales, un proceso que tuvo uno de sus hitos en mayo, cuando Cordoba y la Nacion alcanzaron un acuerdo ante la Corte. Los fallos mas resonantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion en 2025 Causa Vialidad La Corte Suprema de Justicia dejo firme la condena a seis anos de prision para la ex presidenta Cristina Kirchner por el delito de administracion fraudulenta en perjuicio de la administracion publica en el marco de 51 licitaciones en la provincia de Santa Cruz. El maximo tribunal tambien dejo firme su absolucion por el delito de asociacion ilicita. Ademas, quedaron firmes las condenas y absoluciones del resto de los imputados en esa causa. En forma unanime, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti hicieron un voto conjunto en el que rechazaron cada uno de los argumentos que sostuvo la defensa para intentar revertir, en su recurso de queja, la condena en su contra. "Las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida valorada de conformidad con las reglas de la sana y en el Codigo Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decision apelada no constituya una derivacion razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantia constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley, sostuvieron. La Corte Suprema de Justicia de la Nacion puso punto final a los intentos del empresario Pablo Otero, llamado mediaticamente como el Senor del Tabaco, a sus reclamos contra la aplicacion de impuestos internos a los cigarrillos. El fallo declaro que esos impuestos eran validos constitucionalmente y que las normas cuestionadas tenian un fin impositivo-recaudatorio y extrafiscal, con fundamentos en la salud publica. Con esta decision, la Corte cerro los caminos del empresario y lo obligo a pagar al ARCA los millones de pesos que habia logrado evitar tributar durante anos amparo en medidas cautelares. Casino Flotante La Corte Suprema dejo sin efecto una cautelar clave que le permitio funcionar al Casino Flotante hasta ahora sin contrato vigente. Por unanimidad, el maximo tribunal revoco una medida cautelar que le permitio a Casinos de Buenos Aires SA, a cargo de la explotacion de los barcos casino Estrella de la Fortuna y Princess, funcionar mas alla de los plazos de la concesion vigente. En duros terminos sobre el tramite de la causa, ademas, insto a que la Camara en lo Contencioso Administrativo Federal remitiera al maximo tribunal el expediente principal para resolver sobre la cuestion de fondo: es decir, si el casino puede seguir o no funcionando en la Ciudad de Buenos Aires, donde -por un mandato de la Constitucion local- las salas de juego en manos privadas estan prohibidas. Ruta del dinero k La Corte Suprema de Justicia de la Nacion dejo firme la condena a diez anos de prision del empresario Lazaro Baez, junto a sus hijos varones, empresarios y allegados, en la causa conocida mediaticamente como ruta del dinero k, por haber armado una estructura juridica, bancaria y financiera para lavar mas de 55 millones de dolares entre 2010 y 2013 que provenian de facturacion ilegal, en el marco de un expediente que incluyo multas y decomisos sin precedentes y que cobro impulso en 2016 por las imagenes de varios de sus protagonistas contando plata en la cueva bautizada La Rosadita de Puerto Madero. Cuadernos Ademas de rechazar decenas de recursos en el marco de esa investigacion en donde se juzga a la expresidenta, sus ex funcionarios y decenas de empresarios acusados de pagar y cobrar sobornos por distintos negocios con el Estado, la Corte Suprema hizo lugar al pedido la Procuracion General de la Nacion y revoco el sobreseimiento que habia favorecido a Daniel Munoz, el fallecido ex secretario privado de Nestor Kirchner, y a su mujer, Carolina Pochetti, investigados por lavado de dinero. Aquel fallo fue dictado en 2015 por el entonces juez Luis Rodriguez y al ano siguiente, con el escandalo Panama Papers, se descubrio que Munoz tenian mas de una quincena de propiedades en el exterior y distintas inversiones. En la causa cuadernos, Pochetti declaro como arrepentida y revelo como se orquesto la compra de propiedades en el exterior. Tragedia de Once La Corte Suprema de Justicia dejo firme la condena a cuatro anos de prision del ex ministro de Planificacion Federal Julio De Vido por ser considerado participe necesario del delito de administracion fraudulenta en perjuicio de la administracion publica, en el marco de la tragedia que ocurrio en la estacion ferroviaria de Once el 22 de febrero de 2012 y provoco la muerte de 51 personas. Se rechazaron por inadmisibles los recursos del Ministerio Publico Fiscal y de la defensa de De Vido contra la sentencia que, por mayoria, le impuso la pena de 4 anos de prision e inhabilitacion especial perpetua, accesorias legales y costas. La Corte Suprema de Justicia ordeno elevar la indemnizacion para los padres de una nina que quedo con paralisis cerebral al momento del parto. Los jueces hicieron lugar al reclamo de los familiares de la menor, en concepto de dano moral y lucro cesante y revocaron la resolucion de la Camara Civil que habia bajado el monto. La sentencia no contiene una argumentacion que siquiera pretenda explicar cual seria la relacion que existiria entre las severas consecuencias negativas que sufre M., cuya profunda repercusion en el ambito espiritual resulta evidente de los hechos mismos. Dano moral La Corte dicto un fallo clave en favor de las herederas de la actriz Beatriz Salomon, quien denuncio que fue victima de una violacion a su intimidad luego de un informe periodistico que tenia como protagonista a su entonces marido. La resolucion fijo estandares para analizar como juegan entre si los derechos de libertad de expresion, el interes publico y el derecho a la intimidad. Las escenas sexuales del esposo de la actora exhibidas en la camara oculta resultaron ajenas a la actividad por la cual ella popular actriz adquirio notoriedad y carecian de interes general, por lo que constituyeron una intromision en su intimidad, sostuvo la sentencia. Libertad de expresion La Corte reafirmo el derecho a la libertad de expresion y rechazo una demanda por danos y perjuicios que se habia iniciado contra el programa de la conductora Mirtha Legrand por la cobertura que se hizo alli a raiz de una investigacion en curso por la desaparicion de una bebe recien nacida en una clinica de Mar del Plata. La decision se enmarco en la jurisprudencia del maximo tribunal. Siguiendo el dictamen de la Procuracion General, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti afirmaron que lo sucedido en el programa se enmarco en el legitimo interes social que ampara la libertad de expresion y justifica cierta intromision en la vida privada. Proteccion de informacion fiscal La Corte Suprema de Justicia rechazo la pretension de una asociacion civil que, en distintos expedientes, solicitaba datos a la ex AFIP (hoy ARCA) a traves de pedidos de acceso a la informacion. Para el maximo tribunal, los datos que se solicitaban violaban el secreto fiscal o excedian la informacion publica que podia suministrar el organismo. Se trata de tres fallos distintos que tiene un mismo impulsor, la Asociacion Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y que habian tenido acogida por la Camara en lo Contencioso Administrativo Federal, luego del respaldo de la Agencia de Acceso a la Informacion Publica (AAIP). Sin embargo, el maximo tribunal hizo lugar a las quejas y revoco las decisiones. La conveniencia o interes juridico en ampliar las excepciones al secreto fiscal constituyen un problema de politica legislativa que le incumbe resolver solo al Congreso Nacional, dijo. Prescripcion La Corte Suprema de Justicia sostuvo que, por mas aberrantes que sean, los abusos sexuales no pueden ser considerados crimenes de lesa humanidad y declaro asi prescriptas las acusaciones penales que un grupo de jovenes hizo, casi dos decadas despues, contra un sacerdote por haberlos abusado sexualmente cuando eran menores. Lo hizo en el caso de Jose Ilarraz, quien habia sido condenado a 25 anos de prision en 2018 y cumplia prision domiciliaria en la ciudad de Parana. El delito de abuso sexual de menores preve el lapso de 12 anos como limite maximo para la prescripcion e "Ilarraz ha sido sometido a proceso y condenado por hechos presuntamente ocurridos entre 1988 y 1992, es decir, mas de 19 anos antes de la presentacion de la denuncia penal y 31 anos antes del dictado de la presente sentencia. "Sin duda alguna, los delitos por los que se condeno a Ilarraz son aberrantes. Sin embargo, eso no basta para excluirlos del alcance de las reglas generales previstas por el legislador en el Codigo Penal para examinar la vigencia de la accion penal", se advirtio. Prisiones preventivas La Corte Suprema de Justicia insto a los tribunales inferiores a justificar las largas prisiones preventivas dispuestas en causas de lesa humanidad, al advertir que para la prolongar detenciones es necesario acreditar, mediante indicios concretos que existen peligro de fuga o riesgo de entorpecimiento en la investigacion para disponer encierros provisorios. Por mas aberrantes que sean los hechos juzgados, un Estado de Derecho no puede trasgredir las garantias del debido proceso sin degradarse a si mismo en ese acto, sostuvo. La limitacion de la libertad personal durante el proceso sin motivacion suficiente o motivada unicamente en el reproche de ciertas conductas, por mas aberrantes que puedan ser -como el caso de los delitos de lesa humanidad que, justo es recordarlo, esta Corte ha sentenciado y confirmado condenas en numerosas oportunidades-, desvirtua la naturaleza cautelar de la prision preventiva y la convierte en una verdadera pena anticipada Defensor del Pueblo La Corte volvio a exigir al Congreso Nacional que nombre un Defensor del Pueblo, cargo vacante desde hace mas de 15 anos, y exhorto a legislar sobre los procesos colectivos. Fue al cerrar la demanda que se habia impulsado contra el Estado Nacional para que se hiciera extensivo, a traves de un amparo colectivo, los alcances del llamado caso Badaro a todo el colectivo de jubilados y pensionados que estaban en esa misma situacion. Segun se senalo, en el largo tramite que insumio la demanda no solo se habian establecido pautas en la Corte sobre los procesos colectivos, sino que ademas una ley habia intentado dar respuesta a los jubilados en sintonia con el fallo Badaro, por lo que no solo el amparo no resultaba la via admisible, sino que ademas ya no estaba claro cual era el alcance del grupo afectado y era imposible consultarlo al demandante porque la Defensoria esta vacia desde 2009. Jubilados La Corte Suprema de Justicia de la Nacion revoco una sentencia de la Camara Federal de Seguridad Social y confirmo la constitucionalidad de la reforma previsional impulsada por el gobierno de Mauricio Macri a fines de 2017. El planteo habia sido impulsado por el abogado Miguel Fernandez Pastor, quien sostenia que el cambio de formula ocasiono una perdida economica para los beneficiarios. La Corte ratifico que la Constitucion Nacional garantiza la movilidad de jubilaciones y pensiones, pero aclaro que no preconiza un unico sistema para hacer efectiva, sino que deja a los legisladores la prudencia para resolver cual es el mejor metodo. Levinas II La Corte Suprema volvio a ratificar su criterio en el marco de la causa Levinas, en donde se sostuvo que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires (TSJ CABA) es el "superior tribunal de la causa" para los procesos que tramitan ante la justicia nacional ordinaria con asiento en la Ciudad de Buenos Aires. Al igual que en el fallo dictado en diciembre pasado, antes de la jubilacion de Juan Carlos Maqueda, la Corte no hizo ninguna alusion al traspaso de la Justicia Nacional al ambito de la orbita portena, como en algunos circulos se interpreto, sino que, siguiendo los lineamientos de decisiones anteriores, no reafirmo la autonomia de la Ciudad de Buenos Aires como entidad federada, reconociendo su capacidad para tener un propio poder judicial y un tribunal superior. Alli se subrayo que, a partir de la reforma de la Constitucion Nacional de 1994, el superior tribunal de la causa al que se refiere el articulo 14 de la ley 48 para los procesos que tramitan ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad es el Superior Tribunal de Justica de esa ciudad. En esta oportunidad, el caso que llego a la Corte Suprema fue un conflicto en una causa civil en donde se discutia el planteo de los hijos de un hombre fallecido y la sucesion en cuestion. Dano ambiental La Corte condeno al Estado Nacional y a la provincia de Jujuy por contaminacion del Parque Nacional Calilegua. La continuacion de la explotacion hidrocarburifera resulta manifiestamente ilegal, razon por la cual debe cesar, afirmo el fallo y anadio: hubo un claro incumplimiento de los deberes que la ley impone a quienes realicen actividades de explotacion de hidrocarburos. Ademas, dicto condenas contra el Estado Nacional, las provincias de Entre Rios y Santa Fe y Rosario Victoria por la quema de pastizales frente al Delta del Parana. Y rechazo una medida cautelar que motorizaba la Asociacion de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra YPF SA y un grupo de empresas por incidentes ambientales en la Cuenta Neuquina donde se encuentra instalada Vaca Muerta porque la agrupacion no demostro que danos concretos que deriven de la actividad hidrocarburifera para justificar la solicitud y ni siquiera pudo localizar con algun grado minimo de claridad los hechos contaminantes que invoca.
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