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» Diario Cordoba
Fecha: 08/12/2025 14:04
Los países de la Unión Europea (UE) llegaron a un acuerdo este lunes sobre el Reglamento de Retorno, que permitirá la creación de centros en el extranjero para devolver a migrantes que no tengan derecho a permanecer en territorio comunitario, una opción que ha terminado imponiéndose y a la que España se opuso. La normativa facilita también las devoluciones sin exigir en adelante que exista una conexión entre el migrante y el país al que se le dirige. El acuerdo de hoy fija la posición del Consejo, con vistas a la negociación posterior con el Parlamento Europeo. La nueva normativa pretende impulsar las devoluciones, dado que en la actualidad tres de cada cuatro migrantes irregulares que reciben una orden de retorno en la UE no se van. "Creo que el nuevo conjunto de normas puede contribuir significativamente a mejorar estas cifras. Por primera vez, los nacionales de terceros países en situación irregular tendrán obligaciones", dijo el ministro danés, Rasmus Stoklund, cuyo país preside el Consejo de la UE. Los Estados miembros dispondrán de herramientas mucho más eficaces; por ejemplo, podrán realizarse detenciones más prolongadas y las prohibiciones de entrada serán más prolongadas", señaló. "Además, el acuerdo de hoy permitirá que tanto la UE como uno o más Estados miembros lleguen a un acuerdo con un tercer país sobre centros de retorno", añadió Stoklund. Sistema común El ministro español de Interior, Fernando Grande-Marlaska, se mostró partidario de impulsar un "sistema europeo común", como ya existe en materia de protección internacional y de gestión de fronteras. Y expresó "serias dudas jurídicas, políticas y económicas" sobre los centros de retorno, que además podrían provocar un "impacto negativo" en las relaciones bilaterales con socios clave en la prevención de la migración irregular en origen. Se impondrán obligaciones a los migrantes, empezando por el abandono del territorio del Estado miembro en cuestión y la cooperación con las autoridades. Además, deberán permanecer a disposición de las autoridades, proporcionarles un documento de identidad o de viaje, facilitar sus datos biométricos y no oponerse fraudulentamente al retorno. También habrá consecuencias cuando las personas a las que se les haya ordenado regresar no cooperen, por ejemplo denegando o deduciendo prestaciones y subsidios, así como permisos de trabajo o imponiendo sanciones penales que podrían incluir penas de prisión. Centros de retorno El reglamento establece las condiciones para la creación de estos acuerdos o convenios. Por ejemplo, solo podrán celebrarse con un tercer país donde se respeten las normas internacionales de derechos humanos y los principios del derecho internacional. Asimismo, deben prever los procedimientos para el retorno, las condiciones de la estancia en el país y las consecuencias del incumplimiento del acuerdo o convenio. Podrán funcionar como centros para el retorno posterior hacia el país de retorno final o como destino final. El reglamento establece medidas especiales para las personas que representan un riesgo para la seguridad, por ejemplo imponiendo una prohibición de entrada que supere el plazo máximo habitual de diez años, o incluso vetando su entrada indefinida. Los Estados miembros también pueden imponer penas de detención, incluidas las de prisión. Finalmente, los países decidieron que será voluntario el reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno emitidas por otro Estado miembro. La Comisión Europea evaluará el funcionamiento del reconocimiento mutuo dos años después de su entrada en vigor y, si procede, presentará una propuesta legislativa para hacerlo obligatorio para todos los Estados miembros. Orden de retorno europea El reglamento de retorno introducirá una orden europea de retorno (ORE), un formulario en el que los Estados miembros deberán insertar los elementos de la decisión de retorno y que se incluirá en el Sistema de Información de Schengen. Los Estados miembros han decidido que la orden de retorno europea se introducirá a más tardar en un plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del Reglamento de retorno.
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