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» Clarin
Fecha: 15/12/2025 06:34
El Gobierno otorgó asueto al personal de la administración pública nacional para los días 24 y 31 de diciembre de este año. De esta manera, los empleados estatales que dependen de Nación quedarán exentos de trabajar en las vísperas de Navidad y Año Nuevo, para pasar las fiestas junto a sus familias y seres queridos. Según se argumentó oficialmente, esas fechas “poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la República Argentina, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos”. Así lo estableció Javier Milei en el Decreto 883/2025 que lleva su firma y la de su Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y que fue publicado en el Boletín Oficial de este lunes. En el cierre de un año donde el Gobierno eliminó la jornada no laborable por el Día del Empleado Público, que se celebraba cada 27 de junio, los trabajadores de la administración nacional volverán a contar con el asueto correspondiente a las vísperas de aquellas festividades. “Los días 24 y 31 de diciembre representan las vísperas de las mencionadas festividades y se encuentran habitualmente destinados a la realización de los preparativos propios de tales celebraciones, así como a los desplazamientos necesarios para posibilitar el encuentro familiar”, explica la normativa. Y agrega que, por esa razón, “resulta oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades, permitiendo que las personas puedan disponer de un tiempo razonable para concretar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a dichas conmemoraciones” En definitiva, el Gobierno asegura que “la medida repercutirá de manera beneficiosa en el sector turístico de la República Argentina” y que “no implica erogación presupuestaria alguna para el Estado Nacional”, al tiempo que “garantizará que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad”. “Razones de conveniencia, oportunidad y buena administración justifican el otorgamiento de asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, sin afectar la prestación de los servicios esenciales”, justifica el decreto. Cuáles son los feriados de 2026 Aunque el Gobierno todavía no oficializó el cronograma de feriados oficial para 2026, los asuetos nacionales establecidos por ley ya están definidos. Como cada año, habrá feriados inamovibles, trasladables y días no laborables. Además, el Poder Ejecutivo puede fijar hasta tres días feriados puente para promover el turismo. En este sentido, la Ley 27.399 establece que los feriados trasladables que caigan martes o miércoles se moverán al lunes anterior, mientras que aquellos que coincidan con jueves o viernes pasarán al lunes siguiente. La lista completa de feriados, días no laborables, asuetos y fines de semana largos 2026 Enero Jueves 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible) Febrero Lunes 16 de febrero: Carnaval (feriado inamovible) Martes 17 de febrero: Carnaval (feriado inamovible) Marzo Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible) Abril Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable) Viernes 3 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible) Mayo Viernes 1° de mayo: Día del Trabajo (feriado inamovible) Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible) Junio Miércoles 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable) Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible) Julio Jueves 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible) Agosto Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable) Octubre Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable) Noviembre Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable) Diciembre Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible) Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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