Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Contratos truchos: Casación da un nuevo revés a los imputados - Informe Digital

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 24/12/2025 10:50

    La Cámara de Casación Penal rechazó la impugnación extraordinaria presentada por los defensores de los imputados en la megacausa conocida como Contratos Truchos en la Legislatura. Esa investigación, que abarca el período 2008–2018, busca determinar cómo funcionó una presunta «organización» dedicada a desviar fondos públicos de la Legislatura mediante la confección de contratos laborales apócrifos. El 27 de noviembre pasado, Casación ya había reprochado una resolución de la camarista María Carolina Castagno y había declarado “mal concedidos” los recursos de casación. Los recursos impugnados habían sido promovidos por un grupo de defensores contra la resolución dictada por la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones N°1 de Paraná, María Carolina Castagno, de fecha 5 de septiembre de 2025. Entre los abogados que presentaron recursos que la Cámara consideró “mal concedidos” figuran Emilio y Germán Fouces (defensores de Sergio Esteban Cardoso, Jorge Fabián Lázaro y José Javier Schneider); Iván Vernengo y Damián Petenatti (defensores de Alfredo Bilbao); Tomás Vírgala (en representación de Roberto Ariel Faure); José Raúl Velázquez y Agustín Fontana (defensores de Flavia Marcela Beckman y Hugo Rubén Mena); Miguel Cullen (defensor de Gustavo Hernán Pérez, Alejandro Luis José Almada, Juan Pablo Aguilera, Hernán Javier Díaz, Marta Aurora Pérez, Maximiliano Degani y Pedro Eduardo Opromola, y codefensor de Jorge Enrique De Breuil); y el propio Jorge Enrique De Breuil con asistencia del defensor Pablo Hawlena Gianotti. Los planteos de las defensas abarcaban una variada batería de excepciones: exclusiones probatorias, nulidad del requerimiento de remisión a juicio, nulidad de la acusación, pedidos de subsanación de defectos de la acusación y solicitudes de sobreseimiento. Castagno había autorizado a las defensas a recurrir su decisión, pero Casación sostuvo que, por la etapa procesal en que se encuentra la causa y por la “expresa irrecurribilidad de lo resuelto por la Jueza de Garantías”, esos planteos no debieron llegar al Tribunal de Juicios y Apelaciones ni —menos aún— a la Cámara de Casación Penal. Contra esa decisión los defensores interpusieron la impugnación extraordinaria que ahora volvió a ser rechazada. El trámite En una extensa audiencia realizada el viernes 5 de septiembre en Tribunales —que comenzó a las 11 y terminó a las 17.13—, la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, María Carolina Castagno, hizo lugar a planteos relevantes de las defensas y modificó el curso de la audiencia de remisión a juicio, cuya tramitación quedó en pausa. Aunque Castagno no hizo lugar a la mayoría de los requerimientos defensistas, sí ordenó que la jueza de Garantías Marina Barbagelata resuelva en forma inmediata —y no lo postergue para la etapa de juicio oral— los pedidos defensivos relativos al cambio de calificación legal, así como los planteos vinculados con la prescripción y con la actuación de la Fiscalía de Estado como actor civil. Barbagelata había rechazado hasta entonces tratar esas cuestiones y había decidido postergarlas para el juicio; Castagno entendió que deben atenderse en la audiencia de remisión a juicio. Respecto del rol de la Fiscalía de Estado, hubo tres objeciones de las defensas: un defecto legal de proposición de la demanda (rechazado por Barbagelata y confirmado luego por Castagno); la falta de legitimación activa; y la prescripción. La discusión giró en torno a si las dos últimas cuestiones debían resolverse ahora o en el plenario del juicio oral; Barbagelata opinó por lo segundo y Castagno por resolverlas en la etapa de remisión a juicio. También deberá resolverse de inmediato el planteo sobre la calificación jurídica de los hechos: si se trata de un concurso real (10 hechos distintos entre 2008 y 2018) o de un delito continuado (un solo hecho). Esa diferencia incide directamente en la determinación de la pena, pues no es lo mismo imputar diez hechos de peculado que uno solo. Castagno remitió esa decisión a Barbagelata para su resolución en la audiencia de remisión a juicio. A comienzos de agosto, Castagno había revocado resoluciones adoptadas previamente por la jueza de Garantías Marina Electra Barbagelata, luego de que Barbagelata suspendiera la tramitación de la audiencia de remisión a juicio el 21 de julio al hacer lugar a recursos de queja interpuestos por las defensas; precisamente, esos planteos fueron acogidos por Castagno. Sobre la disposición que firmó Castagno, el texto señala: «Así las cosas, sin avanzar sobre el fondo de las distintas cuestiones planteadas, lo que es propio del recurso que pretenden las Defensas, al existir una relación directa e inmediata entre los agravios constitucionales y convencionales invocados por las defensas traídos a estudio, tales como la defensa en juicio y debido proceso, y los pronunciamientos impugnados, corresponde, declarar mal denegados los recursos de apelación interpuestos, debiendo la Señora Jueza de Garantías proceder a su concesión, observando el trámite correspondiente al recurso concedido». En esa misma línea, Castagno hizo lugar a los recursos de queja presentados por distintos defensores —entre ellos Emilio y Germán Fouces; Victoria Halle; Tomás Vírgala; Miguel Ángel Cullen; Iván Vernengo y Damián Petenatti— y ordenó que se concedan las apelaciones contra la resolución dictada por Barbagelata el 30 de junio en la audiencia de etapa intermedia, cuando rechazó pedidos de sobreseimiento y otras excepciones y diferimientos que ahora deben tratarse. Tramitación suspendida El 21 de julio, Barbagelata había habilitado la apelación de una serie de recursos planteados por las defensas y dispuso que, hasta que un tribunal de alzada resuelva esas impugnaciones, quedaría suspendida la tramitación del pedido fiscal de remisión a juicio oral y público. En la etapa intermedia, las defensas habían solicitado la exclusión de pruebas y testigos, pedidos que Barbagelata rechazó y respecto de los cuales las defensas apelaron con la expectativa de acudir al Tribunal de Juicios y Apelaciones; sin embargo, la magistrada había denegado cierta vía recursiva, todo lo cual motivó sucesivas revisiones. Pese a que Barbagelata mantuvo en varios puntos su criterio, en otras decisiones concedió recursos de apelación interpuestos por defensores —por ejemplo, en favor de Alfredo Bilbao, Flavia Beckman y Hugo Mena, Roberto Ariel Faure, y varios imputados representados por Miguel Cullen— y, a su vez, denegó otros recursos, entre ellos pedidos de sobreseimiento y objeciones sobre cambio de calificación. También estableció que la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial fije la continuidad de la audiencia una vez que el tribunal de alzada resuelva los recursos deducidos por las defensas contra lo resuelto el 9 y el 30 de junio de 2025. La investigación y su contexto El Ministerio Público Fiscal había pedido la remisión de la causa a juicio el 31 de mayo de 2021, con un requerimiento de 540 páginas en el que los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry dieron por concluida la investigación y propusieron llevar a juicio a 32 imputados. Entre ellos figuraban: Flavia Marcela Beckman; Hugo Rubén Mena; Esteban Ángel Scialocomo; María Victoria Álvarez; Alfredo Bilbao; Gustavo Hernán Pérez; Roberto Ariel Faure; Verónica Caíno; Ángel Rubén Ferreyra; Fernando Gastón Sarnaglia; María Jazmín Mena Giovenni; María Macarena Álvarez; Andrea Noemí Beatriz Demartin; Sergio Esteban Cardoso; Alejandro Luis José Almada; Juan Pablo Aguilera; Diego Martín Pagnoni; Mariano Speroni; Hernán Javier Díaz; Marta Aurora Pérez; Maximiliano Degani; Pedro Eduardo Opromolla; Guido Daniel Karpp; Renato Jesús Mansilla; Juan Domingo Orabona; Jorge Enrique De Breuil; Héctor Gustavo Falco; Jorge Fabián Lázaro; Nicolás Beber; Jorge Pablo Balladares; José Javier Schneider; y Viviana Giselle Mena Gioveni. Con el transcurso del proceso, 13 personas quedaron fuera del elenco original de 32 —y con el sobreseimiento dictado a Gustavo Falco la cifra se elevó a 14— por lo que, de los 32 iniciales, terminaron quedando 18 imputados; si se computa el acuerdo abreviado de Scialocomo, la cifra de quienes irán a juicio oral se reduce a 17. Los beneficiados El artículo lista un grupo de imputados que alcanzaron acuerdos o resoluciones favorables, con los montos y plazos consignados en el expediente: 1) Renato Jesús Mansilla: $5,4 millones en el plazo de 2 años y medio. 2) Nicolás Beber: $4 millones en cuotas, durante 2 años y medio. 3) Verónica Caíno: $5, en el mismo plazo que el resto. 4) Fernando Gastón Sarnaglia: $1,8 millones, en cuotas durante 2 años y medio. 5) Alejandro Rubén Ferreyra: $1.096.000 en dos años y medio. 6) María Victoria Álvarez: $750 mil, en dos años y medio. 7) María Macarena Álvarez: $590 mil, en dos años y medio. 8) Andrea Noemí Beatriz Demartin: $850 mil en dos años y medio. 9) María Jazmín Mena Gioveni: $1.500.000 en un plazo de dos años y medio. 10) Viviana Giselle Mena Gioveni: $760 mil en dos años y medio. 11) Juan Pablo Balladares: $1.500.000 en dos años y medio. 12) Guido Krapp: $10.000.000 en dos años y medio. 13) Esteban Scialocomo: juicio abreviado. 14) Gustavo Falco: sobreseimiento. 15) Esteban Scialocomo (detalle del abreviado): 3 años de prisión condicional, el pago de $6 millones y una multa de $90 mil. Penas solicitadas en el requerimiento de 2021 En el pedido de remisión a juicio de 2021, la Fiscalía solicitó diversas penas para varios imputados, entre las que se mencionaron: – Para el ex administrador del Senado, Gustavo Pérez: 18 años de prisión. – Para Juan Domingo Orabona: 7 años. – Para Jorge Fabián Lázaro: 5 años. – Para el ex administrador de la Cámara de Diputados, Sergio Cardoso: 12 años. – Para Juan Pablo Aguilera: 16 años. – Para Alejandro Almada: 10 años. – Para Alfredo Bilbao: 12 años. – Para Roberto Ariel Faure: 9 años. – Para Hugo Mena: 10 años. – Para Flavia Beckman: 7 años y 6 meses. – Para Esteban Scialocomo: 7 años. – Para Verónica Caíno, María Jazmín Mena Gioveni, Viviana Mena Gioveni, Andrea Noemí Beatriz Demartin, María Victoria Álvarez, María Macarena Álvarez, Fernando Gastón Sarnaglia, Alejandro Rubén Ferreyra y Jorge Pablo Balladares: 3 años de prisión cada uno. – Para Pedro Eduardo Opromolla: 6 años. – Para Guido Daniel Krapp y Renato Jesús Mansilla: 5 años. – Para Nicolás Beber, Hernán Javier Díaz, Maximiliano Degani y Marta Aurora Pérez: 3 años. – Para Mariano Speroni y Diego Pagnoni: 2 años. – Para Jorge Enrique De Breuil: 6 años. – Para José Javier Schneider: 3 años y 6 meses. Los fiscales sostienen, en su imputación, que entre 2008 y 2018 varios responsables y “otras personas con funciones públicas, hasta el momento no identificadas”, organizaron una maniobra para sustraer dinero de la Legislatura provincial mediante la inscripción de contrataciones de obra a nombre de ambas cámaras con personas que no realizaban prestación efectiva alguna, percibiendo una porción mínima de los honorarios y quedando la mayor parte en manos de la organización. Según la imputación: “Esta actividad habría comenzado en el ámbito de la Cámara de Senadores de la Provincia en enero de 2008, con un número aproximado de 100 contratos, que ascendían a $4.500, continuando hasta la fecha del descubrimiento del hecho, el 20 de septiembre de 2018, con un constante ascenso del número y monto de las contrataciones, hasta alcanzar la suma de $50.000 por vínculo. Por otra parte, en el ámbito de la Cámara de Diputados, tal sustracción se habría iniciado luego del 11 de diciembre de 2011, con contratos de $5.000, y que también se incrementaron hasta llegar al monto de $50.000 por cada uno de ellos, hasta septiembre de 2018”. El escrito fiscal agrega que “entre ambas Cámaras se llegaron a suscribir contratos de obra con más de 700 contratistas —los que se encuentran individualizados—. Los contratos eran suscriptos, en general, sin que los contratistas conocieran al funcionario legislativo que lo suscribiría en nombre del Estado y en el domicilio particular o comercial de Flavia Beckman y Hugo Mena. Esta sustracción contó con el aporte de autoridades, aún no identificadas, de las Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia, quienes suscribieron los respectivos vínculos contractuales sin conocer a los contratistas, sin asignarles función alguna, y a sabiendas de que el monto de la contratación era sustraído del patrimonio del Estado”. Sobre los responsables materiales y administrativos, la imputación señala que los pagos se autorizaban desde los Servicios Administrativos Contables de ambas Cámaras, y enumera a Juan Domingo Orabona; Jorge Fabián Lázaro; Gustavo Hernán Pérez; y Sergio Cardoso como quienes tuvieron manejo de esos caudales públicos y facultad funcional para emitir los cartulares y generar la apertura de las cuentas sueldo y las transferencias correspondientes. El mecanismo descrito indica que, tras el libramiento por los servicios administrativos, los cheques eran entregados a Hugo Rubén Mena y Flavia Marcela Beckman, quienes mensualmente los endosaban o los hacían endosar para facilitar el cobro por personas de su círculo de confianza —entre ellas Esteban Ángel Alberto Scialocomo, María Victoria Álvarez, Jorge Pablo Balladares, María Jazmín Mena Gioveni, Fernando Gastón Sarnaglia, María Macarena Álvarez, Andrea Noemí Beatriz Demartin, Alejandro Rubén Ferreyra, Viviana Giselle Mena Gioveni, Verónica Caíno, Roberto Ariel Faure, Renato Jesús Mansilla, Hugo Lun (ya fallecido), entre otros—. A esos “cobradores” se les hacía llegar los cheques a un local comercial y posteriormente a una playa de estacionamiento en calle Alem o a la tómbola ubicada en esa misma arteria. Saqueo y cuantificación del desfalco Los fiscales sostienen que las maniobras se iniciaron en momentos distintos según la cámara legislativa, con un origen en enero de 2008 en el Senado y la incorporación de la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2011. Añaden que el número y monto de los vínculos falsos experimentó un ascenso rápido a medida que la mecánica delictiva se “especializó”. Según el primer peritaje contable del Ministerio Público Fiscal, a cargo del contador Héctor Enrique, el desfalco ascendía a $2.244.142.048,47. Esa cifra fue luego actualizada: “El monto sustraído durante los casi 11 años que fueron objeto de investigación asciende a 52.927.878,50 dólares, lo que actualizado a mayo de 2021 (cotización dólar oficial BNA $93,75 al 28/05/2021) nos informa de un total de $4.961.988.609”, señala el escrito fiscal. Los fiscales concluyen que “de la evidencia reunida, resulta claro que se conformó una organización delictiva con el objeto de consumar actos sucesivos de sustracción de dinero público, primero de la Cámara de Senadores de la Provincia, para luego de transcurridos los primeros cuatro años, sumar las arcas de la Cámara de Diputados. Mientras tanto, el colectivo consumó, además, diversas ilicitudes complementarias”. Añaden que la maniobra requería una estructura que abarcaba desde el reclutamiento de los falsos contratistas, su registración ante organismos recaudadores, la firma de instrumentos contractuales, su presentación y aprobación por los servicios administrativos y por las autoridades legislativas, la autorización del libramiento de pagos, la supuesta acreditación de servicios para dar apariencia de legalidad, la percepción de importes mediante cartulares, el mantenimiento de la situación impositiva de los contratistas mediante pagos mensuales y la confección de facturas apócrifas, todo ello con el aval limitado en el control del Honorable Tribunal de Cuentas. Responsabilidades Los fiscales subrayan el rol central de los responsables de los servicios contables de ambas cámaras —Orabona, Lázaro, Pérez y Cardoso—, quienes como administradores y custodios de los recursos eran los encargados de habilitar los pagos de los contratos falsos mediante cheques o depósitos bancarios. Asimismo, destacan la participación de Juan Pablo Aguilera —cuñado del exgobernador Sergio Urribarri—, a quien atribuyen un papel preponderante en el entramado por su capacidad de definir “el sí y el cuánto” de los contratos de obra, y la figura de Alejandro Almada como supuesto “recaudador”. El rol del Tribunal de Cuentas Los fiscales también cuestionan la actuación del Tribunal de Cuentas, al que atribuyen una contribución decisiva para que las ilicitudes se prolongaran: “Contrariando su deber funcional de controlar la correcta aplicación del presupuesto de la Legislatura, mediante un riguroso cotejo, efectuaban controles limitados al análisis meramente formal de una escasa cantidad de contratos de obra, previamente seleccionados por los propios responsables de los servicios administrativos contables”. Los fiscales identifican a los “destinatarios finales” del dinero ilícito y señalan que la evidencia permite afirmar que existieron actores cuyo principal rol fue recibir el producido final del ilícito, ubicándose en los estratos superiores de la organización, mencionando particularmente a Juan Pablo Aguilera y Alejandro Almada como receptores finales. También advierten que varios miembros de la asociación estaban vinculados al Senado Nacional mediante contrataciones autorizadas por los senadores Pedro Guillermo Guastavino y, posteriormente, Sigrid Kunath, lo que implicaría que la organización utilizó también esos recursos para sostener la estructura operativa. Conclusión del fiscal “De la evidencia reseñada y valorada, emerge claramente que para consumar las reiteradas sustracciones (así como las distintas ilicitudes mediales), se conformó una estructura delictiva segmentada que perduró por casi once años”, sostienen los fiscales, que imputan a los acusados los delitos de asociación ilícita, peculado e incumplimiento de deberes de funcionario público. (Fuente: Entre Ríos Ahora)

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por