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Parana » APF
Fecha: 05/12/2025 13:34
El Gobierno entrerriano reglamentó la Ley de Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, que actualiza el marco normativo para el sector tecnológico y de servicios. La medida fija criterios claros de aplicación y asigna nuevas funciones a la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación. APFDigital supo que las empresas ya inscriptas conservarán los beneficios otorgados. viernes 05 de diciembre de 2025 | 12:31hs. La Provincia aprobó la reglamentación de la Ley N° 10.895 y su modificatoria, la Ley N° 11.152, que establecen el Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento (RePEC). La medida fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.230. El decreto, firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y refrendado por el ministro de Desarrollo Económico, Guillermo Bernaudo, deroga normativas anteriores y apunta a “establecer los mecanismos operativos indispensables para su correcta aplicación”, según se detalla en sus considerandos. El texto oficial remarca el objetivo central de la legislación: “La Ley tiene como objeto la creación del Régimen Provincial de Promoción de Economía del Conocimiento (RePEC) a fin de promover la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación o adaptación de productos y servicios y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicado, incluyendo aquel elaborado para ser incorporado a procesadores y/u otros dispositivos tecnológicos”. La reglamentación también define con precisión las competencias de la Autoridad de Aplicación, que será el Ministerio de Desarrollo Económico a través de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación (SCTeI). El decreto establece: “La Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 10.895 y su modificatoria, Ley Nº 11.152, será el Ministerio de Desarrollo Económico, a través de la SCTeI, en el marco de sus competencias”. Entre las funciones asignadas a la SCTeI se incluyen “dictar las normas aclaratorias, interpretativas, procedimentales y complementarias necesarias para la correcta implementación, ejecución y control del régimen”, así como “implementar, administrar y controlar el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”. El decreto incorpora además un capítulo de Disposiciones Transitorias para garantizar una transición ordenada. Allí se establece que “las empresas actualmente inscriptas en el RePEC con anterioridad a la entrada en vigencia del presente reglamento mantendrán los beneficios que les hayan sido concedidos, por el plazo originalmente previsto desde su otorgamiento”. (APFDigital)
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