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  • Médicos resultan absueltos por el beneficio de la duda

    Usuhahia » Diario Prensa

    Fecha: 12/12/2025 23:26

    Veredicto en 2025 por una causa iniciada en 2015. El Tribunal consideró imposible reconstruir con certeza los hechos ocurridos hace una década. Los denunciantes, padres de una beba fallecida al nacer, analizan recurrir la sentencia. También se denegó el reclamo civil por 30 millones reclamado al CEMEP. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte absolvió el jueves 11 de diciembre a la médica obstetra Valeria Pastori y al licenciado en obstetricia Rodolfo Guido Pérez. Ambos profesionales pertenecen al cuerpo médico del CEMEP y estaban siendo juzgados desde el 11 de noviembre último por el presunto delito de homicidio culposo vinculado a la muerte de una recién nacida, ocurrida hace diez años. La denuncia fue presentada por los padres de la niña, Carolina Miranda y Ariel Murgia, y dio origen a una causa que permaneció abierta desde noviembre de 2015. El hecho investigado tuvo lugar el 16 de noviembre de ese año, cuando Miranda, madre primeriza, fue citada en la clínica y se le indujo el parto. De acuerdo con la acusación fiscal, la paciente ingresó a las 8.30, se le realizaron controles de monitoreo y horas después se decidió efectuar una cesárea debido a signos de sufrimiento fetal. Sin embargo, la intervención se concretó recién alrededor de las 16. Ante el nacimiento sin vida de su hija, Miranda y Murgia impulsaron una denuncia por mala praxis. La investigación incluyó una autopsia y estudios complementarios realizados en Buenos Aires por el equipo pericial de la Suprema Corte de Justicia, cuyos informes concluyeron que la causa del deceso fue una alteración en los vasos sanguíneos de la placenta que interrumpió el flujo de oxígeno y de sangre al feto, provocando asfixia intrauterina. No obstante, los peritos de la querella pusieron en duda la conveniencia de haber inducido el parto y sostuvieron que el desenlace podría haberse evitado con un monitoreo más estricto y, eventualmente, con una cesárea temprana. También señalaron una supuesta demora injustificada entre el ingreso de la paciente y la intervención quirúrgica. El Tribunal, integrado por Pedro Fernández, Horacio Boccardo y Fernando González, absolvió a los profesionales por el beneficio de la duda y además declaró prescripta la acción civil presentada por la querella. La acusación estuvo sostenida por el fiscal Ariel Pinno y por el abogado de la querella, José Velazco. Ambos consideraban que los profesionales “subestimaron señales de alerta” y habrían intentado “sanear la situación” con registros que calificaron como inconsistentes en la historia clínica. Sin embargo, la postura que adoptarían los jueces se pudo vislumbrar hace algunos días atrás, cuando la titular del Ministerio Público Fiscal, Mónica Macri, solicitó la absolución de los imputados. Cabe destacarse que el juicio se extendió durante varias semanas, con la participación de peritos oficiales, especialistas convocados por las partes y miembros del Cuerpo Médico Forense de la Suprema Corte. Pese a la cantidad de testimonios y documentos analizados, el Tribunal —integrado por los magistrados Pedro Fernández, Horacio Boccardo y Fernando González— sostuvo que no fue posible reconstruir con claridad lo ocurrido hace nada menos que una década atrás. Por ese motivo absolvió a los profesionales bajo la figura del beneficio de la duda, una resolución que descarta la existencia de pruebas suficientes para condenarlos, pero tampoco permite un sobreseimiento pleno. Al oír el veredicto, Pastori y Pérez se quebraron y abrazaron en la sala, junto al abogado particular que los representó, el letrado Francisco Ibarra. En tanto, los padres de la niña fallecida se retiraron apesadumbrados junto a su abogado, quien trascendió que ya está evaluando la posibilidad de presentar un recurso de casación. En la misma oportunidad el Tribunal también declaró prescripta la acción civil iniciada por la querella, que reclamaba una indemnización cercana a los treinta millones de pesos contra los profesionales, la clínica y las aseguradoras involucradas. Los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer el 9 de febrero de 2026.

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