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» Elterritorio
Fecha: 03/12/2025 03:25
Desde Defensa del Consumidor afirmaron que no es obligación el pago del canon de Sadaic para las fiestas privadas. martes 02 de diciembre de 2025 | 14:48hs. El pago de Sadaic continúa siendo una confusión a la hora de contratar un salón para un evento privado. Si bien, desde los clubes piden el pago de este canon, desde Defensa de Consumidor, afirman que no es “obligación abonarla”. “El consumidor tiene que decirle al encargado del salón que no corresponde pagar el canon, que no es obligación. Es un pago que no corresponde desde el año pasado. Nosotros entendíamos de defensa del consumidor que esa cuestión estaba saldada con las fiestas del año pasado cuando salió el decreto de presidencia de la nación. Pero parece ser que no porque hemos recibido un montón de consultas al respecto”, señaló el director de Defensa al Consumidor en la provincia de Misiones, Alejandro Garzón Maceda. En diálogo con Acá te lo Contamos por la 100.7, Maceda explicó que desde que el decreto fue a insertado en el boletín oficial, automáticamente quedó sin efecto el pago del canon de Sadaic. “No se puede requerir ese pago como condición previa o como parte del contrato del salón. No te pueden decir ‘si vos no me traes el comprobante de pago, no se hace la fiesta’, la fiesta se debe hacer igual; de lo contrario la persona que quiere alquilar el salón deberá venir a defensa del consumidor y denunciar al local por poner una condición que no es obligatoria”, explicó y agregó “si te quieren cobrar hay una infracción por parte del local en las condiciones y modalidades en la que debe ser prestado el servicio del local. Y si se lo cobraron dentro del precio, le tiene que pedir al local que se lo devuelvan”. Aumento de consultas ante fiestas de egresados Desde defensa del Consumidor dieron a conocer que en los últimos días han aumentado las consultas sobre el pago del Sadaic, aludiendo que los salones requieren el pago de este canon. “Hemos recibido muchas consultas y reclamos, todavía no hemos recibido denuncias, pero no quiere decir que, si algún encargado del salón no entiende que no debe exigir o cobrar el Sadaic, que el consumidor no tiene la obligación de pagar, vamos a tener seguramente alguna denuncia”. Asimismo, indicaron que las mayores consultas se dan por las fiestas de egresados, que la demanda más grande que hay en estos tiempos de fin de año. “De ninguna manera te pueden decir ‘che, si no pagan, nosotros no le hacemos la fiesta; no es muy clara la ley’. Para ser concreto allí ellos están en lo incorrecto, en el decreto dice clarito ‘fiesta privada no pagan’ y si algún salón tiene alguna duda al respecto sobre si la medida lo alcanza o no, que vaya a la justicia y pregunte. Mientras tanto hoy, el consumidor no tiene la obligación de pagar. Tiene derecho a no pagar”, indicó Maceda, que además resaltó que, ante la posible duda, “la ley misma de Defensa del Consumidor dice que hay que estar a favor del consumidor y hoy a favor del consumidor es que la fiesta se haga sin pagar este canon”. En tanto, que pasa con los consumidores que ya abonaron el canon, Maceda explicó que hay dos opciones: si el pago se realizó directamente en Sadaic, se debe iniciar una “acción judicial para cobrarle a Sadaic”. Si estuvo dentro del contrato del servicio, “en defensa del consumidor pueden pedirle a la empresa que se devuelva ese monto, y si la empresa no se la devuelve, hacer la denuncia en defensa del consumidor para que la empresa le devuelva el dinero”, cerró Maceda.
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