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  • Rechazaron el pedido de prisión domiciliaria de Julio De Vido y pasará Navidad en Ezeiza

    » Mdzol

    Fecha: 23/12/2025 18:15

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 4 resolvió rechazar el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Julio De Vido y dispuso que el exministro continúe cumpliendo su condena en una unidad del Servicio Penitenciario Federal. La decisión adoptada de manera unipersonal por el juez Ricardo Basílico se dio tras un extenso análisis de los informes médicos, las condiciones de detención y los argumentos de la fiscalía, la querella y la defensa. ¿Por qué Julio De Vido había pedido domiciliaria? Los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro habían solicitado el beneficio fundamentando la edad de De Vido, quien el próximo 26 de diciembre cumplirá 76 años en su estado de salud, del cual sostuvieron está caracterizado por múltiples patologías crónicas. Los defensores sostuvieron que el solo cumplimiento del requisito etario previsto en la ley era suficiente para habilitar la modalidad domiciliaria y remarcaron que De Vido “siempre estuvo a derecho”, sin riesgos de evasión ni antecedentes de incumplimientos judiciales. Por otra parte, Rusconi y Palmeiro argumentaron que la permanencia en prisión resultaba incompatible con un enfoque humanitario de la ejecución penal, al advertir que su cliente padece diabetes insulinorrequiriente, hipertensión, afecciones cardíacas, asma y dislipemia, entre otros cuadros. En ese sentido, citaron informes médicos que señalaron la necesidad de controles especializados, medicación administrada en horarios estrictos y una infraestructura capaz de responder ante eventuales descompensaciones. “El entorno carcelario puede incrementar el riesgo de trastornos irreparables para su salud”, advirtieron los peritos de parte. ¿Qué dice el informe sobre la salud de De Vido? El Cuerpo Médico Forense, sin embargo, concluyó que De Vido se encontraba clínicamente “compensado” al momento de la evaluación y que su seguimiento podía realizarse dentro del sistema penitenciario, siempre que se garantizaran controles médicos, dieta adecuada y provisión regular de medicamentos. El informe de los especialistas de la corte aclaró que solo ante el incumplimiento de esas condiciones podría considerarse inadecuado la detención en el penal. En la misma línea, el Servicio Penitenciario Federal detalló que De Vido recibe atención médica permanente, controles diarios, dieta especial, y acceso a interconsultas y estudios programados, y destacaron que el Complejo Penitenciario Federal Número 1 de Ezeiza, lugar donde se encuentra alojado desde noviembre cuenta con profesionales de la salud las 24 horas y cercanía inmediata al hospital penitenciario. El fiscal Patricio García Elorrio se había opuesto al pedido de la defensa y sostuvo que la prisión domiciliaria no es un derecho automático. Señaló que la ley utiliza el verbo “podrá”, lo que implica que su otorgamiento es facultativo y excepcional, sujeto a una evaluación integral del caso. “La avanzada edad constituye una pauta a considerar, pero no habilita por sí sola una modificación del régimen de cumplimiento de la pena”, afirmó el representante del Ministerio Público, quien concluyó que no se verificaban circunstancias excepcionales que tornaran incompatible la detención en prisión con el trato humanitario exigido por la ley. Misma postura tuvo la querella de los familiares de las víctimas de la tragedia de Once, representada por Leonardo Menghini. El juez Basílico coincidió y remarcó que la prisión domiciliaria es una modalidad especial y no un beneficio obligatorio. “No existe automatismo mecánico frente a una norma jurídica”, señaló el juez, y agregó que la edad cronológica debe ser analizada junto con otros factores, como el estado de salud y las condiciones concretas de alojamiento. Julio de Vido se entregó el pasado 13 de noviembre en los tribunales de Comodoro Py luego que la Corte dejara firme la condena de 4 años de prisión por la tragedia ferroviaria de Once, donde fallecieron 52 personas.

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