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  • UTA Nacional insiste con la continuidad laboral y advirtió a la Municipalidad las consecuencias de no acatar un fallo judicial

    Parana » Litoral FM

    Fecha: 07/12/2025 18:01

    Jorge Aldo Kiener, secretario general adjunto de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), en una misiva a “la ciudadanía de Paraná” del Consejo Directivo Nacional del sindicato, avaló la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo y recordó que hay un amparo en trámite que ordenó a la empresa San José absorber a los choferes que hasta el 6 de septiembre cumplían tareas en la anterior empresa concesionaria del servicio de transporte en Paraná. En una misiva dirigida “a la ciudadanía de Paraná, Jorge Aldo Kiener, Secretario General Adjunto Consejo Directivo Nacional de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), sostuvo que “a la luz de los hechos, el Derecho y la materia en tratamiento, resulta incuestionable la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en el caso que nos ocupa”, en referencia a la orden judicial que instó a la Unión Transitoria de Empresa (UTE) San José SA “absorber transitoriamente desde el inicio de la explotación adjudicada para prestar el servicio de transporte colectivo urbano de pasajeros por autobús en la ciudad de Paraná, hasta tanto recaiga sentencia definitiva y a resultas de la misma, al personal que hasta el día 6 de diciembre del 2025 se desempeña en dicho servicio a las órdenes de Buses Paraná UTE del Grupo ERSA” y tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 7, en CABA. En la carta se sostuvo que “por lo demás, procesalmente la medida cautelar dictada por el Poder Judicial de la Nación, resulta de aplicación obligatoria incluso ante cualquier otra disposición posterior de otro fuero que pretendiera dictarse en sentido contrario, puesto que aquélla continúa vigente y aplicable hasta que la CSJN dirima cuestiones de competencia” y se destacó: “Hemos creído necesario efectuar estas elementales aclaraciones de hecho y de Derecho ante las preguntas y comentarios que nos han hecho llegar a nuestra entidad”. Así, UTA nacional insiste en “la continuidad laboral de los trabajadores ante el cambio de empleador se encuentra prevista en la Ley de Contrato de Trabajo”, y entiende que “resulta muy especialmente aplicable en materia de servicio público de transporte de pasajeros, periódicamente sometido a licitaciones municipales, provinciales y nacionales”. Desde el sindicato se expresó que “la Resolución Judicial ya notificada debe ser cumplida por la nueva concesionaria, y en orden al Principio de Legalidad y los deberes del funcionario público, el Poder Concedente titular del Servicio debe ordenar su cumplimiento surgiendo, ante una eventual omisión, la responsabilidad personal, civil y penal, de su titular, quien también resultará civil y penalmente responsable por los daños y perjuicios derivados de eventuales siniestros viales protagonizados por la prestataria que incumple una orden judicial y el poder concedente no ordena su cumplimiento”. También se indicó que “con referencia a las cuestiones de competencia y el porqué de la intervención de la Justicia Nacional del Trabajo, recordemos, en primer lugar, que la Empresa San José SA UTE: 1°) Rechazó la competencia de la Secretaría de Trabajo de la provincia de Entre Ríos y rechazó la continuidad de los contratos laborales. 2°) Que ante dicha postura, intervino el Consejo Directivo Nacional de la UTA con asiento en la ciudad autónoma de Buenos Aires notificando el inicio de medidas de acción sindical en todo el país. 3°) Que toma entonces intervención y se declara competente el Ministerio de Capital Humano de la Nación (ex Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación)”. En el punto cuarto se señaló que “la Empresa San José SA UTE también rechazó la competencia del Ministerio de Capital Humano de la Nación”; en el quinto que “agotada la intervención del Ministerio de Capital Humano, corresponde legalmente la intervención de la Justicia Nacional del Trabajo, ante el inminente anuncio de medidas de acción sindical de carácter nacional, frente a una empresa con domicilio en la provincia de Misiones, que explota el servicio de transporte público de pasajeros por autobús en dicha provincia y en la provincia de Buenos Aires, y llega a iniciar explotación en otra provincia, la provincia de Entre Ríos; que rechaza tanto la competencia de la Secretaría de Trabajo de Entre Ríos como la del Ministerio de Capital Humano de la Nación, negándose a cumplir las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, y desencadenando así un conflicto laboral de carácter nacional”. (APFDigital)

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