17/12/2025 00:05
17/12/2025 00:05
17/12/2025 00:04
17/12/2025 00:03
17/12/2025 00:03
17/12/2025 00:03
17/12/2025 00:01
17/12/2025 00:00
17/12/2025 00:00
17/12/2025 00:00
» El vigia
Fecha: 16/12/2025 18:14
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirmó un fallo que obliga a la empresa Cruiseline S.R.L. a modificar su publicidad turística luego de constatar que promocionaba viajes en crucero a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur presentándolas como territorio perteneciente al Reino Unido. La decisión fue difundida por el portal especializado Turismo y Derecho , que informó sobre el desarrollo de la causa. El caso, caratulado “Roitman, Facundo Joel y otros c/ Cruiseline S.R.L. s/ Contratos y Daños – RC – Publicidad”, se inició a partir de una acción judicial que cuestionó la legalidad de las campañas promocionales de la empresa, por considerar que inducían a error a los consumidores y vulneraban el marco normativo argentino en materia de soberanía y defensa del consumidor. Según detalla la nota, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo N.º 27 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que la publicidad era ilícita, ya que omitía la condición de territorio argentino de las islas y las presentaba bajo la órbita británica. El magistrado interviniente ordenó a la firma eliminar ese contenido, rectificar sus anuncios en un plazo breve y comunicar de manera clara y veraz el destino real conforme a la Constitución Nacional. La sentencia también estableció que la empresa debía publicar mensajes rectificatorios en los mismos medios donde difundió la publicidad cuestionada e informar de manera individual a los consumidores que hubieran contratado o estuvieran por contratar esos viajes. Cruiseline apeló la decisión argumentando que actuaba únicamente como intermediaria de navieras internacionales y que no tenía control sobre la denominación de los destinos. No obstante, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó el planteo y confirmó el fallo, señalando que la empresa forma parte de la cadena de comercialización y es responsable por el contenido de la oferta publicitaria que difunde en el país. De acuerdo con el análisis publicado por Turismo y Derecho, el fallo sienta un precedente relevante para el sector turístico, al reafirmar que las empresas que operan en Argentina deben respetar tanto la normativa de protección al consumidor como las disposiciones constitucionales que sostienen la soberanía nacional sobre las Islas Malvinas. La resolución refuerza, además, la obligación de brindar información clara, veraz y no engañosa en toda comunicación comercial dirigida al público. LEER LA NOTA ORIGINAL EN TURISMO Y DERECHO
Ver noticia original