11/12/2025 17:20
11/12/2025 17:20
11/12/2025 17:19
11/12/2025 17:19
11/12/2025 17:18
11/12/2025 17:09
11/12/2025 17:08
11/12/2025 17:07
11/12/2025 17:07
11/12/2025 17:06
Buenos Aires » Infobae
Fecha: 11/12/2025 16:36
La Cámara Federal confirmó el procesamiento del hombre acusado de enviar correos con amenazas de muerte contra el entonces presidente Alberto Fernández La Sala II de la Cámara Federal confirmó este jueves el procesamiento sin prisión preventiva de un hombre acusado de enviar dos correos electrónicos con amenazas de muerte contra el entonces presidente Alberto Fernández en enero de 2023, al considerar que los mensajes fueron “serios”, “idóneos” y de claro carácter intimidatorio, y rechazar así el pedido de sobreseimiento impulsado por su defensa. La resolución -firmada por los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico- revisó la apelación contra el procesamiento dictado el 18 de noviembre pasado por el juez Marcelo Martínez De Giorgi, titular del Juzgado Federal N°3, que había concluido que el imputado, nombrado en el expediente bajo las siglas R.J.L., incurrió en el delito de amenazas agravadas previsto en el artículo 149 bis del Código Penal. Su abogado había planteado que los mensajes eran “absurdos”, fruto de un “arrebato insensato” y simples expresiones de frustración. Para el defensor oficial, en suma, se trataba de “expresiones de deseo no punibles”. La Cámara desestimó esa posición. El caso se inició el sábado 14 de enero de 2023, a las 11:33, cuando llegó a la casilla oficial info@mininterior.gob.ar -dependiente del Ministerio del Interior, entonces a cargo de Eduardo “Wado” de Pedro- un e-mail cuyo asunto decía: “Matar al presidente y su gente”. En el cuerpo del mensaje, el autor escribió: “He tirado más de 100 curriculums y no he podido conseguir empleo, sepan que los jóvenes se van a ir a la mierda por chupaverga como ustedes pero antes me ocupo del presidente y si gente… Atentos porque más del domingo no pasa” (sic). Tres minutos más tarde, a las 11:36, ingresó un segundo correo desde la misma cuenta: “Si no me proporcionan empleo van a rodar cabezas, no tengo nada que perder, a más de 5 voy a poder matar sépanlo” (sic). Los correos intimidatorios contra el entonces presidente Fernández ingresaron a la casilla del Ministerio del Interior, que en ese momento estaba bajo la conducción de Eduardo “Wado” de Pedro Ante la gravedad del contenido, funcionarios de la cartera dieron aviso inmediato a la Secretaría General de la Presidencia y al Ministerio de Seguridad. La Casa Militar informaría más tarde que “se adoptaron las medidas correspondientes a efectos de reforzar el sistema de seguridad presidencial”. La División Delitos Tecnológicos de la Policía Federal intervino ese mismo día por instrucciones del Juzgado Federal N°5, que estaba de turno y ordenó las primeras diligencias: preservar la cuenta de correo, iniciar un sumario policial y evitar la posible eliminación de información relevante. Con esa base inicial, los agentes comenzaron el rastreo técnico del origen de los mensajes. El lunes 16 de enero, la Dirección de Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior presentó formalmente la denuncia en los tribunales federales de Comodoro Py por “la posible comisión del delito de amenazas de muerte al Presidente de la Nación y a otros funcionarios públicos”. El expediente quedó asignado por sorteo al Juzgado Federal N°3, a cargo de Martínez De Giorgi, que asumió la investigación principal. Dos días más tarde, el 18 de enero, todas las actuaciones realizadas por el área de Delitos Tecnológicos y el Juzgado Federal N°5 fueron acumuladas al expediente del magistrado. A partir de los informes técnicos, trazados digitales y datos aportados por el proveedor del servicio de correo, el juez dispuso nuevas medidas de prueba. El 3 de abril de 2023, se concretó un allanamiento en el que se secuestraron un teléfono celular y una notebook pertenecientes a R.J.L., quien quedó detenido ese mismo día. La ratificación del procesamiento fue firmada por los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, quienes consideraron seria e idónea la amenaza (EFE/Juan Ignacio Roncoroni) Al prestar declaración indagatoria un día después, el hombre sostuvo que había enviado los correos bajo una fuerte angustia por su situación económica, que lo llevó a “que se me vuelen los cables y a mandar esos mails”. Luego agregó: “La verdad es que pido disculpas, quiero aclarar nunca iba a hacer ese hecho en concreto, fue una calentura del momento”. El Cuerpo Médico Forense determinó que “al momento del examen, las facultades mentales -del imputado- se encuentran compensadas”, sin signos de trastornos psicopatológicos. Los peritajes informáticos, en tanto, confirmaron la titularidad de la cuenta utilizada, aunque no lograron recuperar los correos debido a posibles eliminaciones y sobrescrituras. También se verificó la existencia de archivos dañados en la notebook. Con estos elementos, el juez Martínez De Giorgi dictó el procesamiento sin prisión preventiva el 18 de noviembre pasado, tras considerar que las expresiones remitidas configuraban amenazas idóneas. La defensa apeló. A la hora de resolver la apelación, la Cámara Federal porteña tuvo en cuenta que los mensajes fueron enviados “por el encausado -que no simuló su identidad- al Ministerio del Interior” y que su contenido “implicó que se elevara la seguridad sobre el entonces Presidente de la Nación -Dr. Alberto Fernández-, denotando la seriedad que su texto implicó en el caso”. Los camaristas destacaron el “tenor intimidatorio” de frases como “Matar al presidente y su gente” y “a más de 5 voy a poder matar sépanlo”. “Así -concluyó el tribunal de alzada-, y más allá que la ‘efectiva’ producción del estado de alarma no constituye un requisito del tipo penal, lo acaecido a partir de lo conocido a través de los correos electrónicos mencionados, permite en definitiva concluir en la seriedad e idoneidad de la amenaza (...), anuncio éste que en definitiva, versa sobre infligir un mal, dependiente en todo o en parte de quien lo expresa". La resolución, al ratificar el procesamiento de primera instancia, también ponderó el “carácter intimidatorio de los mensajes enviados”, considerados “afines con la voluntad del autor existente al menos al momento de su realización”.
Ver noticia original