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  • El Gobierno amplia al 50% el uso de regalias hidroelectricas en especie para aliviar a los distribuidores provinciales - Cadena Entrerriana 96.5MHz LRS 798

    Concordia » Cadena Entrerriana

    Fecha: 24/12/2025 10:39

    El Gobierno nacional dispuso una modificacion clave en el regimen de regalias hidroelectricas, al autorizar que las provincias puedan aplicar hasta el 50% de la energia facturada a los agentes distribuidores como compensacion en especie por el uso de fuentes hidroelectricas. La medida fue formalizada a traves de la Resolucion 588/2025 de la Secretaria de Energia, firmada el 19 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletin Oficial el 23 de diciembre, y comenzara a regir a partir de la transaccion economica de enero de 2026. La decision eleva significativamente el limite vigente que hasta ahora permitia un descuento maximo del 30% y se inscribe en el proceso de reordenamiento normativo del sector electrico impulsado tras la aprobacion de la Ley 27.742 y el Decreto 450/2025, que reformularon el regimen federal de la energia electrica. El objetivo explicito es mejorar la situacion economico-financiera de los distribuidores provinciales, sin generar distorsiones relevantes en el Mercado Electrico Mayorista (MEM) ni impactos significativos sobre las tarifas finales. Marco legal y antecedentes del regimen de regalias hidroelectricas El esquema de regalias tiene su base en el Articulo 43 de la Ley 15.336, modificado por la Ley 23.164, que establece que las provincias donde se encuentren fuentes hidroelectricas perciben mensualmente el 12% del valor de la energia vendida en bloque. En el caso de rios interprovinciales, ese porcentaje debe distribuirse de manera equitativa y razonable entre las jurisdicciones involucradas. A partir del Decreto 287/1993, las provincias quedaron habilitadas a optar por cobrar esas regalias en energia electrica, en lugar de hacerlo en dinero, con la posibilidad de destinarla al abastecimiento local o comercializarla en el MEM. Esa opcion fue reglamentada y ampliada a lo largo de los anos mediante distintas resoluciones de la Secretaria de Energia, que reconocieron a las provincias y luego a sus empresas distribuidoras como participantes del mercado. En particular, la Resolucion 17/2019 habia fijado un tope del 30% de la energia facturada al agente distribuidor para aplicar el descuento derivado de las regalias en especie, siempre que se tratara de empresas del sector publico provincial y que la energia se destinara a la demanda local. La nueva Resolucion 588/2025 modifica ese limite y redefine el esquema para adecuarlo al nuevo ordenamiento juridico del sector electrico, manteniendo la vigencia del articulo 43 de la Ley 15.336 como sustento legal del regimen. El nuevo tope del 50%, su implementacion y los efectos esperados Con la nueva norma, el descuento por regalias hidroelectricas en especie podra alcanzar hasta el 50% de la energia facturada al agente distribuidor que actue como prestador del servicio publico de distribucion y que haya sido expresamente designado por la provincia titular del derecho de cobro. La resolucion precisa ademas que, a los fines interpretativos, toda referencia previa a provincia comercializadora de regalias en especie debera entenderse realizada al agente o agentes distribuidores que cumplan simultaneamente con esas condiciones y destinen efectivamente la energia al abastecimiento local. El incremento del limite fue evaluado mediante un analisis tecnico-economico realizado por la Direccion Nacional de Regulacion y Desarrollo del Sector Electrico, que incluyo simulaciones para el periodo estacional vigente y escenarios prospectivos coherentes con la senda de normalizacion tarifaria definida por la Secretaria de Energia. Segun el informe, pasar del 30% al 50% valorizando la energia tanto al precio estacional de referencia como al precio del Mercado Spot del MEM no genera alteraciones significativas en el costo medio de abastecimiento del sistema ni en los niveles tarifarios finales, ya que las variaciones se mantienen dentro de margenes compatibles con la politica de gradualidad y previsibilidad tarifaria. El analisis tambien senala que el impacto positivo se concentra principalmente en las provincias con alta participacion de generacion hidroelectrica en su matriz de abastecimiento, mientras que resulta practicamente neutro para el resto de las jurisdicciones. En ese sentido, la medida apunta a fortalecer la capacidad de cancelacion de obligaciones de los distribuidores provinciales, preservando al mismo tiempo un volumen suficiente de transacciones a precio pleno en el MEM para sostener senales economicas adecuadas y la solvencia general del sistema. La resolucion deja sin efecto el articulo 4 de la normativa anterior y faculta a la Subsecretaria de Energia Electrica a informar a CAMMESA la fecha de aplicacion del descuento en cada caso, asi como a resolver cuestiones operativas e interpretativas. De este modo, el Gobierno introduce un ajuste tecnico con impacto fiscal y financiero relevante para las provincias, en el marco de una estrategia mas amplia de reordenamiento institucional del mercado electrico. (Fuente: Economis) compartir

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